El capítulo de seguridad en la ley de urgente consideración (LUC) volvió a ponerse sobre la mesa este jueves con la denuncia de la Asociación de Defensores de Oficio ante la Suprema Corte de Justicia al cuestionar como "desmedido" y "frecuente" el uso de la fuerza policial, una situación que considera que se profundizó desde que se aprobó la ley.
Mientras que los opositores consideran que el empoderamiento de la Policía a partir de la ley de urgencia aumentó los abusos policiales, en el oficialismo la defienden con el argumento de que son herramientas fundamentales para enfrentar los delitos y dar seguridad a la ciudadanía.
Con su aprobación en julio de 2020, la LUC dio nuevas potestades a la Policía y amplió el endurecimiento de penas.
El apartado de seguridad recoge 11 artículos vinculados a ella. Allí se destaca la posibilidad de que los policías retirados tengan derecho a portar armas y actúen con las mismas “facultades legales” que el personal en actividad en caso de “flagrancia”, se reafirma la presunción de legitimidad de la actuación policial, en el entendido de que su actuación "en ejercicio de sus funciones" es "acorde a las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias vigentes”, se facilita el registro de vestimenta, equipaje o vehículos en caso de sospechas y se da potestad de llevar a una sede policial a quien no se identifique correctamente por no portar documentos. En esas ocasiones, el indagado puede prestar declaraciones voluntarias a los policías con el fin de que los funcionarios puedan "realizar averiguaciones, investigar, obtener evidencias y aclarar el presunto delito”.
En cuanto al proceso penal, la ley extiende de dos a cuatro horas el tiempo de la policía para informar al fiscal de turno sobre detenciones, permite a policías y militares registrar a personas y autos en procedimientos "preventivos rutinarios", habilita a un funcionario hombre a cachear a una mujer (o viceversa) sin autorización previa, y desmotiva la posibilidad de penas alternativas eliminando la libertad anticipada para la mayoría de los delitos y excluyendo la redención de la pena por trabajo o estudio en casos graves.
A su vez, hay nuevas puntualizaciones para los delitos cometidos por adolescentes, que, además de mantener sus antecedentes penales una vez que sean mayores de edad, limita la aplicación del régimen de semilibertad y aumenta sus penas mínimas y máximas en determinados crímenes y las duplica en casos de violación, abuso sexual y homicidio. La LUC también establece penas más prolongadas para los abusos sexuales, las violaciones o los delitos vinculados con droga, como actividades de narcomenudeo y en mayores de edad.
El pasaje de seguridad de la ley marca, además, un endurecimiento del delito por ocupación indebida de espacios públicos, agrega sanciones por agredir al personal médico, de la educación o el transporte, da carácter de ley a la prohibición de piquetes que impidan la circulación libre y dispone la obligatoriedad del trabajo de los reclusos.
En línea con la denuncia presentada por los abogados de oficio ante la Suprema Corte de Justicia, los impulsores de la campaña contra la LUC entienden que las nuevas potestades terminarán siendo contraproducentes y desatarán riesgos de interpretación.
Inicio de sesión
¿Todavía no tenés cuenta? Registrate ahora.
Para continuar con tu compra,
es necesario loguearse.
o iniciá sesión con tu cuenta de:
Disfrutá El Observador. Accedé a noticias desde cualquier dispositivo y recibí titulares por e-mail según los intereses que elijas.
Crear Cuenta
¿Ya tenés una cuenta? Iniciá sesión.
Gracias por registrarte.
Nombre
Contenido exclusivo de
Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.
Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá