Flexibilización temporal: autorizaron la circulación con documentos digitales por la escasez de plásticos para licencias de conducir

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Autorizaron la circulación con documentos digitales por la escasez de plásticos para licencias de conducir

El Ministerio de Transporte de la provincia de Buenos Aires comunicó que la decisión se tomó debido a un conflicto de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
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06 de enero de 2024 a las 12:17

El Ministerio de Transporte de la provincia de Buenos Aires informó este viernes que, debido al faltante de plásticos para la renovación del permiso de conducir, se permitirá circular con el certificado de trámite aprobado y la licencia de conducir digital en la app Mí Argentina. La medida ha sido comunicada a los 135 distritos bonaerenses y se implementa como respuesta al conflicto entre la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y el proveedor de los materiales. Se ha anunciado que esta solución estará en vigencia hasta el 31 de enero, con la posibilidad de prorrogarse si es necesario. Para circular, será necesario contar tanto con la certificación física como con la aplicación.

En el contexto de los cambios introducidos por el DNU de Javier Milei en las normativas para la conducción en el territorio nacional, la ANSV aclara que los documentos obligatorios para circular son:

  1. Documento Nacional de Identidad (DNI).
  2. Licencia Nacional de Conducir.
  3. Cédula verde o azul.
  4. Comprobante de seguro en vigencia.
  5. Comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo.
  6. Constancia de la Verificación Técnica Vehicular (VTV).
  7. Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.
  8. Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.

A pesar de los primeros anuncios del DNU, que sugerían que solo sería necesario presentar la licencia, el pago de la última patente y la cédula de identificación del automotor, la ANSV aclara que las modificaciones se aplican al Decreto/Ley 6582/1958 del Registro de Propiedad Automotor, no así a la Ley Nacional de Tránsito (24.449). En consecuencia, los documentos obligatorios siguen siendo los mismos que antes del DNU. La novedad es que no tener actualizada la VTV y el comprobante de la póliza de seguro ya no es motivo para retener el vehículo o la licencia, aunque sí puede resultar en una multa. Además, se establece que las autoridades provinciales o municipales no pueden exigir otros requisitos para el uso legítimo del vehículo.

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