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Lo investigaron 13 años por homicidio y violación; tribunal entendió que prueba en su contra era "ilegal" y clausuró el proceso

Un policía lo había grabado "confesando" el crimen sin que el indagado lo notara
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20 de septiembre de 2023 a las 05:00

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3o Turno clausuró las actuaciones contra el "Heladero" investigado por el homicidio y violación de Lucía Gómez, una joven tacuaremboense que fue atacada en 2010. Por su crimen ya hay un condenado, a 25 años de prisión, y en octubre de 2022 el juez Daniel Borsani había decretado el procesamiento del apodado "Heladero" como coautor. Sin embargo, el tribunal entendió que ese procesamiento partía de una prueba ilegal y lo revocó. Para seguir el proceso en contra del hombre la Fiscalía, si así lo quisiera, debería acudir a la Suprema Corte de Justicia. 

La prueba descartada por el tribunal fue una grabación del indagado en sede policial que un efectivo había tomado con una lapicera con cámara, que llevaba escondida en su bolsillo. Lo hizo a espaldas de sus compañeros y sin advertirle al indagado, que no contaba con abogado en el interrogatorio.

El crimen de la joven conmovió a Tacuarembó y generó polémicas declaraciones de autoridades y varias marchas callejeras. Una de ellas, frente a la casa de la jueza subrogante encargada de instruir la causa, Silvia Urioste. Allí le dejaron flores y pancartas mientras pedían justicia por Gómez, menciona la sentencia del tribunal a la que accedió El Observador. La víctima, veinteañera, había sido agredida mientras caminaba. La amenazaron con un corte para llevarla a un monte, donde la violaron y la degollaron. 

Sobre el condenado, había un examen de ADN que probaba su vínculo con el crimen y, además, terminó por admitir haber sido el autor. Sin embargo, al respecto del presunto cómplice, las cosas no estaban tan claras. Aunque a veces acampaban juntos en el predio cercano a donde fue capturada Gómez, tanto el condenado como el investigado dieron distintas declaraciones sobre la participación del segundo.

Finalmente la declaración que sí ratificó fue que, ese día, vio caminando a Gómez y la reconoció porque la madre de ella había sido maestra de sus hermanos. Vio como se la llevaba el condenado, y si bien no la ayudó, fue hasta una garita policial a avisar que le estaban "pegando a una muchacha" pero el agente no estaba. Después, aseguró, no dijo nada porque se iba a meter "en un problema" pero terminó metido "en uno más grande". 

Los ministros consideraron el argumento del defensor del Heladero, Joaquín Gamba (defensor público) e indicaron que el video grabado con la lapicera del policía "nunca puede ser utilizado para demostrar lo que pudo haber declarado en sede policial y sin garantías". Más aún dado que nunca ratificó esos dichos en sede judicial e incluso sugirió haber sido amenazado. También se utilizó una pericia semiológica que se hizo en base a ese video, que es tan solo "el fruto del árbol envenenado" y como tal no puede tenerse en consideración.

Consideraron que la prueba "es ilegal" porque "los investigadores se valieron de un medio carente de transparencia". "Determinar la existencia de un delito y su autor no justifica la aplicación de cualquier medio y el Estado tampoco puede beneficiarse de esa ilicitud", expusieron. Se tomó la grabación sin avisarle al indagado y sin consultar a un abogado, por lo que nunca podría haber sido calificado de "confesión". 

La "semiplena prueba" necesaria para dictar el procesamiento se vuelve "sumamente endeble y de muy baja calidad", razón por la que el tribunal decidió revocar el fallo del juez Borsani. Si la Fiscalía quisiera recurrir la decisión, debería hacerlo en la Suprema Corte de Justicia, en el plazo de 15 días hábiles después de emitida la sentencia, que fue el 6 de setiembre. 

La cronología de contradicciones y declaraciones

El 27 de octubre de 2010, ambos fueron interrogados por la Policía por separado, y ninguno señaló que el Heladero hubiera participado. Al otro día, declarar nuevamente en las mismas condiciones y afirmaron que sí participó. 

Luego en el juzgado y debidamente asistido por un abogado, el Heladero afirma: "La última declaración yo estaba asustado y me empezaron a apretar y yo tuve que decir que sí". El autor del crimen afirmó que el Heladero no participó del hecho (contrario a lo que había declarado la segunda vez en la Policía). 

Luego de esa declaración en sede judicial, hay un "diálogo informal grabado" por un cabo policial con una lapicera con cámara que el cabo dijo querer probar para ver si funcionaba.

El 29 de octubre se dispuso el procesamiento con prisión para quien después terminó condenado y el emplazamiento de este presunto coautor, sobre el que se pidieron pericias.

Durante ese año, se perició psiquiátricamente al Heladero y la psiquiatra manifestó que el investigado tenía un retardo mental leve. En 2011, la perito psicóloga descartó que tuviera un retardo mental leve, pero sí señaló que su capacidad general era "limitada, funcional y acorde a las condiciones y medios de vida que se provee a sí mismo". 

En diciembre de 2010, el padre de Gómez pidió al Ministerio del Interior que agregara todas las filmaciones y/o grabaciones que tuvieran de las indagatorias a ambos sospechosos. Como se le fue negado, fue al Tribunal de Apelaciones en lo Civil, quien le dio la razón y la Jefatura de Policía de Tacuarembó entregó todos los registros. 

Casi un año después, a fines de 2011, la familia Gómez denunció nuevos hechos y solicitó que se agregue el DVD de declaraciones policiales del Heladero. 

El investigado fue reinterrogado en 2014 sobre esas declaraciones que se grabaron en sede policial y dijo: "Eso no es cierto porque me habían amenazado antes, un policía gordito que tenía guantes que me dijo que declarara lo que había hecho sino él me iba a cagar a palo, creo". 

Los policías declararon que el cabo que filmó lo hizo solo y por su cuenta. Él defendió haberlo hecho porque "después vienen y dicen acá que nosotros le pegamos". "Fue para protección mía y lo que me llevó a grabar fue con la frialdad con la que el tipo estaba diciendo lo que habían hecho", detalló. 

En 2015, la nueva fiscal del caso les volvió a tomar declaración al Heladero y al condenado y ellos insistieron en que habían sido presionados para decir lo que dijeron. "Cuando la policía me tomó declaración me dijo que yo dijera que él andaba conmigo", dijo el autor, que para ese entonces ya estaba condenado. En febrero del año siguiente la fiscal manifestó que no consideraba que hubiera elementos para imputarle el crimen al Heladero y el juez Darwin Rampoldi decretó el archivo. 

Pero el padre de la víctima pidió su desarchivo, después de varias idas y vueltas, se terminaron reabriendo las actuaciones. Además de la declaración de varios operadores jurídicos que actuaron en el caso en un principio e introdujeron una pericia semiológica al video del Heladero en la Policía. 

A partir de eso, la Fiscalía pidió que se le haciera una tercera pericia al Heladero. Esta se hizo en 2021. Allí, a diferencia de la realizada en 2010, la pericia psiquiátrica diagnosticó "un nivel intelectual normal" en el indagado y que no padece ninguna patología. 

Finalmente la Fiscalía pidió el procesamiento del Heladero y el juez Borsani la decretó en octubre de 2022. Para el Tribunal, equivocadamente, puesto que la mayoría de la prueba provenía del "fruto del árbol envenenado". 

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