Un tribunal condenó a penas de entre 20 y 24 años de prisión a los tres hombres acusados por el asesinato del español de origen brasileño Samuel Luiz y a 10 años de cárcel a su cómplice, mientras que absolvió a una mujer también encausada por el crimen.
La Audiencia de A Coruña, de conformidad del Tribunal del Jurado, condenó penas que suman un total de 74 años y medio de cárcel a las cuatro personas declaradas culpables del crimen cometido en la madrugada del 3 de julio de 2021 en el paseo marítimo coruñés.
Los condenados le dieron una paliza a Samuel Luiz frente a la playa de Riazor, al pensar uno de ellos que le estaba grabando cuando realmente hacía una videollamada.
Por el caso ya fueron condenados dos menores de edad en otro proceso.
La sentencia, conocida este miércoles, impone 24 años de cárcel al principal acusado, Diego Montaña, que lo agredió al grito homófobo de "maricón"; 20 años a Alejandro Freire Yumba; 20 años y 6 meses a Kaio Amaral Silva, también condenado por el robo del teléfono celular de la víctima, y 10 años Alejandro Míguez como cómplice.
Qué dijo el Tribunal sobre el crimen de Samuel Luiz
En la sentencia, se recoge que Samuel, de 24 años, falleció por una agresión grupal, iniciada por Montaña, quien se encontraba acompañado por su entonces pareja, Catherine S.B., -- juzgada y absuelta-- al creer que Samuel Luiz, que se hallaba realizando una videollamada, les estaba grabando con su teléfono móvil.
Subraya que el Tribunal del Jurado entendió probado por unanimidad que Montaña interpretó que la víctima era homosexual y que esto "desencadenó la reacción totalmente agresiva contra Samuel, por su animadversión hacia la condición sexual homosexual que le atribuyó".
Así, señala que, de forma sorpresiva y repentina, "se abalanzó sobre Samuel, golpeándole con puñetazos y patadas, principalmente en las zonas de cabeza y cara".
En tanto, Alejandro Freire, amigo de Montaña, "se sumó a dicha acción de forma inmediata, atacando a Samuel por la espalda, rodeándole con fuerza el cuello con su brazo".
"En cuestión de segundos, se adhirieron de forma progresiva al ataque un numeroso grupo de amigos y conocidos de los acusados, que se hallaban en las inmediaciones", asegura la presidenta del Tribunal. Amaral Silva "se integró en el grupo agresor, propinando a Samuel al menos una patada", se indicó en el fallo.
Por su parte, Míguez se situó en el punto inicial de la agresión, sin golpear a Samuel. El Jurado entendió probado que, actuando en unidad de acción o bien lo golpearon o bien impidieron su defensa.
La víctima "se encontraba totalmente indefenso y desvalido debido al elevado número de personas que lo agredían y rodeaban", y a pesar de ello, "en un momento dado", logró incorporarse e intentó abandonar el lugar, ayudado por dos ciudadanos senegaleses, pero fueron perseguidos unos 150 metros por el grupo agresor.
Finalmente, cayó al suelo desplomada e inconsciente, momento en el que Montaña, Freire, Amaral Silva, Míguez y los demás miembros del grupo se dispersaron por diversas calles.
La magistrada destacó que los jurados ponderaron las declaraciones testificales, "de evidente fuerza probatoria", y que observó "de manera directa y repetidamente" el vídeo de las cámaras de tráfico de la plaza de Portugal, así como los fotogramas del pub Andén y del vending 24 horas.
Además, que los médicos forenses concluyeron que la muerte fue causada por múltiples agresiones, excluyendo "la existencia de golpes singulares determinantes del resultado letal".
Así, "describieron más de treinta lesiones, que podrían corresponderse con más de treinta golpes", haciendo hincapié en que cada golpe "amplificaba el efecto del anterior", por lo que concluyeron que todos fueron "necesarios" para causar la muerte de la víctima.
FUENTE: Con información de agencias