El servicio doméstico es uno de los tantos sectores de actividad que está en negociaciones para renovar el convenio colectivo que regirá las relaciones laborales entre trabajadores y empleadores por los próximos dos años.
Además de definir cuáles serán los nuevos ajustes salariales, en la mesa de negociación que está funcionando hay otro tema, y es la creación de categorías laborales. Se trata de un viejo reclamo del sindicato que tiene más de una década.
El Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas (Sutd) volvió a plantear a la Liga de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios crear cinco categorías básicas para tareas que realizan en los hogares: cocina, limpieza, cuidado de adultos mayores, cuidado de niños, y planchadora.
¿Qué argumenta? Por ejemplo, a una trabajadora se le contrata para limpiar en una casa, pero después termina haciendo otras tareas que se agregan, que pueden ir desde cocinar a tener que cuidar niños o personas mayores.
El sindicato considera que con la categorización se puede definir con mayor especificidad para qué tareas se contrata a la trabajadora, y establecer una remuneración diferenciada para cada una de ellas, como pasa en otros ámbitos laborales.
“No es lo mismo hacer un churrasco que cuidar a un niño. No es lo mismo hacer una limpieza que cuidar a un adulto mayor. Hay otras responsabilidades”, afirmó a El Observador la dirigente sindical, Lucía Gándara.
Hoy solo existe un salario mínimo que se fija en los Consejos de Salarios, y que actualmente es de $ 22.245 por 44 horas semanales de labor y 25 jornales mensuales. Y el valor del laudo mínimo por hora es de $ 117,03. Pero no existe ninguna definición de categoría.
Hace unos dos años y en ocasión de la ronda anterior de negociación colectiva, la Liga de Amas de Casa realizó una consulta a las empleadoras en su página web. Allí, les solicitó que expresaran sus comentarios sobre la creación de categorías. Y las respuestas fueron contundentes. De unas 100, menos de 10 estuvieron de acuerdo con la diferenciación de tareas.
Gándara resaltó que Uruguay ratificó -en 2011- el convenio 189 de la OIT que tiene tres recomendaciones: categorías laborales, fuero sindical y contrato de trabajo. “Ninguna de las tres se aplica”, dijo.
Con respecto a los próximos aumentos salariales todavía no hay una definición. El convenio colectivo venció el pasado 30 de junio y ahora se deben definir las nuevas condiciones. El primer ajuste que deberán pagar los empleadores será retroactivo a julio. Las negociaciones por los dos temas continuarán en los próximos días en el Ministerio de Trabajo (Mtss).
En la actualidad la cantidad de cotizantes a la seguridad social es de unas 74.000; y se estima en 40 % el porcentaje de informalidad. Es decir, cuatro de cada 10 no realiza aportes a la seguridad social, según datos divulgados en agosto por el Banco de Previsión Social (BPS). Esta cifra viene en descenso y cayó casi 30 puntos porcentuales respecto a 2006.
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