Inés Guimaraens

Rendición de cuentas propone que delito de defraudación tributaria pase a ser inexcarcelable

El texto del Ejecutivo establece que cuando se falsifican boletas la pena pasará a ser de dos a ocho años de penitenciaría

Tiempo de lectura: -'

22 de junio de 2017 a las 19:38

Estás por alcanzar el límite de notas.

Suscribite ahora a

Pasá de informarte a formar tu opinión.

Suscribite desde US$ 3 45 / mes

Esta es tu última nota gratuita.

Se parte de desde US$ 3 45 / mes

El proyecto de Rendición de Cuentas propone convertir en inexcarcelable el delito de defraudación tributaria cuando se comete por medio de facturas falsas.

El proyecto ingresado en el Parlamento el martes 20 de junio propone incluir en el Código Tributario (ley Nº 14.306) un agravante al delito de defraudación tributaria, que hoy es castigado con una pena que puede ir desde los seis meses de prisión a los seis años de penitenciaría.

En la nueva redacción el Poder Ejecutivo plantea que en caso de que la defraudación se realice con facturas falsas o "cualquier otro documento equivalente, ideológica o materialmente falsos", la pena sea de dos a ocho años de penitenciaría.

Los delitos que tengan pena de más de dos años de penitenciaría son inexcarcelables, lo que impide que los procesados puedan salir mientras se realiza el juicio.

La información fue divulgada por los abogados Andrés Ojeda y Fernando Posada a través de Twitter. Ojeda explicó a El Observador que hasta ahora cuando se detecta el delito de defraudación tributaria a través de facturas falsas, el delito se tipifica en concurrencia con la falsificación. "Ahora, si utilizo una factura falsa aunque no la haya falsificado yo, voy preso sí o sí porque la defraudación se va a ver agravada", explicó.

Además afirmó que esto puede alcanzar no solo a empresarios importantes sino a cualquier comerciante que modifique un monto en una factura para pagar menos impuestos. "Terminará preso y no podrá salir", advirtió Ojeda.

En tanto, consultado por El Observador, el abogado experto en derecho administrativo, Adrián Gutiérrez, especialista en Derecho Administrativo del departamento legal de Baker Tilly Uruguay indicó que esto implica que siempre y cuando se compruebe que la persona haya utilizado documentos falsos para degradar al fisco, será procesada con prisión.

Por su parte, el abogado tributarista Miguel Pezzutti dijo a El Observador que para la modificación de códigos, lo recomendable es que haya un estudio orgánico en profundidad, que normalmente no se da en el marco de una Rendición de Cuentas. "Entonces cuando tenés una norma que atiende la defraudación tributaria, el delito al que la administración tributaria recurre más frecuentemente, legislarlo de una manera que no es orgánica, no parece ser la mejor técnica legislativa.

CONTENIDO EXCLUSIVO Member

Esta nota es exclusiva para suscriptores.

Accedé ahora y sin límites a toda la información.

¿Ya sos suscriptor?
iniciá sesión aquí

Alcanzaste el límite de notas gratuitas.

Accedé ahora y sin límites a toda la información.

Registrate gratis y seguí navegando.