Peleas en la Corte: Lorenzetti apuntó a la mano derecha de su colega Rosatti

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Corte Suprema: Lorenzetti envió una carta pidiendo la renuncia de la mano derecha de Rosatti

En una nueva carta el ministro de la Corte le pidió que desplace a Silvio Robles por supuestas irregularidades
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06 de diciembre de 2023 a las 19:24

En un nuevo capítulo del enfrentamiento entre los miembros de la Corte Ricardo Lorenzetti le pidió a Horacio Rosatti que desplace a su mano derecha, su secretario y hombre de extrema confianza Silvio Robles por "graves faltas éticas". 

La carta dirigida a Rosatti y fechada el 22 de noviembre, Lorenzetti comienza: "He respetado su decisión de paralizar todo tipo de decisiones hasta que terminen o el juicio político o el proceso electoral, incluyendo la situación de un funcionario de su vocalía, el señor Silvio Robles. Pero nunca entendí que ello significara ocultar esperando que el paso del tiempo haga olvidar, porque la sociedad no olvida; siempre reclama".

Y continúa "por ello me dirijo a usted con el fin de solicitarle el inmediato desplazamiento del Director General de su vocalía, señor Silvio Robes, por graves faltas éticas que a continuación se expondrán", sigue la misiva, antes de enumerar esas supuestas incorrecciones.

Lorenzetti, en base a artículos periodísticos y posteos en las redes sociales, sospecha que Robles se habría reunido con personas interesadas en casos que tramitan en el Máximo Tribunal a quien el letrado, según la propia carta, entregó información interna acerca del estado de esas causas, habría anticipado votos y se habría comprometido a acelerar o demorar resoluciones.

Peleas en la Corte: Lorenzetti apuntó a la mano derecha de su colega Rosatti

La carta completa de Lorenzetti

Buenos Aires, 22 de noviembre de 2023. 
Sr. Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
Dr. Horacio Rosatti
Estimado colega:
He respetado su decisión de paralizar todo tipo de decisiones hasta que termine el juicio político y el proceso electoral. Pero nunca entendí que ello significaba ocultar esperando que el paso del tiempo haga olvidar, porque la sociedad no olvida; siempre reclama. 
La institución tampoco permite aceptar lo inaceptable. En este sentido, la Corte Suprema de Estados Unidos ha dictado un Código de Conducta en fecha 13 de noviembre de 2023, disponiendo que un juez debe evitar lo que genera la apariencia de ser indecoroso o inaceptable. Una persona que ha tenido la conducta del Sr. Robles no duraría un minuto en ese prestigioso Tribunal. 
Es doloroso hacer un planteo de esta naturaleza, pero es inevitable si realmente pensamos en el país y en la institución y en la sociedad. 
Por ello, me dirijo a Ud. con el fin de solicitar el inmediato desplazamiento del Director General de su vocalía, Sr. Silvio Robles, por graves faltas éticas, que a continuación se expondrán.

1). Los hechos:
Las posibles violaciones éticas que se imputan al Sr Robles deben ser investigadas, como corresponde a la seriedad de la institución. 
Han existido publicaciones en distintos medios y en redes sociales, señalando que el funcionario habría tenido reuniones con diversas personas en varios casos que tramitaron ante esta Corte. En esas reuniones habría transmitido información interna acerca del estado en el que están, los votos que tienen cada uno de ellos, y se habría comprometido a acelerar o demorar el procedimiento. También se ha  mencionado que habría logrado favores para miembros de su familia por medio de instituciones que tenían interés ecasos tramitando en esta Corte. 
Todo ello se agrava porque el funcionario invoca hablar en representación de tres ministros, a los que llama despectivamente “el tridente” o “los tres mosqueteros”, como ha sido ampliamente difundido. 

Existen publicaciones que mencionan estos hechos, lo cual es suficiente para promover un sumario. Pero, además, hay numerosos testigos dentro y fuera de esta Corte, que deberán citados a declarar en el período de prueba, una vez que se ordene la instrucción del sumario. 
Asimismo, es necesario el desplazamiento del mismo, dado que el funcionario, invocando la representación de tres ministros de la Corte puede ejercer influencia sobre las declaraciones. 

