Javier Milei derogó la ley de alquileres, desregulando un mercado que ya venía en conflicto. Los especialistas inmobiliarios estiman que la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) marcará un punto de inflexión y esperan que la libertad entre las partes para pactar reviva una oferta en peligro de extinción.
No obstante, la desregulación ha generado vacíos normativos que inquilinos y propietarios deben discutir, acordar y documentar antes de firmar un contrato de alquiler. Existen algunos puntos clave que es importante tener en cuenta.
En cuanto al pago, la norma establece que este debe ser mensual, siendo norma imperativa de orden público. Sin embargo, deben acordarse otros elementos como la moneda (pesos, dólares, u otra), la periodicidad del ajuste, la indexación y los pagos adelantados.
El plazo de los contratos de alquiler será el establecido por las partes y, en su ausencia, será de dos años. Se debe acordar quién, cómo y cuándo puede rescindir el contrato.
La cantidad del depósito de garantía ya no tiene limitaciones, siendo su monto sujeto al libre acuerdo entre las partes. Se debe definir cómo y cuándo se devolverá el depósito.
Las reglas sobre quién paga las reparaciones han dejado de ser de orden público y deben ser acordadas entre las partes. Es importante aclarar qué sucede en casos de reparaciones urgentes.
Se deben establecer las condiciones de restitución del inmueble al término del contrato. Las partes pueden pactar libremente estos términos.
Las expensas ordinarias y extraordinarias deben ser definidas por las partes, así como quién asumirá el pago del impuesto inmobiliario y del ABL.
Aspectos adicionales como reformas permitidas, la posibilidad de alquilar con mascotas, la contratación de seguros y otros detalles deben ser incluidos y acordados en el contrato.
El asesoramiento legal se vuelve crucial en este nuevo escenario, donde la flexibilidad es amplia y el mercado irá ajustándose a medida que la demanda convalide las condiciones. Las inmobiliarias buscarán encontrar el mejor equilibrio entre inquilino, propietario e inmueble.
Inicio de sesión
¿Todavía no tenés cuenta? Registrate ahora.
Para continuar con tu compra,
es necesario loguearse.
o iniciá sesión con tu cuenta de:
Disfrutá El Observador. Accedé a noticias desde cualquier dispositivo y recibí titulares por e-mail según los intereses que elijas.
Crear Cuenta
¿Ya tenés una cuenta? Iniciá sesión.
Gracias por registrarte.
Nombre
Contenido exclusivo de
Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.
Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá