El gobierno suspendió hasta fin de año las bajas del monotributo por falta de pago y las exclusiones de oficio que se hacen en el régimen simplificado cuando el contribuyente supera alguno de los parámetros previstos en las normas y tiene que pasar a ser responsable inscripto.
Se trata de una Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que se publica en el Boletín Oficial. En relación a las bajas, la AFIP puede sacar del régimen a los contribuyentes que no paguen sus cuotas en un período de 10 meses.
La medida publicada excluye a los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de ese cálculo.
En relación a las exclusiones de oficio, estas se producen cuando el contribuyente supera alguno de los parámetros que determina le ley para ser monotributista, los que incluyen, además de la facturación anual, el precio por unidad (para los que venden cosas muebles) y costo de alquileres.
La AFIP sólo fue facultada por el Poder Ejecutivo recientemente a modificar los parámetros de facturación, pero no así los otros indicadores, por lo que en un contexto inflacionario estos siguieron incrementándose dando motivos para que la AFIP actúe de oficio para mandar al contribuyente al régimen general.
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