Este es un planteo ético destinado a proteger la imagen de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y de todo el Poder Judicial frente a la sociedad.

Debo señalar también que me veo obligado a realizar este planteo formal ya que no obtuve ninguna respuesta, pese a numerosas conversaciones durante varios meses en las que efectué similares objeciones. 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, como cabeza del Poder Judicial e intérprete final de la Constitución Nacional, tiene el deber constitucional  de ser la guía de la Nación mediante sus decisiones y comportamiento institucional. Por ello debe ser la primera en observar un estricto cumplimiento de las normas, porque nadie está por encima de la ley.

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          2). La conducta exigible a un funcionario público
Es preciso aclarar que este pedido no tiene ninguna relación con la difusión de presuntas comunicaciones que, aparentemente lo involucrarían, referidas a casos que tienen repercusiones en investigaciones judiciales. En aquellos supuestos en que se trata de la obtención irregular de información, y por el bien de la República, se debe avanzar hasta terminar de una vez por todas con lo que ha sido denominado “sótanos de la democracia”.

La falta ética es la conducta del Sr Robles, ya que no ha ejercido ninguna acción destinada a brindar la información sobre esas imputaciones como corresponde a un funcionario público alcanzado por el deber republicano de dar cuenta de sus actos. Por el contrario, ha dedicado todos sus esfuerzos a evitar que se aclare, sin siquiera sentir el pudor esperable frente a la envergadura y estado público de la cuestión.
          3). El daño a la imagen de la Corte y a la confianza de los ciudadanos
          Es un enorme daño a la credibilidad y la noción de imparcialidad que se deje la duda de que una de las partes en un proceso judicial puede tener acceso a información privilegiada sobre el mismo y a la elaboración de una sentencia de la Corte Suprema.
Nada similar ha ocurrido en toda la historia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

         La gravedad de las imputaciones y la enorme trascendencia pública que han tenido, obligan a esta Corte a realizar una investigación clara y transparente, conforme con los principios que siempre ha sostenido el Tribunal.
         
4). Contacto con las partes de un proceso:
Esta Corte ha iniciado una política de ética pública durante la presidencia del Dr. Petracchi, con la finalidad de evitar la repetición de graves acusaciones que se habían efectuado durante la presidencia del Dr. Nazareno. Por eso se aprobó una acordada que impide tener audiencias o entrevistas con una de las partes sin la asistencia de la otra (Acordada 7/2004).

De manera que la sola vinculación de un funcionario de la Corte con representantes de una de las partes en varias causas implica una violación de esta norma jurídica.

Una regla importante también surge de los incisos b, c y d del art. 8 del Reglamento para la Justicia Nacional que prohíbe asesorar e interesarse en asuntos de terceros.

Peleas en la Corte: Lorenzetti apuntó a la mano derecha de su colega Rosatti

5). Obligación de transparencia
La política de transparencia significa que un funcionario que es acusado en cualquier ámbito, debe aportar todo lo necesario para dejar de lado toda duda.

La ley 25.188 de ética pública dispone que el funcionario debe (Art 2 , inc. e) “mostrar la mayor transparencia en las decisiones adoptadas sin restringir información”.

Es exactamente lo contrario a lo que viene haciendo el Sr. Robles, quien se ha negado a presentar su teléfono para que sea peritado y a dar cualquier tipo de explicación. Y además de negarse, ha deducido todo tipo de recursos para evitar ser investigado.
Pues, aunque pueda objetar la legalidad del requerimiento, un funcionario de la Corte Suprema debería haber ofrecido otras vías para definir su situación. Esta Corte, a través de su presidente actual, ha dicho que siempre hay que ponerse a disposición para el esclarecimiento de los hechos. No es correcto que esa obligación recaiga sobre los demás y no sobre un funcionario de su vocalía que lo representa en todos los ámbitos públicos.

