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Se prolonga la feria sanitaria y SCJ establece a los jueces las tareas que deben realizar

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) también tomó la misma resolución, aunque la feria regirá hasta el 16 de mayo, dos días más que la de la Suprema Corte de Justicia (SCJ)
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29 de abril de 2021 a las 17:01

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) tomó la resolución de extender la feria judicial extraordinaria hasta el 14 de mayo, y lo mismo decidió el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), aunque en este último caso el plazo se extiende hasta el 16 de mayo.

Las resoluciones fueron adoptadas un día después de que el presidente Luis Lacalle Pou anunciara que las medidas sanitarias tomadas el 23 de marzo –como el cierre de gimnasios, free shops, espectáculos públicos y bares desde la medianoche, entre otras– se mantienen hasta el domingo 16 del mes siguiente.

En el caso de la SCJ, no obstante, en la resolución publicada en la página web del Poder Judicial se especificó algunas actividades judiciales que no serán interrumpidas mientras tanto, para no afectar el servicio de justicia, y que no estaba previsto en la ley que decretó la feria judicial sanitaria por primera vez, el 30 de abril de 2020.

Según dijeron fuentes de la SCJ a El Observador, las aclaraciones de las tareas que los juzgados no deberán suspender –y que no implican riesgo sanitaria– surge luego de recoger algunos reclamos de los colegios de abogados de todo el país, que han denunciado la urgencia por reactivar los casos, y así se lo han hecho saber a las autoridades del máximo órgano de la Justicia.

De manera que, como explicita la acordada, los jueces deberán librar "oficios, exhortos o certificados de resultancias de autos sucesorios cuya expedición se encontrara pendiente" y todos aquellos que puedan emitirse en forma electrónica; se deberán llevar adelante todas las audiencias "que no supongan la presencia de las partes, testigos, peritos o abogados en sede del tribunal"; tampoco podrá suspenderse la actividad administrativa relativa al "movimiento interno" de expedientes y "notificaciones electrónicas" a las partes intervinientes en los distintos procesos así como "la realización de informes por parte de las oficinas actuarias".

También se deberá dar trámite a las solicitudes de "libertad condicional" y "anticipada" y se establece a texto expreso que los jueces "con competencia en materia de ejecución y vigilancia cumplirán con las visitas e inspecciones".

 

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