El 28 de noviembre se realizan las elecciones del BPS

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Mirá dónde te toca votar en las elecciones del BPS

La Corte Electoral publicó el buscador con el padrón en su página web
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15 de noviembre de 2021 a las 11:17

La Corte Electoral publicó el buscador en el que se puede ver dónde votar en las elecciones del Banco de Previsión Social (BPS) el 28 de noviembre.

El Directorio del BPS está conformado por cuatro miembros designados directamente por el Poder Ejecutivo con venia del Senado y tres delegados sociales electos por cada uno de los órdenes: jubilados y pensionistas, trabajadores activos y empresas contribuyentes

El voto es secreto, personal y obligatorio para las personas incluidas en los padrones electorales. Están habilitadas para votar cerca de 1,8 millones de personas que se dividen en 1.037.381 por el orden de activos572.385 por pasivos y 162.893 empresas contribuyentes.

¿Quiénes están habilitados para votar?

Es obligatorio el voto para todos aquellos jubilados y pensionistas y trabajadores activos públicos y privados mayores de 18 años que sean tales al 28 de febrero de 2021. Además, están incluidos quienes sin reunir los requisitos al 28 de febrero de este año, sí lo hicieran al 31 de julio del año pasado, siempre que no estuvieren comprendidos en ninguno de los otros órdenes al 28/2/2021. 

También deberán votar las empresas contribuyentes de cualquier tipo de aportación, salvo excepciones, que estén inscriptas ante el BPS al 28 de febrero de este año y al día en el pago de sus obligaciones corrientes y de cuotas por convenio. Se incluyen en este padrón las empresas que aunque no cumplen las condiciones anteriores al 28/2/2021 las verifican al 31/7/2020. 

Las empresas contribuyentes, sean pluripersonales o unipersonales, tienen derecho a un solo voto. En el caso de las empresas unipersonales, votan únicamente sus titulares.

No votan los contribuyentes de aportación civil, bancaria, notarial y profesional, titulares usuarios de servicios, empleadores de servicio doméstico y titulares de obras de construcción

No están obligados a votar los mayores de 75 años o aquellas personas que cobren un subsidio por discapacidad.

Las sanciones a los jubilados y pensionistas que no voten serán de una multa igual a la de no haber votado en las últimas elecciones nacionales, unos $ 1.400. 

Si un trabajador no cumple con la obligación del voto, se le aplicará una multa igual a la de no haber votado en las últimas elecciones nacionales. Y en caso de no pagarla, su empleador será responsable solidariamente. La multa también es de $ 1.400.

La multa será el doble, $ 2.800, para aquellos trabajadores que sean profesionales o funcionarios públicos.

A las empresas que no designen un mandatario o, habiéndolo designado, no concurran a votar, se les aplicará una sanción de 6, 12 o 20 unidades reajustables, según la cantidad de trabajadores dependientes, sin importar su naturaleza jurídica. El valor de la multa en estos casos es de $ 8.400, $ 16.800 y $ 28.000, respectivamente. 

Mirá acá dónde te toca votar.

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