Esa conducta reticente genera la sospecha de que algo tiene que ocultar, y ello produce un grave daño a la imagen pública de la Corte Suprema.

6). La confianza pública en la institución:
Cuando una noticia es ampliamente difundida, el problema ya no es personal, sino institucional, porque se trata de la imagen de imparcialidad de la Corte Suprema y ello preocupa a toda la población.

Ya no se trata de la persona ni su privacidad, sino la confianza que las personas pueden tener sobre la conducta de los funcionarios.
Un ejemplo ha sido el caso de los denominados “Panamá Papers”, en los que periodistas de todo el mundo, y varios de Argentina, recibieron información y no dudaron en hacerla pública. Las consecuencias han sido beneficiosas en términos de transparencia, provocando denuncias penales en muchos países. 

Lo que ninguna institución seria dejó de hacer frente a la difusión, es abrir una investigación independiente, ya que el silencio o el ocultamiento defraudan la confianza pública en los poderes del Estado.

¿Qué puede pensar una persona que ve publicada la noticia de que un funcionario de la Corte asesora a una de las partes en un proceso?; ¿Qué puede pensar, cuando ve que un funcionario de la Corte Suprema que es la cabeza del Poder Judicial, se presenta ante jueces de primera instancia, procurando que no lo investiguen?; ¿Qué puede concluir si nada sucede y todo sigue igual?; ¿Puede entenderse esta inercia como un falso corporativismo?

Esta Corte Suprema ha sido rigurosa y ha ordenado procedimientos y sanciones sin perjuicio de la nulidad y la prescripción del proceso penal (Resolución 1856/08, firma de Lorenzetti, Highton, Maqueda, Argibay)
El ocultamiento y la ausencia de autocrítica debilitan la institución, y deterioran un prestigio trabajosamente logrado luego de una crisis similar ocurrida hace más de veinte años.

Nuestra obligación es iniciar un proceso independiente, para el esclarecimiento de los hechos, con la objetividad que merecen tanto el implicado como la sociedad toda.

7). Paralización de expedientes
Es claro que Ud., como presidente de la Corte, le ha dado entidad a esas denuncias.
La evidencia más cabal es que todos los expedientes donde Robles fue involucrado fueron paralizados durante todo un año, usando las facultades que tiene el presidente de enviar las causas al acuerdo (Art. 84 Reglamento para la Justicia Nacional).
Es lo que ha sucedido en las causas:

•       64341/2022 "Juez, Luis Alfredo y otro c/ Honorable Cámara de Senadores de la Nación - clisp. 86/22 s/ amparo ley 16.986"
•       1865/2020 "Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires c/ Estado Nacional s/ acción declarativa de inconstitucionalidad",
          8) Ausencia de sumario administrativo
          
En un escrito que Ud. ha difundido recientemente, se señala que no hubo sumario administrativo porque “las supuestas conversaciones a las que se alude fueron consideradas inválidas por su presunto origen ilegal en el proceso judicial en el que fueron investigadas”.
No hay ninguna declaración de invalidez dictada, sino simplemente el archivo. El mismo fiscal, conforme a la cita que Ud. hace en el escrito, se refiere a que no puede analizarlo en “este estado embrionario…”. Lo cual es correcto, ya que no se analiza la validez de la prueba al inicio del proceso, pero no hay ninguna declaración de invalidez, como Ud. lo señala.

Petitorio
Por todo lo expuesto solicito:
1.    Que, preventivamente, se traslade al Sr. Robles a un ámbito diferente de la Corte Suprema, siguiendo los precedentes firmados por este Tribunal recientemente;
2.    Que se requiera al Sr. Director General de su vocalía, Silvio Robles, que presente una declaración jurada expresando su parecer sobre los hechos que se le atribuyen;
3.    Que, además, se inicie un sumario administrativo interno con la participación Organizaciones no Gubernamentales en calidad de observadores;


Ricardo Luis Lorenzetti
Juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
 

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