18 de junio 2025 - 15:02hs

Este miércoles, el Gobierno Nacional publicó en el Boletín Oficial dos decretos que modifican la legislación sobre armas en Argentina. En primer lugar, el Decreto 397/2025 establece un régimen de autorización especial para la tenencia de armas semiautomáticas, carabinas y subametralladoras de asalto para uso civil. Esta normativa pone fin a la restricción vigente desde 1995, que solo permitía el uso de estas armas a las Fuerzas Armadas. Además, se modificó la Ley de Armas y Explosivos mediante el Decreto 409/2025, implementando cambios en los trámites y regulaciones relacionados con las Fuerzas de Seguridad, policías provinciales y otros sectores.

Los decretos, firmados por el Presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete Guillermo Francos y la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich, tienen como objetivo desregular y simplificar los procedimientos para la tenencia de armas, especialmente en lo que respecta a las fuerzas de seguridad y los civiles que practican deportes de tiro.

Nuevo régimen de control

El Decreto 397/2025 modifica la normativa vigente desde 1995, introduciendo la posibilidad de que civiles adquieran armas semiautomáticas, carabinas y subametralladoras de asalto, bajo un régimen de control especial. Este tipo de armamento, antes reservado exclusivamente para las Fuerzas Armadas, se puede ahora solicitar por parte de personas con la tenencia legal de armas, siempre que se acrediten condiciones específicas.

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Entre los requisitos establecidos en el decreto, se señala que los solicitantes deberán demostrar su aptitud en el uso de armas mediante la presentación de un certificado de idoneidad en deportes de tiro. Además, la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) será la encargada de implementar y supervisar el régimen de control especial para la adquisición y posesión de estas armas.

La medida genera un cambio significativo en la política de control de armas, ya que las semiautomáticas, anteriormente restringidas, ahora estarán disponibles para una porción más amplia de la población. El decreto aclara que, aunque las armas estarán disponibles para los civiles, su uso seguirá regulado para evitar que lleguen a manos inapropiadas. En este sentido, el Gobierno destacó la necesidad de "reevaluar los mecanismos dispuestos para controlar las armas semiautomáticas" debido a que la normativa anterior era considerada "profusa" y difícil de aplicar.

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Hasta la modificación, el artículo 55 exigía que los legítimos usuarios fueran mayores de 21 años.

Hasta la modificación, el artículo 55 exigía que los legítimos usuarios fueran mayores de 21 años.

Cambios en la Ley de Armas y Explosivos

El segundo decreto, el 409/2025, modifica la Ley N° 20.429 de Armas y Explosivos, que regula el uso de armas por parte de las Fuerzas Armadas, las fuerzas de seguridad federales, los servicios penitenciarios y los policías provinciales. Con esta modificación, se desregulan algunos trámites relacionados con la renovación de permisos y la incorporación de armas de fuego para estos sectores.

Hasta ahora, los efectivos de las fuerzas armadas y de seguridad debían renovar sus permisos de portación de armas anualmente. Sin embargo, el nuevo decreto elimina esta obligación, argumentando que las autoridades de las instituciones respectivas son las más indicadas para evaluar si sus miembros cumplen con los requisitos para portar armas. El Gobierno considera que, en el momento en que una fuerza autoriza la entrega de un arma a un efectivo, está evaluando si esa persona es física y psicológicamente apta para asumir la responsabilidad de su tenencia.

El Decreto 409/2025 también establece que la desregulación de estos trámites tiene como fin simplificar el proceso y reducir las cargas burocráticas para las fuerzas de seguridad. La medida entrará en vigor dentro de 30 días a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Flexibilización del acceso a armas

La modificación de los decretos sobre armas se inscribe dentro de una serie de medidas impulsadas por el Gobierno para flexibilizar el acceso a las armas de fuego en Argentina. En 2024, se redujo la edad mínima para tramitar la Credencial de Legítimo Usuario de armas, pasando de 21 a 18 años. Además, el mes pasado se implementó el sistema de “Tenencia Express”, que facilita el proceso de adquisición de armas para civiles y miembros de las fuerzas de seguridad, permitiéndoles comprar armas y municiones en armerías.

Según cifras oficiales, en Argentina existen 739.124 armas registradas y 260.348 personas con credenciales de legítimos usuarios. Sin embargo, también se estima que hay aproximadamente 800.000 armas ilegales en circulación, que no están registradas ni bajo control oficial. A pesar de estos números, el Gobierno se mostró optimista respecto a los cambios, destacando que la medida contribuirá a un registro más eficiente y controlado.

En este contexto, la habilitación para la tenencia de armas semiautomáticas podría representar un cambio relevante en el panorama de la seguridad en el país, si bien sus implicaciones serán motivo de debate y seguimiento en los próximos meses.

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