Inés Guimaraens

Comercios empiezan a ofrecer descuentos por pago en efectivo, ¿es legal?

Cambio en ley de Inclusión Financiera habilita a diferenciar precios con otras modalidades contado como la tarjeta de débito

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19 de septiembre de 2020 a las 05:00

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“Los presupuestos de reparaciones son al contado efectivo. Con tarjetas tienen sobrecargo 10%”, dice un letrero en el mostrador de un comercio dedicado a la reparación de computadoras en el centro de Montevideo.  “Descuento de 5% pago en efectivo”, dice otro mensaje en un bar de la capital. Un beneficio similar se anuncia en una carnicería del Parque Rodó para los clientes que prefieran utilizar cash para pagar la mercadería en lugar de la tarjeta de débito.

Hasta hace unas pocas semanas atrás cualquier consumidor que se hubiera percatado sobre la aplicación de precios diferenciales  tenía la alternativa de denunciarlo ante el Área de Defensa del Consumidor, por tratarse de una discriminación entre efectivo y pago con medios electrónicos contado, algo prohibido por ley.

Pero ¿qué ocurre ahora? La ley de Urgente Consideración derogó el artículo 64 de la ley de Inclusión Financiera. Ese punto de la ley establecía que los proveedores o comercios que decidieran aceptar tarjetas de débito o instrumentos de dinero electrónico (tarjetas prepagas o tikets alimentación) no podían cobrar por los productos o servicios que ofrecieran un precio mayor si el pago se realizaba mediante estos instrumentos que si el mismo se realizaba con efectivo. También establecía que cualquier promoción que ofreciera beneficios –monetarios o no- a los consumidores con pago en efectivo debía extenderse a los pagos realizados con el plástico.

Hoy no existe ninguna norma que obligue al comerciante a poner los mismos precios entre las distintas modalidades de pago contado, por lo que debería tener la libertad para marcar diferencias si así lo decide. En diálogo con El Observador, el gerente general de Cambadu, Adrián Cabrera, dijo que la derogación del artículo 64 “es un avance”, pero que de todas maneras hay que esperar a cómo proceden las tarjetas en los contratos que se celebren con nuevos comerciantes.

Según explicó, los contratos firmados habitualmente por los comerciantes contienen cláusulas específicas que prohíben diferenciar. Históricamente esas cláusulas se aplicaron para la operativa con crédito aunque no hay una norma que lo respalde, y quienes se apartan tienen sanciones como no poder seguir trabajando por un tiempo con la tarjeta. En el caso del débito eso comenzó a implementarse avalado por  la ley de Inclusión Financiera.

@gbudino
Comercio de Montevideo

“Hay que ver cómo reacciona la cámara de tarjetas y las tarjetas con respecto a esto. (…) Seguimos afirmando que esas cláusulas de los contratos deberían ser nulas porque la libertad de comercio establece que cada uno vende con la moneda que quiere y a los precios que quiere, en la medida que informe adecuadamente al consumidor. (…) No hay norma que obligue a que el comerciante tenga que establecer el mismo precio contado que para tarjeta de débito  y tarjeta de crédito”, afirmó Cabrera.

Desde Cambadu se considera que la posibilidad de otorgar bonificaciones en favor del efectivo es una práctica que factiblemente se comenzará a extender entre los pequeños comercios.  De hecho ya comenzaron a verse los primeros ejemplos en algunos barrios de Montevideo y es esperable que lo mismo ocurra en otras zonas. En el último tiempo varias gremiales de comerciantes del interior del país levantaron la bandera en rechazo a la inclusión financiera, y particularmente contra el artículo 64, uno de los pilares de la ley aprobada en 2014.

