Leonardo Carreño

LUC: Sí, no, en blanco o anulado ¿cómo es la votación en un referéndum?

Uruguay tendrá su cuarta instancia de referéndum desde la vuelta a la democracia

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15 de julio de 2021 a las 17:59

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El Frente Amplio, el PIT-CNT y otras organizaciones sociales recolectaron cerca de 800 mil firmas para derogar 135 artículos de la Ley de Urgente Consideración (LUC) que fueron presentadas ante la Corte Electoral el 8 de julio y validadas por la Corte Electoral. De esta forma, Uruguay tendrá a principios de 2022 su cuarto referéndum desde la vuelta a la democracia. 

Desde que se presentan las firmas, la Corte tiene 150 días hábiles para revisar las papeletas (que deben contener la huella, la firma, la credencial y otros datos) que se cumplen el 3 de febrero de 2022. Una vez que se validan y confirman que se llegó al número requerido, se abre otro plazo de 120 días (4 meses) para convocar el referéndum. Finalmente, el referéndum se celebrará el 27 de marzo. 

La Constitución habilita dos tipos de instancias para ejercer la democracia directa: el referéndum y el plebiscito. El primero se utiliza para impugnar una ley y requiere del 25% de las firmas del padrón electoral en el plazo de un año desde promulgada la ley. El segundo mecanismo sirve para presentar una reforma constitucional y se deben recolectar el 10% de las firmas del padrón pero se presentan ante la Asamblea General y no ante la Corte. 

En ese caso, la Asamblea General debe comunicar al organismo electoral, que es quien valida o no las firmas presentadas, y comunica el resultado nuevamente al Parlamento. El plebiscito se convoca junto con una elección. El último caso, que no prosperó, fue el que impulsó el exministro del Interior Jorge Larrañaga que proponía, entre otras cosas, que militares participaran de la seguridad interna e instalaba los allanamientos nocturnos y se votó en elecciones nacionales de octubre de 2019.

Votos en blanco

Los referéndums son una instancia de voto obligatoria y deben contar con dos papeletas. Una con el SÍ por impugnar la ley o los artículos de la ley que se pretenden derogar y otro con el NO. En este caso, si se validan las firmas, en la papeleta deberán figurar el número de los135 artículos de la LUC que se pretenden derogar. 

Para que se imponga el SÍ debe recibir la mitad más uno de los votos válidos. Es decir, deberá recibir más votos que el NO y los votos blancos sumados. “Votar en blanco es como votar por el no”, explicó a El Observador el ministro de la Corte Electoral Pablo Klappenbach. Los anulados no cuentan como válidos. 

Cada instancia de estas tiene su propio reglamento y hasta no validar las firmas la Corte Electoral no establecerá el de este referéndum. En ese reglamento se detalla cuándo se considera un voto en blanco y cuando uno anulado. 

Si se mantienen los criterios de instancias anteriores, se considerará voto en blanco al sobre que no tiene ninguna de las dos papeletas y anulado cuando “se violenta el secreto del voto”, según explicó el ministro de la Corte. Violentar el secreto del voto es romper la papeleta o escribir sobre ella. 

Leonardo Carreño
El presidente del PIT-CNT Fernando Pereira fue uno de los principales promotores de la campaña

Antecedentes

Desde la vuelta a la democracia Uruguay tuvo tres referéndums. En dos de ellos triunfó el SÍ y en uno el NO, según repasó el politólogo Alejandro Guedes. En todos los casos fueron organizaciones de izquierda las que impulsaron la recolección de firmas. 

En el año 1989 se puso a votación la derogación de la ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, que eximía a militares y policías de ser juzgados por determinados crímenes cometidos durante la dictadura. Esa normativa fue impulsada por el primer gobierno del colorado Julio María Sanguinetti y contó con el respaldo de buena parte del Partido Nacional. 

En aquella oportunidad votaron más del 85% de los habilitados y la ley fue confirmada con cerca del 56% de los votos para el NO contra el 41% del SÍ. Esta misma ley fue sometida a la voluntad popular en 2009 pero en esa ocasión fue a través del mecanismo de plebiscito y tampoco logró ser anulada. 

El gobierno de Luis Alberto Lacalle (1990-1995) impulso la ley de Empresas Públicas que también fue impugnada a través del mecanismo de referéndum en 1992. En esa instancia los promotores de la derogación sí lograron imponerse y cayeron cinco artículos de la norma que impulsaba la privatización de las empresas públicas. 

En aquella oportunidad, los sindicatos y el Frente Amplio decidieron ir por el camino más corto. Recolectar el 2% de las firmas del padrón electoral para que se convocara a un prereferéndum que recibió el 25% de los votos para habilitar ahí sí la instancia de referéndum que se realizó el 13 de diciembre. En esa oportunidad el SÍ obtuvo el 66% de los votos. 

En 2003 otra vez las empresas públicas estuvieron en el centro del debate. En este caso una ley de reforma de Ancap, impulsada por el gobierno del colorado Jorge Batlle, fue impugnada en un referéndum promovido principalmente por el sindicato del ente. El sí obtuvo más del 62% de los votos y se derogó la ley.

Durante los gobiernos del Frente Amplio no hubo ninguna instancia de referéndum y ahora, con la coalición de izquierda nuevamente en la oposición, se avecina una nueva instancia de este tipo.

*Esta nota fue actualizada cuando se confirmó el referéndum por parte de la Corte Electoral
 

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