8 de mayo 2020 - 22:09hs

En una conversación casual, un general me pregunta mi opinión sobre el porte de armas para militares retirados. No sé si es buena idea facilitarlo, todavía no tengo una opinión formada. Conlleva riesgos –le respondo. Él me replica de manera tajante: –A ver, es un derecho, ¿no? Siempre lo tuvimos y de un día para el otro lo quitaron”.

La conversación me recuerda otro intercambio que mantuve con un politólogo hace pocos meses. Preocupado, me aseguraba que el gobierno multicolor iba a “arrasar con los derechos adquiridos”. Lo miré con una sonrisa burlona, pero vi que hablaba en serio. Desconcertado, le pregunté a qué derechos se refería. –A todos –me dijo. –¿Por ejemplo?  –Por ejemplo, la representación docente y estudiantil en los consejos. Luchamos por ese derecho y este gobierno lo quiere quitar.

Permítanme adelantar que me irrita cierto uso corriente y extenso del concepto de “derecho”. Me disgusta ese uso, aunque entiendo que es correcto. Desde un punto de vista legal, un “derecho” es toda prerrogativa o facultad que el ordenamiento jurídico reconoce a una persona. En ese sentido, la habilitación al personal militar retirado para el porte de armas constituía un derecho hasta hace pocos años. También es un derecho la representación docente y estudiantil en los consejos.

Aun así, reconozco que no me siento cómodo con esta definición. Tal vez le tenga un respeto excesivo al término. De hecho, trato de no usarlo a la ligera, y no forma parte de mi léxico habitual. Procuro reservarlo para referirme a los derechos humanos y a aquellas libertades fundamentales sobre las cuales considero que raramente hay dos lecturas.

Diego Battiste El PIT-CNT reclama una renta básica para la subsistencia de los trabajadores

No es casual que discuta este asunto en una columna que suele abordar cuestiones de seguridad. Por el contrario, la demanda y afirmación de derechos está en el corazón mismo de las políticas públicas de seguridad. No solo de la seguridad ciudadana, sino de la seguridad en un sentido amplio: seguridad física, psicológica, económica o nacional, entre otras. En ese contexto, cada derecho se comprende como derecho a la satisfacción de una necesidad insatisfecha, la que puede ser de toda índole y afectar cualquier dimensión de nuestras vidas.

Desde esta perspectiva, las necesidades insatisfechas proporcionan los fundamentos de la acción estatal y social, cuyo objetivo no es otro que asegurar a los ciudadanos la satisfacción de dichas carencias. De esta forma, la necesidad se torna la reivindicación política por excelencia, en tanto que su afirmación equivale a declarar la obligación del Estado de proveer o de asistir. En consecuencia, el conflicto político suele girar en torno a qué tipo de seguridad debe proveer el gobierno, qué necesidades debe satisfacer, y cómo se deben distribuir los costos de tornar dicha satisfacción en una responsabilidad colectiva.

.La afirmación de una supuesta necesidad no solo reivindica su urgencia, sino que exige explícita o implícitamente la satisfacción de esta en forma de programas y políticas, como si estas fueran esenciales para tener una calidad de vida digna

En principio, la enorme mayoría convenimos que el Estado debe ayudar a quienes sufren una necesidad imperiosa. Las dificultades surgen cuando intentamos definir qué constituye realmente una necesidad. Aquello que es imprescindible para la mera supervivencia no suele dar lugar a controversias, pero apenas abandonamos ese acuerdo de mínimos comienzan las tensiones. ¿Portar un arma de fuego es una necesidad? ¿Es imprescindible contar con representantes corporativos en los consejos educativos? ¿Y contar con una cadena nacional en el Día de los Trabajadores?

En el fondo de estas disputas late un conflicto irremediable sobre cómo distinguir una necesidad de un mero deseo. Cada actor político intenta presentar sus deseos como si fueran necesidades. Más aún, como si sus deseos fuesen necesidades absolutas, objetivas, ajenas no solo a caprichos, sino también a toda disputa política sobre su esencialidad. La afirmación de una supuesta necesidad no solo reivindica su urgencia, sino que exige explícita o implícitamente la satisfacción de esta en forma de programas y políticas, como si estas fueran esenciales para tener una calidad de vida digna.

Diego Battiste La Ley de Urgente Consideración define las urgencias que prevé el nuevo gobierno, mientras la oposición defiende sus “verdaderas urgencias” a través de proyectos de ley.

En ello se parecen todos los actores. Las cámaras empresariales reclaman medidas para que nuestra economía pueda ser competitiva. El PIT-CNT reclama una renta básica para la subsistencia de los trabajadores. Los militares retirados reclaman ir armados para poder defender las vidas de sus familias. Los colectivos feministas exigen que no haya ni una muerte violenta más. La Ley de Urgente Consideración define las urgencias que prevé el nuevo gobierno, mientras la oposición defiende sus “verdaderas urgencias” a través de proyectos de ley.

Por supuesto, la gran mayoría de las necesidades no son objetivas, ni siquiera en épocas de pandemia. Al contrario, generalmente son relativas y la política es el mejor instrumento disponible para definir colectivamente cuáles necesidades son reales y cuáles no lo son. Aquellas que son validadas y reconocidas como tales por una mayoría, suelen ser objeto de una política pública, mientras que las demás son reducidas a meros deseos.

Evidentemente, este proceso tiene muchas limitaciones. Una sociedad con recursos finitos no puede hacer frente a todas las demandas que se le plantean. Por ello habrá necesidades legítimas que permanecerán insatisfechas. Otro problema es cómo preservar un sistema económico basado en el trabajo o en el mérito, cuando la distribución de los recursos responde parcialmente a las necesidades legítimas de cada individuo.

Sin embargo, el dilema que inspiró esta columna es otro y gira en torno al proceso por el cual los deseos se convierten en necesidades y luego las necesidades se transforman en derechos. Porque si un deseo es legitimado como un derecho a través de la aprobación de una ley, entonces debería darse por descontado que el proceso contrario también es factible. Es decir, que esos derechos no son inalterables, porque las necesidades que los fundamentan pueden ser deslegitimadas en cualquier momento con un simple cambio de mayorías.

No es aquí donde se resolverán estos rompecabezas filosóficos, pero quizás fuera útil que reflexionásemos más a menudo sobre la relatividad y contingencia de muchas de nuestras demandas. La justificación para una política pública debe encontrarse en los beneficios que conlleva, no en si alguna vez fue –o actualmente es– un derecho. Los deseos son infinitos, las necesidades son relativas y muchos derechos son circunstanciales. En lo que a mí concierne, seguiré reservando ese término para los derechos humanos. Como leí alguna vez, estamos hechos de deseos, y yo también soy presa de los míos.

Diego Sanjurjo - @dsanjurjogarcia

Doctor en Ciencia Política, especialista en políticas de seguridad y armas.

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