Según Cabrera, el uso de los medios electrónicos de pago no implica solamente tener que correr con el costo de aranceles, que todavía se consideran “en niveles elevados”. También se ponen en la balanza otros elementos, como el tiempo para hacerse del dinero de las ventas realizadas, que si bien hoy es de 24 horas tienen cierto retraso, por ejemplo en los fines de semana. “Es el delay en el pago, son las retenciones, es el control que para muchos comerciantes es muy difícil de hacer sobre si les pagan lo que efectivamente les corresponde. Yo soy contador y a veces es muy complicado entender las liquidaciones de las tarjetas”, afirmó el gerente de Cambadu.

La evolución de los pagos con débito y dinero electrónico mostró desde 2014 un crecimiento sostenido que deja a entrever un cambio de hábito en la forma de hacer los pagos que tiene buena parte de los consumidores, y que parece consolidado más allá de incentivos fiscales puntuales otorgados en los últimos años. ¿Qué incidencia tendrá en el comportamiento futuro de los usuarios el poder beneficiarse con descuentos si se paga con dinero físico?  ¿Habrá público que volverá a preferir el efectivo atraído por las bonificaciones? ¿Será una práctica extendida entre los comercios? Las respuestas se tendrán con el paso del tiempo.

”Hoy legalmente el comerciante tiene la libertad de establecer el precio que quiera para cada modalidad de pago, informando adecuadamente al consumidor”, afirmó Cabrera

Mínimos para operar

Con la derogación del artículo 64 también se eliminó la exigencia para  los comercios que aceptaran medios de pagos electrónicos de no poder fijar un monto mínimo para su uso y tener que aceptar operaciones por cualquier monto. Ahora eso vuelve a quedar librado a lo que decida el comerciante. En los primeros años de vigencia de la ley había farmacias, ferreterías y almacenes, entre otros rubros, que colocaban un piso de entre $ 200 y $ 300.  Cualquier compra inferior se tenía que saldar con efectivo.

Pago de salarios

La ley de Urgente Consideración también modificó la redacción del artículo 10 de la ley de Inclusión Financiera sobre el pago de nóminas. Ahora se admite el pago en efectivo de las remuneraciones y toda otra partida que tengan derecho a percibir los trabajadores en relación de dependencia. La modalidad de pago será acordada entre el empleador y el trabajador al momento del inicio de la relación laboral. Distintas fuentes consultadas por El Observador coincidieron en que hasta el momento no se ha dado una migración importante hacia esa nueva alternativa de pago.

Comerciantes “pro efectivo”

Casi 7 de cada 10 comerciantes uruguayos considera que el pago en efectivo es la vía más conveniente económicamente, si se evalúan los costos fijos de los distintos sistemas de pago. Los negociantes locales son además el público “más pro efectivo” en comparación a los otros países consultados (Argentina, Paraguay y Chile).

Las cifras se deprenden del estudio online titulado Perspectivas de uso del efectivo post pandemia covid-19, que desarrolló la agencia de investigación de mercado argentina OH! Panel durante el mes de junio, acerca de las tendencias en formas de pago y el uso del dinero en efectivo en cuatro países de América Latina. 

Además,  el 53% de los uruguayos consultados para este informe regional manifestó que el empleo de dinero en efectivo le genera practicidad, mientras que el 35% contestó sentir tranquilidad con esta modalidad de pago y otro 30% libertad. En contrapartida, no contar con efectivo despierta sensaciones negativas: un 48% señaló experimentar preocupación, un 37% menor libertad, mientras que un 26% dijo sentir estrés.

La fuerte tendencia al pago electrónico inquieta a la sociedad local, ya que un 85% de los encuestados nacionales opina que una economía sin efectivo dejaría fuera del sistema a un importante sector de la población, al tiempo que el 93% asegura que el uso de esta forma de pago permite aumentar las ventas en los pequeños comercios. Este último dato es compartido entre los participantes de la investigación a nivel regional en un 94% de los casos.

El estudio tomó una muestra de 2.400 casos, y abarcó hombres y mujeres de 18 a 70 años residentes en Argentina, Chile, Paraguay y Uruguay.

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