Diego Battiste

Con el nuevo integrante de la Suprema Corte ¿se mantiene la postura en temas polémicos?

Luis Tosi asumió el 19 de noviembre tras fracasar un acuerdo político pero en algunos temas ya expresó coincidencia con la mayoría de los ministros

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18 de diciembre de 2018 a las 05:03

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Los ministros de la Suprema Corte de Justicia, encargados de resolver sobre inconstitucionalidades de leyes o sobre casos penales o civiles, que llegan en casación al máximo órgano judicial, se comunican entre ellos mediante dos grupos de Whatsapp y se ven dos o tres veces por semana en los denominados “acuerdos”. En uno de los grupos de chateo están los cinco ministros y el secretario letrado, Gustavo Nicastro, y en otro los ministros junto con el jefe de Servicios Administrativos, Marcelo Pesce. Lo utilizan a diario pero sobre todo los fines de semana para adelantar tarea para el lunes, comentar alguna nota que haya salido en la prensa o para advertir a los demás sobre algún tema complicado que tendrán que tratar. 

El único momento en el que están todos juntos es en el acuerdo, el resto del tiempo cada uno trabaja en su despacho, atendiendo a gente, o con sus asesores revisando los expedientes. Por lo general esos asesores –cada ministro tiene dos abogados equiparados al cargo de juez letrado- son los que estudian los temas y redactan las sentencias, cuyos argumentos son discutidos previamente con el ministro.

La mayoría de las veces los votos de los ministros son abiertos, lo que significa que cada uno sabe qué opinó el anterior ya que los argumentos se van sumando al expediente. En casos excepcionales y muy polémicos, el voto es “cerrado”, lo que significa que lo que opina cada ministro queda en su despacho. Todos votan como si fuera el primero y no lo comentan. 

Además, hay tradiciones que no han cambiado y una de ellas, es el lugar que ocupan en la mesa los jueces–y el orden en el que firman las sentencias y resoluciones-. En la cabecera de la mesa se sienta la presidenta María Elena Martínez, y luego en orden de antigüedad decreciente: a la derecha de ella se ubica Jorge Chediak, por ser el que lleva más años en la Corte, luego Bernadette Minvielle, Eduardo Turell, y Luis Tosi, el último en asumir en el cargo.

Tosi llegó a la Corte el 19 de noviembre pasado por ser el ministro de apelaciones con mayor antigüedad en el cargo, luego de que fracasara el acuerdo político por el cual el Frente Amplio y la oposición intentaban designar a otro magistrado por su curriculum. Es juez desde 1978 y tiene experiencia sobre todo en la materia laboral ya que desde 1999 hasta asumir a la Corte fue ministro del tribunal de apelaciones de trabajo.

Con la llegada de Tosi, la Corte mantendrá la línea que viene desarrollando desde hace años, marcada por una visión más tradicionalista y conservadora, principalmente en los casos en los que se denuncian violaciones a los derechos humanos durante la dictadura. De hecho, ya han salido sentencias firmadas por Tosi en las que la Corte mantiene su postura mayoritaria de que los delitos cometidos en esa época no pueden considerarse de lesa humanidad porque no se puede aplicar la ley penal retroactivamente.

Diego Battiste
 

Según dijo a El Observador Minvielle -la única ministra que entiende que los delitos de la dictadura deben ser considerados de lesa humanidad - ya salieron varias sentencias con la firma de Tosi que acompañan la posición mayoritaria. "Como Tosi se sumó a la mayoría siguen saliendo sentencias por decisión anticipada (remitiendo a los argumentos de sentencias anteriores). Este lunes se firmaron dos o tres más", explicó la ministra, quien confirmó que en esa temática con el nuevo ministro “la Corte mantiene la línea en la que venía". 

El ministro Chediak publicó en noviembre un artículo en la página del Poder Judicial en el que defendió la postura de la Corte y afirmó: “Hay principios jurídicos muy importantes en juego, que hacen a la esencia del derecho penal democrático. Básicamente, los principios de legalidad y de irretroactividad de la ley penal más gravosa –consagrados expresamente en la Convención Americana de Derechos Humanos, también conocida como Pacto de San José de Costa Rica-”.

El argumento de la Corte se basa en que los delitos de lesa humanidad fueron aprobados en la legislación interna del Uruguay desde el año 2006, y son imprescriptibles. Pero, esa categoría de delitos solo existe para el futuro, por lo cual "no puede aplicarse retroactivamente a hechos cometidos con anterioridad, que deben ser juzgados conforme a las tipificaciones delictuales, penas y plazos de prescripción vigentes al momento en que se cometieron".

La Corte mantiene esa postura desde setiembre de 2017 cuando volvió sobre una postura anterior y sostuvo que los delitos cometidos en la dictadura no son delitos de lesa humanidad y por tanto prescribieron.

Desde filas de familiares de desaparecidos han señalado a la Corte como la responsable del estancamiento de los casos que durante el primer gobierno de Tabaré Vázquez habían tenido un empuje. Desde el Frente Amplio se acusó a la Corte de "dejar abierto el camino a la impunidad" y desde la Institución Nacional de Derechos Humanos se pidió a la Corte reflexionar sobre “los nefastos efectos que acarrea” esa postura.

El semanario Búsqueda informó el 22 de noviembre que los casos que llegan a la Corte no fueron declarados prescriptos porque fueron rechazados por motivos formales. Según explicó a El Observador Minvielle, en primera instancia los jueces les han dado la razón en cuánto a que los delitos no prescribieron pero en segunda instancia los tribunales rechazan esa postura entonces no llegan a la Suprema Corte, o si llegan se los rechaza. La presidente de la Corte, Martínez, dijo a Búsqueda que las razones por las cuales se rechazan esos recursos “son jurídicas y nada más que jurídicas”.

Camilo Dos Santos

Sin embargo, en otros temas polémicos como es el acceso a medicamentos de alto costo Tosi se sumó a la posición minoritaria. En ese caso fijó posición a favor de entregar los medicamentos junto con Chediak. La mayoría integrada por Martínez, Minvielle y Turell entienden que no puede declararse inconstitucional la ley que impide entregar aquellos medicamentos que no estén incluidos en el vademécum (Formulario Terapéutico Médico). Con la integración anterior, la Corte había fallado lo contrario y había declarado inconstitucional esa ley.

Otro tema polémico pero en el que aún Tosi no ha volcado la balanza es en el de la reparación por un daño de la Administración. En la integración anterior, hasta que asumiera Tosi, la Suprema Corte entendía que para que una persona reclamara daño por un acto administrativo debía haber agotado los recursos ante el organismo que dictó el acto. La otra biblioteca sostiene que no es necesario esperar y que se puede reclamar el daño antes de que el organismo estatal se pronuncie. Aún no se conoce de qué lado estará el nuevo ministro.

 

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