Economía y Empresas > AJUSTES DE SALARIOS

Ajustes de salarios: gobierno defendió la “tradición” y los empresarios pidieron que se cumpla convenio de OIT

El ministro Mieres reiteró que en Uruguay los Consejos de Salarios no solo fijan el mínimo, sino también las categorías salariales, y que lo defenderá ante la OIT
Tiempo de lectura: -'
21 de septiembre de 2022 a las 05:02

El gobierno, los sindicatos y las cámaras empresariales volvieron a dejar de manifiesto sus diferencias sobre los cambios que se plantean hacer a la ley de negociación colectiva del sector privado.

A principio de mayo, el Poder Ejecutivo remitió al Parlamento una iniciativa de ley hoy a estudio, que busca atender las recomendaciones realizadas por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a partir de la queja presentada en 2010 por las cámaras de Comercio e Industria.

Este martes, el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Pablo Mieres, expresó que el proyecto está “claramente alineado con las orientaciones” que planteó la OIT, con excepción del punto que refiere a la participación del Estado en la negociación salarial y que no está  incluido.

En más de una oportunidad la OIT ha señalado que los consejos de salarios (órganos tripartitos) solo tienen competencia para fijar salarios mínimos, y que el resto de las condiciones de trabajo, por ejemplo, las actualizaciones de los salarios superiores a los mínimos por categorías, beneficios laborales, licencia sindical, prevención y solución de conflictos colectivos, debería ser materia de la negociación colectiva bipartita, sin injerencia del gobierno. Eso conforme con el Convenio 98 ratificado por Uruguay.

Sobre esto, el ministro Mieres reiteró que hacer cambios en ese punto “sería un error” que  “afectaría una larga tradición” que existe en Uruguay, donde se “negocian todas las categorías salariales y no solo los mínimos”.

“Lo defendemos y lo vamos a discutir con la OIT. Hay argumentos bastante fuertes en el sentido de que Uruguay no pretende con esto apartarse de lo dictado por OIT, pero sí reconocer que hay una tradición diferente. Por otra parte, los dos actores las más de las veces terminan recurriendo al rol del  gobernó para ayudar a resolver las discusiones, negociaciones y conflictos”, dijo el ministro durante un conversatorio que organizó la Universidad Católica.

El contrapunto con Mailhos

A su turno, el gerente del área jurídica de la Cámara de Comercio y Servicios, Juan Mailhos discrepó con el ministro de Trabajo. En primer instancia aclaró que cuando se realiza una queja “no hay intención” de exponer al país a “ninguna lista de nada”, en referencia a la llamada lista negra en la que Uruguay fue incluido en 2019 por última vez.

Y prosiguió: “Lo único que hay es una firme convicción de que esta ley no se adecua al Convenio 98. Más allá de las tradiciones, el país tiene que tener coherencia con lo que ratifica, con lo que desarrolla  a través de la legislación y a través de su práctica. Es muy peligroso solamente invocar las tradiciones jurídicas del país, es muy peligroso”, dijo.

Mailhos añadió que “se tiene ir por la certidumbre del derecho”. “De repente lo discutimos y podes llegar a concluir que no nos sirve lo del Convenio 98.  Denunciemos el convenio y discutamos las tradiciones, pero mientras lo tengamos hay que darle cumplimiento”, insistió el funcionario de la Cámara de Comercio.

Mailhos añadió que “valora” la actitud del gobierno de impulsar cambios, pero que se esperará al resultado del debate parlamentario para después adoptar las conclusiones que correspondan.

“Un retroceso”

Por otro lado, el vicepresidente del PIT-CNT, José Lorenzo López, expresó que la central sindical “ve con mucha preocupación” las modificaciones que se pretenden incorporar, y que definió como “un retroceso”.

Según López, el reclamo de los empleadores “responde al interés de obtener mejores condiciones de  rentabilidad retaceando conquistas laborales y debilitando la organización sindical”.

“La verdadera preocupación del empresariado ha sido por el protagonismo del Estado en el sistema de negoción colectiva  y por la presencia de sindicatos fuertes”, afirmó.

Sobre la eliminación de la ultraactividad de los convenios, López dijo que ese cambio implica “negociar todo desde cero” y que será también “un retroceso” para las cámaras empresariales.

“Cuando uno tiene beneficios como ropa de trabajo, aguinaldo extra u otra cosa y eso cae con el convenio, toda la negociación va a arrancar de cero, y van a estar mucho más crispadas las partes. Lo intentaremos cambiar en la discusión parlamentaria”, afirmó el sindicalista.

A fines de mayo, fuentes del sector empresarial consultadas por El Observador habían señalado que se valora la iniciativa de ley como un avance, pero remarcaron que solo recoge algunas de las observaciones realizadas por la OIT, y deja fuera el reclamo principal que está vinculado a cuáles son las competencias de los consejos de salarios.

Otra fuente del sector expresó en la oportunidad que si el proyecto no tiene cambios en el Parlamento y se termina aprobando la propuesta realizada del Poder Ejecutivo se mantendrá la queja ante la OIT. Además de las dos cámaras empresariales, el reclamo tiene como co-participante a la Organización Internacional de Empleadores (OIE).

Los cambios propuestos

El texto a estudio del Parlamento contempla cinco de las siete reclamaciones. Una de ellas está vinculada a la vigencia de los acuerdos, lo que se conoce como la ultraactividad de los convenios. La ley aprobada en 2008 durante la primera administración del Frente Amplio, establece que los convenios colectivos mantendrán plena vigencia en todas sus cláusulas hasta que un nuevo acuerdo lo sustituya, salvo que las partes hubiesen acordado lo contrario. La iniciativa del gobierno propone quitar este punto de la norma, y que tanto la vigencia como la prórroga de los acuerdos queden a resolución de trabajadores y empleadores.
Un segundo punto está vinculado a la observación de OIT que refiere al intercambio de informaciones en las negociaciones, su confidencialidad y la responsabilidad en caso de incumplimiento. En ese sentido, el proyecto establece que tanto las organizaciones de empleadores como los sindicatos deberán contar con personería jurídica.
Un tercer punto refiere a que  si no existe sindicato en una empresa, la legitimación para negociar en caso de conflicto debe recaer en los trabajadores aun cuando no estén organizados. Hoy la ley establece que si no existe sindicato cualquier punto de conflicto se debe negociar a través del sindicato de rama.
Un cuarto punto busca asegurar que los niveles de negociación colectiva sean libremente establecidos por las partes (empleadores y trabajadores), y no sea objeto de votación en una entidad tripartita integrada por el Poder Ejecutivo. El quinto y último punto refiere al registro y publicación de las resoluciones de los Consejos de Salarios.

Comentarios

Registrate gratis y seguí navegando.

¿Ya estás registrado? iniciá sesión aquí.

Pasá de informarte a formar tu opinión.

Suscribite desde US$ 345 / mes

Elegí tu plan

Estás por alcanzar el límite de notas.

Suscribite ahora a

Te quedan 3 notas gratuitas.

Accedé ilimitado desde US$ 345 / mes

Esta es tu última nota gratuita.

Se parte de desde US$ 345 / mes

Alcanzaste el límite de notas gratuitas.

Elegí tu plan y accedé sin límites.

Ver planes

Contenido exclusivo de

Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.

Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá

Cargando...