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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha reglamentado el Decreto 510/23, que establece un régimen especial de percepción, retención y/o autorretención para el ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad Social de los trabajadores de la actividad deportiva, así como el pago de deudas contraídas hasta octubre de 2023.
A través de la Resolución General 5439/2023 publicada en el Boletín Oficial, se ha establecido una alícuota del 7,5% que se destinará al pago de las obligaciones correspondientes a aportes y contribuciones del personal afectado a la actividad deportiva, incluyendo futbolistas, cuerpos técnicos, médicos, auxiliares y demás personal dependiente de planteles en cualquier categoría, que respondan a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y la Liga Profesional de Fútbol Argentino (LPF).
También se incluyen las empresas adjudicatarias de los derechos de televisación y los establecimientos educativos pertenecientes a los clubes mencionados. Este régimen especial entrará en vigencia a partir del 1 de noviembre de 2023. La AFIP destaca que esta medida representa un avance significativo para la industria del fútbol en Argentina, ya que facilita el cumplimiento de las obligaciones de seguridad social de los clubes y trabajadores.
La alícuota del 7,5% se aplicará al monto bruto percibido o recaudado en virtud de diversos conceptos, incluyendo la venta de entradas, transferencias de futbolistas profesionales, cesiones onerosas temporarias o definitivas de los derechos federativos o económicos de futbolistas aficionados, patrocinio oficial con fines publicitarios de los torneos oficiales de fútbol masculino y femenino, derechos de televisación, apuestas y el producto de la comercialización del big data, entre otros.
Según hizo oficial el Banco Central este viernes en su comunicación Nº 7873, los clubes que transfieran jugadores, deberán liquidar el dinero recibido dentro de los 5 días de la fecha de percepción en el exterior o en el país o de su acreditación en cuentas del exterior y podrán hacerlo al 70% al dolar oficial, fijado por el Gobierno Nacional en $365,50 y el restante 30% bajo el denominado “contado con liqui”, cuyo monto hoy está en los $530.
BCRA
Cabe destacar que el valor de ese 30% estará en función de la evaluación del tipo de cambio y que las instituciones deberán crear una “cuenta especial” donde el BCRA realizará el depósito final del monto, ya transformado en pesos.
La medida estará vigente por 21 días: Desde hoy, 27 de Octubre, al 17 de Noviembre, dos días antes de la realización del balotaje.
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