Economía y Empresas > Insolvencia patronal

Empresarios piden “reglas claras” en manejo de fondo que garantizará créditos laborales

La iniciativa será financiada con aportes patronales y gestionada por el Banco de Previsión Social
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04 de octubre de 2018 a las 05:02

La Cámara de Diputados votará la próxima semana el proyecto de ley por el que se crea un fondo  de créditos laborales que se activará en casos de insolvencia del empleador. El fondo  será gestionado por el Banco de Previsión Social (BPS) y será financiado con parte de los aportes patronales que se realizan al Fondo de Reconversión Laboral (FRL). Al fondo tendrán acceso los trabajadores de empresas privadas que sean declaradas insolventes por la Justicia según la ley de proceso concursal.

En las últimas dos semanas las cámaras empresariales y la Liga de Defensa Comercial plantearon en la Comisión de Legislación del Trabajo del Parlamento diferencias con la iniciativa impulsada por el Poder Ejecutivo.

El presidente de la Liga de Defensa Comercial (Lideco), Pablo Montaldo planteó que el  fondo debería “contar con reglas claras de administración”, las que según dijo, “no están previstas en la iniciativa”. Además, puntualizó que el fondo no debería está amparado por el secreto tributario para que la gestión sea “transparente”, según la versión taquigráfica de la sesión.

Por su parte, el asesor jurídico de la Cámara de Industrias (CIU), Gonzalo Irrazabal expresó que “no está previsto ningún tipo de control” siendo que es un fondo que se nutrirá solo con aportes de un sector (empresas).  “El dinero va a una masa que administra un ente estatal. Lo mínimo que debería contener el proyecto es que el fondo no esté amparado en el secreto tributario ni tenga ningún tipo de confidencialidad. (…) El sector empresarial debería tener control sobre la gestión de su dinero, sobre el destino y, en especial, sobre el cumplimiento del objetivo que la ley le impone”, afirmó el representante de la CIU.

“Rompe equilibrios”

Para Lideco, la iniciativa “rompe” los equilibrios previstos por la ley concursal en cuanto al tratamiento de los créditos laborales El responsable de servicios jurídicos de Lideco, Fernando Cabrera, remarcó que si se da la posibilidad de que ante un mero pedido de concurso que sea decretado el trabajador pueda ampararse en el fondo para solicitar el cobro de su despido “lisa y llanamente, se va a decir: ´No hay posibilidades de convenio alguno; no hay posibilidades de supervivencia alguna".

Así el trabajador va a cobrar su despido y va a quedar desvinculado de la empresa. Eso es diferente de lo que sucede hoy porque los contratos laborales siguen. Cabrera explicó  que la ley concursal apuesta a la continuidad de la empresa mientras tramita el concurso y hasta tanto se concrete el decreto de liquidación. Además, faculta al síndico para que siga con la empresa en actividad y busque su venta en bloque.

“Todo eso que en su momento fue presentado como la gran vedette de la ley de concursos para preservar el valor de la economía en su conjunto se desvirtúa”, apuntó. Además, Cabrera destacó  que “el efecto indirecto” del fondo será el retraso de las presentaciones de los concursos. “El deudor no se va a presentar a promover su concurso porque va a saber que se va a quedar sin su fuerza de trabajo y que no va a salir adelante con su empresa”, dijo.

 “Sin planificación”

Por otro lado, la CIU señaló que el proyecto no tiene “ninguna planificación” tributaria. “No hay una estadística, un estudio, un número, nada que haga posible evaluar cuántos trabajadores están en esta delicada situación: ¿diez, mil, cinco mil? El fondo genera equis dinero. ¿Cubre un mes, diez años? No hay nada; absolutamente nada”, dijo Irrazabal.

En tanto, el asesor legal de la Cámara de Comercio, Juan Mailhos afirmó que el fondo de garantía “establece la solidaridad entre los buenos y los malos empresarios”.

 “Hoy existen mecanismos y garantías que se establecen por los créditos laborales, que hacen que el empresario que cierra sienta que tiene que hacer un arreglo, que tiene que cumplir, que tiene que saldar el tema laboral, porque de lo contrario, se perjudicará en la liquidación de la empresa. Sin embargo, si existe un seguro, tenemos la total convicción de que los empresarios que decidan cerrar, tendrán un aliciente para hacerlo porque los créditos laborales se los pagará el fondo”, dijo Mailhos.

“Entonces, la señal es equívoca: ´Tirate, Cacho, porque el fondo paga´. Esto no está bien y por eso, conceptualmente, no lo compartimos”, añadió Mailhos.

 

En números
Para financiar el fondo se redistribuirá el aporte patronal de 0,125% al Fondo de Reconversión Laboral (FRL). De esa manera el 0,1% se seguiría volcando al Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (Inefop), y el restante 0,025% irá las arcas del llamado Fondo de Garantías Laborales.
El nuevo fondo recaudaría unos US$ 250 mil mensuales. Al cabo de 12 meses serían unos US$ 3 millones anuales, según las proyecciones que manejó hace algunos meses el ministro de Trabajo, Ernesto Murro.
Los créditos laborales se garantizarán hasta por un máximo de 105.000 UI (US$ 12.700 a valores actuales).  El fondo cubre el pago de sueldos y jornales generados hasta seis meses antes a la declaración de insolvencia, además de  licencias, salarios complementarios y despido legal. No tendrán derecho a ser uso del fondo los trabajadores con vínculo de parentesco con el empleador y tampoco directores y gerentes generales.

 

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