El Ministerio de Salud Pública (MSP) publicó los avances en la fiscalización de rotulado frontal para productos con exceso de azúcares, grasas, grasas saturadas y sodio; en el rubro de galletas y galletitas se detectó la mayor cantidad de incumplimientos, ya que casi la mitad (47%) no llevaban el etiquetado que correspondía.
Según informó el MSP en un comunicado, la mayoría de los consumidores invierten "menos de diez segundos seleccionando cada artículo", por lo que el rotulado frontal facilita el proceso de selección reduciendo el consumo de alimentos con el rotulado.
Desde el 2019 se está trabajando en el desarrollo de estrategias para la implementación, monitoreo, y fiscalización del rotulado frontal, con apoyo de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y en coordinación con la Intendencia de Montevideo.
Hoy son 12 intendencias las que se comprometieron a realizar el proceso de fiscalización, y 9 de estas han enviado datos de fiscalización del rotulado frontal en puntos de venta.
El MSP definió inicialmente dos etapas para la fiscalización. En la primera etapa, se fiscalizan en góndola únicamente los productos que no presentan los octágonos al momento de la inspección. Así como también, se busca identificar aquellos productos que no están en la base de datos y solicitar que se envíe la información de su composición. Actualmente, esta primera etapa está en proceso de ejecución.
La segunda etapa plantea que se diseñe una aplicación a partir de la base de datos de productos para facilitar el trabajo de las intendencias en la fiscalización de los puntos de venta.
Cuando se constata la ausencia de rotulado frontal, existen dos formas de incumplimiento. Por un lado, puede faltar información en la base de datos, debido a que la empresa no los ha aportado. Al constatarse incumplimiento, se comunica a la empresa por correo electrónico, otorgando 72 horas para que ésta envíe la información solicitada.
"De no cumplir, se le envía un comunicado a la dirección fiscal con apercibimiento de sanción. Cuando la empresa envía la información solicitada, se analiza y, de identificarse que el producto debería llevar rotulado frontal, se debe regularizar la situación en un plazo de 30 días", explica el comunicado oficial.
Por otro lado, puede darse la ausencia de etiquetado. En estos casos, la Dirección General de Fiscalización del MSP (DIGEFI) se comunica con la empresa y se establece un plazo de "30 días para regularizar, bajo apercibimiento de sanciones".
Al momento, las categorías fiscalizadas y en las cuales se ha finalizado el procesamiento de datos son: salchichas tipo frankfurters, hamburguesas, postres lácteos y gelatinas, caldos y sopas, productos de copetín y galletitas.
Según informa el comunicado del gobierno, en un total de 307 alimentos que no contaban con el rotulado, las galletas y galletitas presentaron un 47% de incumplimiento, estando los datos de composición nutricional en la base. "De los productos que no presentaban octógonos, y dependiendo de la categoría de productos fiscalizada, entre el 29% y el 62% no estaban en la base de datos de composición nutricional", informa el MSP.
El MSP expresa que mediante el etiquetado se espera que haya una mejora de la calidad de la alimentación de la población, ya sea por "una mejor selección de alimentos al momento de la compra, o por una mejora de la calidad nutricional de los alimentos ofrecidos por la industria". Además, agrega que se espera un" impacto positivo en las enfermedades crónicas no trasmisibles y sus factores de riesgo, como la obesidad y el sobrepeso", a pesar de que los efectos en la disminución de estas enfermedades se observarán en el "mediano o largo plazo".
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