Foto de archivo de la Cámara de Diputados

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Senado aprobó definitivamente la ley de reestructura de deudas ante el BHU

La presidenta del BHU, Casilda Echevarría, criticó la redacción del proyecto
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13 de diciembre de 2023 a las 13:55

La Cámara de Senadores aprobó el proyecto de reestructura de las deudas en unidades reajustables (UR) ante el Banco Hipotecario (BHU) y la Agencia Nacional de Vivienda (ANV). 

"¡ES LEY!", celebró el senador colorado Germán Coutinho. "24.000 familias tendrán paz en estas fiestas y una mejor calidad de vida .Sus casas están a salvo. SE HIZO JUSTICIA", escribió en su cuenta de X.

Este miércoles el proyecto había regresado desde la cámara baja con varios cambios. Como era la tercera ocasión que estaba en una cámara, los senadores debían aprobarlo o rechazarlo tal cual fue enviado por los diputados.

En la Cámara de Representantes se realizaron modificaciones a la redacción del Senado en dos instancias: primero en comisión y después en el plenario. Los últimos cambios fueron criticados por la presidenta del BHU, Casilda Echevarría.

"Una larguísima discusión en Diputados para incluir en el perdón de deudores de UR a quienes al menos hayan pago el 35% del crédito, bajando el 50% que venía de Comisión, pregunto qué sentido tiene si al decir de los propios deudores todos habían pago varias veces la deuda? Raro", escribió Echeverría en su cuenta de X.

"Se establece en Diputados que quienes hubiesen adquirido un inmueble de USD 80.000, a valores de hoy USD 300.000 quedan exonerados del saldo al cumplir 40 años. ¿Dónde está la focalización con criterio social? De Comisión venía con un tope de inmuebles USD 180.000 a valor de hoy", añadió la presidenta del BHU.

Cómo quedan los beneficios para deudores

Además de lo señalado, y criticado, por Echevarría, el texto establece que se extinguirán las deudas de más de 40 años desde que fueron contraídas, siempre y cuando en los diez años previos al momento de aplicación del beneficio "se hayan abonado un mínimo de 110 pagos"; y que el saldo sea "igual o inferior al 65% del capital adeudado al momento de la asunción del crédito por su actual titular". 

Las deudas contraídas antes del 31 de diciembre 1993 serán bonificadas con una tasa de 0% sobre las UR; las que se hayan adquirido entre 1994 y 2008 tendrán en cambio una tasa de 2,5% de interés.

De haber más de tres cuotas sucesivas impagas, quedarán sin efecto los beneficios. 

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