EFE

Desprecio y postura desafiante: las críticas de empleadores extranjeros al gobierno en la OIT

Los cuestionamientos se realizaron durante la sesión de una comisión del organismo en la que se trató el caso de la negociación colectiva en Uruguay

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16 de julio de 2019 a las 05:02

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Desprecio a los órganos de control, postura desafiante, usurpación de derechos. Esos fueron algunos de los duros calificativos que recibió el gobierno uruguayo en la Organización Internacional del Trabajo (OIT) cuando tuvo que defender la Ley de Negociación Colectiva en Ginebra.

El resultado de la última conferencia anual del organismo es conocido: el Poder Ejecutivo debe iniciar medidas legislativas antes del 1° de noviembre para modificar la normativa. Esa fue la decisión de la Comisión de Aplicación de Normas. Para llegar a esa conclusión, hubo una sesión donde se trató el caso uruguayo.

El gobierno debió argumentar a favor de la ley luego que Uruguay fuera incluido en una lista corta de países que infringen convenios internacionales de la OIT. Ocurrió después de una queja que los empresarios presentaron contra ella hace una década. El reclamo fue por el incumplimiento de convenio 98 sobre derecho a la sindicación y la negociación colectiva, básicamente por no permitir la negociación libre y voluntaria entre empleadores y trabajadores.

La sesión se realizó el viernes 14 de junio, duró casi tres horas y hubo 33 exposiciones sobre el caso en total, incluyendo los alegatos del gobierno (Ministerio de Trabajo), las cámaras empresariales y el PIT-CNT. La comisión tiene integración tripartita.

Sesión de la Comisión de Aplicación de Normas de la OIT

Una de las voces críticas fue la del representante empleador de México, Fernando Yllanes Martínez. A su turno, señaló estar “francamente sorprendido por la desafiante postura del gobierno (uruguayo) ante todos los intentos, sugerencias e incluso exigencias y posturas definitivas de los órganos de control más importantes de esta casa”. En segundo orden también se mostró sorprendido por la “complacencia y conformidad de esta comisión de la que todos obramos parte, y lo digo porque no es posible que durante prácticamente 11 años el gobierno del Uruguay mantenga una resistencia, o más bien, una oposición abierta y clara para cumplir con las resoluciones de esta comisión”.

Otro de los disertantes, en calidad de observador, fue el secretario general de la Organización Internacional de Empleadores (OIE), Roberto Suárez Santos. “Este caso está lejos de ser menor (…) Se trata de un caso que es el resultado de un deliberado y reiterado incumplimiento por parte del gobierno del Uruguay de las recomendaciones y orientaciones de los órganos de supervisión de esta casa”, dijo, según consta en el acta de la comisión.

 Añadió que es “un caso, diría yo, de desprecio a los órganos de contralor y un reiterado incumplimiento que abarca ya un período de 10 años, a pesar de los llamados en el año 2010 de esta comisión a cambiar y adecuar la regulación a la práctica”.

Suárez Santos continuó diciendo que “la regulación y la práctica de la negociación colectiva en el Uruguay constituye un claro ejemplo de una actitud de interferencia, intromisión e incluso acoso al sector empresarial”.

Pare el directivo de la OIE, la prolongada interferencia tiene como consecuencia un “creciente clima de conflicto que está afectando seriamente la paz social, el clima de inversiones, la generación de empleo y, fundamentalmente, está afectando a la libertad de empresa”. A su vez, sostuvo, que esa interferencia gubernamental está dando lugar a un “sistema de protesta y acción colectiva y sindical absolutamente rechazable y radicalizado, consistente en la ocupación sistemática de empresas, negando al empresario su capacidad para determinar y organizar su propia empresa”.

El representante empleador de Guatemala, Ricci Maudi, también fue crítico con el caso uruguayo. “Preocupa particularmente que la regulación administrativa y la práctica del Uruguay permitan la ocupación de instalaciones del empleador como consecuencia de un conflicto; resulta evidente que ello en absoluto favorece la negociación libre y voluntaria”, cuestionó. 

Diego Battiste

Por su parte, Hurtecho López, de Honduras se sumó a los cuestionamientos. Expresó que el caso volvía a ser analizado por “la falta de compromiso del gobierno”. Agregó que en Uruguay la “negociación de salarios por rama de actividad económica no responde a los principios del convenio (98), ya que no existe la libertad de negociación, vulnerándose este derecho fundamental por parte del gobierno que ha usurpado el derecho a los empleadores y a los trabajadores de alcanzar acuerdos a través de negociación colectiva”.

El brasileño Alexandre Furlan fue otro representante empresarial que brindó su opinión. Afirmó que pese a las recomendaciones de los órganos de control de la OIT, el “gobierno del Uruguay insiste en mantener dispositivos de la legislación que permiten la interferencia de las autoridades en el diálogo bipartito, incluso para la definición de términos y condiciones de trabajo”.

La sesión culminó a la hora 13 del viernes 14 de junio. El lunes 17, la comisión presentó las conclusiones del caso. Allí instó al gobierno a iniciar medidas legislativas antes del 1° de noviembre, previa consulta plena con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores y teniendo en cuenta la recomendación de los órganos de control de la OIT, a fin de garantizar la plena conformidad de la legislación y la práctica con el convenio 98.

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