La jueza de Crimen Organizado Adriana Chamsarian rechazó el recurso de las defensas del exdirector de la Ursec, Nicolás Cendoya, y de otros imputados por la Fiscalía que plantearon que ese juzgado no es competente para entender en el caso y por ello pidieron la nulidad. En la sentencia a la que accedió El Observador la jueza rechazó los argumentos de los defensores y dijo que si acepta los planteos se "dilata en forma innecesaria el proceso".
El fiscal Diego Pérez pidió a la Justicia en mayo la realización de una audiencia para solicitar la imputación del exdirector de la Ursec por tres delitos de abuso de funciones. Junto al exjerarca el fiscal entendió responsable por abuso de funciones al expresidente de la Ursec, Gabriel Lombide; y por coautoría del mismo delito a la secretaria de Cendoya y a Oscar Mecol, exsecretario general de la Ursec.
A juicio del fiscal se probaron tres hechos irregulares: la destrucción de documentación de la Ursec que fue la denuncia inicial presentada por la presidenta de Ursec, Mercedes Aramendía, asesorada por el penalista Jorge Barrera. La jerarca denunció los hechos luego de que las cámaras de la oficina captaran a un exasesor de Cendoya ingresar y destruir papeles en la máquina trituradora.
Luego, se sumaron otros dos hechos: el procedimiento irregular por el cual se habilitó el funcionamiento de la radio Palmitas FM de Soriano, y el otorgamiento de una radio comunitaria en Salto que operó con una potencia mayor a la habilitada.
En la sentencia, la jueza señaló que "no se puede invocar incompetencia absoluta", ni pretender declarar lo actuado como absolutamente nulo, "en tanto se trata de hechos de exclusivo resorte penal". Y agregó que los juzgados de Crimen "fueron creados para actuar en ciertos casos complejos, efectuándose una distribución de tareas y recursos para asuntos dentro de una misma materia en función de la mayor complejidad en el enjuiciamiento de algunos delitos".
"Por otra parte, cabría destacar que sería prematuro prever que la causa no es del fuero especializado, al tenor de las circunstancias fácticas; la naturaleza de los hechos denunciados, instituciones involucradas, a la cantidad de personas y en especial a la condición de los funcionarios presuntamente involucrados de Ursec, cuando precisamente son ese tipo de condiciones, que determinar la competencia y justifican la actuación de ésta Sede", dijo la jueza.
El argumento planteado por el penalista Diego Camaño, al que luego se sumaron otros abogados, señaló que la Justicia de Crimen Organizado no es competente para intervenir en el caso. El abogado afirmó que la ley que creó las sedes de crimen organizado es clara en cuánto a que tienen competencia en casos de corrupción pública cuando los montos superan los US$ 20 mil, cosa que en este caso no sucede.
Camaño defiende al abogado que destruyó los papeles en la máquina trituradora y a la novia de éste, quien estaba en el organismo por pase en comisión, y quién le informó y envió a Cendoya copia de la denuncia penal presentada por Ursec a través de un contacto que tenía en Fiscalía que se la envió. Por ese hecho fueron imputados también tres funcionarios de Fiscalía. El fiscal pidió para los defendidos de Camaño medidas cautelares aunque no pidió imputarlos.
La jueza también argumentó que su juzgado intervino en la condena de los funcionarios de Fiscalía por lo que ya actuó en un caso relacionado, lo que confirma su competencia.
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