Las medidas entrarán en vigor este miércoles

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MSP anunció nuevas reglas para el uso del tapabocas, tanto en lugares abiertos como cerrados

El Ministerio dio ejemplos detallados de cuándo es obligatorio utilizar mascarilla, cuándo es recomendado y cuándo puede no usarse
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13 de octubre de 2021 a las 13:55

El Ministerio de Salud Pública (MSP) emitió este miércoles nuevas indicaciones respecto al uso de tapabocas, tanto para espacios cerrados como para aquellos abiertos.

A partir de este miércoles será obligatorio el uso del tapabocas en espacios cerrados "en todo evento que pueda implicar la aglomeración de personas, cuando no todos los asistentes tengan administrada la pauta vacunal completa". La misma obligación rige para eventos en espacios abiertos que sean "muy concurridos o de gran aglomeración", si no todas las personas están vacunadas con dos dosis.

El MSP dijo, además, que en estos casos "se deberá asegurar (…) una distancia mínima de seguridad interpersonal con respecto a otras personas".

Cuando todos los asistentes de un evento, ya sea en espacios abiertos o cerrados, estén vacunados con la pauta completa, el Ministerio afirmó que el uso de mascarilla será recomendado, pero no obligatorio. La autoridad sanitaria mantiene para estos casos la condición de que se asegure la distancia entre las personas.

Para la vía pública y espacios abiertos en general, sin considerar eventos organizados, el MSP dijo que "no será necesario utilizar mascarilla facial". En sitios al aire libre pero muy concurridos, como ferias, el Ministerio "exhorta a su uso".

El MSP puso en el comunicado algunos ejemplos prácticos. "Para caminar o correr por la calle o la rambla no se debería usar mascarilla. Pero en una feria vecinal, o como público espectador a una competencia deportiva 5K o estadios, donde se aglomeran cientos o miles de personas, sí" se debería.

Leé el comunicado completo:

A partir del 13 de octubre rigen las nuevas medidas de uso de mascarillas faciales en la vía pública y eventos.

(A) En la vía pública y espacios abiertos, sin considerar los eventos organizados, no será necesario utilizar mascarilla facial. En sitios muy concurridos o con aglomeración de personas como por ej.: ferias vecinales, paseos de compras al aire libre, etc., sí se exhorta a su uso. Ejemplos: Para caminar o correr por la calle o la rambla no se debería usar mascarilla. Pero en una feria vecinal, o como público espectador a una competencia deportiva “5K” o estadios, donde se aglomeran cientos o miles de personas sí lo sería.

(B) Será recomendado el uso de mascarilla facial en espacios cerrados en todo evento que pueda implicar la aglomeración de personas, cuando se asegure que los asistentes tengan todos administrada la pauta vacunal completa, como así también en espacios abiertos si ocurriere igual condición, (eventos muy concurridas o de gran aglomeración). Para estos casos, se deberá asegurar, de todas formas, distancia mínima de seguridad interpersonal.

(C) Será obligatorio el uso de mascarilla facial en espacios cerrados en todo evento que pueda implicar la aglomeración de personas, cuando no todos los asistentes tengan administrada la pauta vacunal completa, como así también en espacios abiertos si ocurriere igual condición (eventos muy concurridos o de gran aglomeración). Para estos casos, se deberá asegurar, de todas formas, una distancia mínima de seguridad interpersonal con respecto a otras personas.

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