La gallina inflable y un hincha en lo alto el tejido en la tribuna de Peñarol en el Gran Parque Central

Fútbol > LO QUE DEJÓ EL CLÁSICO

Todos los detalles del fallo del clásico: desde las acusaciones cruzadas de Nacional y Peñarol a la decisión unánime de la Comisión Disciplinaria

La decisión fue adoptada este miércoles, después de 10 días de actuaciones
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16 de septiembre de 2022 a las 05:01

La decisión de la Comisión Disciplinaria de la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) de sancionar a Nacional y a Peñarol con los dos próximos partidos de locales sin sus hinchas fue el resultado de 10 días de actuaciones del tribunal que estuvo integrado por cinco miembros.

En ese período, el lunes 5 de setiembre recibieron las denuncias de los árbitros, del veedor del partido y de la comisión de seguridad. El viernes 9 recibieron los descargos de los clubes y el lunes 12 realizaron la audiencia con los encargados de seguridad de ambos, Wilson Miraballes (Nacional) y Carlos Correa (Peñarol).

Con todos los elementos sobre la mesa, el caso fue recorriendo diferentes niveles de análisis, consideraciones y maduración del tema hasta adoptar un veredicto por unanimidad.

Daños en el baño de la tribuna visitante

El lunes, en la primera aproximación al fallo final, la mayoría de los integrantes del cuerpo era partidarios de sancionar con tres partidos a ambos equipos.

Entre los elementos que pesaban en contra de los equipos, además de la gravedad de los hechos, ambos tuvieron apercibimientos, advertencias y multas a lo largo de la temporada.

Con el tema en plena discusión, llegaron a la conclusión que debían regular la sanción en dos partidos. El martes Referí informó que el tribunal mantenía la duda de si aplicar dos o tres partidos, y habían decidido que no habría multas ni quita de puntos para los equipos.

El martes, en la reunión del tribunal coincidieron en que serían dos partidos la sanción, pero se planteó la opción de reducir la pena a Nacional a un partido.

Finalmente, luego de un día de reflexión, como suele ocurrir previo a todos los fallos, el miércoles decidieron por unanimidad aprobar la sanción de dos partidos sin hinchas para los dos equipos.

¿Quiénes integraron el tribunal que tomó la decisión? Un escribano, Daniel Queijo, y cuatro abogados, Fernando Rígoli, Ángel Alonso, Juan Diego Menghi y Fernando Ciarlo.

¿Cuáles son los elementos claves para la Comisión Disciplinaria?

En el documento al que accedió Referí, se da cuenta de los elementos que para el tribunal fueron claves para entender la responsabilidad objetiva de Nacional y Peñarol:

Daños en el puesto de la tribuna visitante

Hubo “vandalización por parte de los parciales de Peñarol de los servicios higiénicos en la Tribuna asignada en el Gran Parque Central; destrucción por parte de los hinchas de Peñarol de los ‘switches’ que alimentan energéticamente a las Cámaras de Reconocimiento Facial; en la tribuna de Peñarol, concretamente en las gradas, tejidos perimetrales, pasamanos y ‘para- avalanchas’ se acreditó la existencia de grasa cuya finalidad ‘al parecer’ sería lograr que quienes tomaran contacto con la misma resbalasen; durante el traslado de hinchas de Peñarol al Gran Parque Central se denunció rotura de un vidrio de una de las ventanas del bus N° 1084 y la otra refería a un episodio ocurrido en las inmediaciones de Centenario y José Batlle y Ordóñez, durante el cual el ‘convoy’ que trasladaba a los parciales de Peñarol, en determinado momento detuvo la marcha (desconociéndose los motivos), lo que fuera aprovechado por parciales del citado Club, para que de ellos con conocimientos mecánicos, active una perilla ubicada en un lugar concreto debajo del bus, cuya finalidad es cerrar el aire comprimido que mantiene cerradas las puertas del vehículo y permitió que varios hinchas ingresaran al bus, eludiendo así los controles de revisación e identificación previos llevados a cabo en el ex- Mercado Modelo desconociéndose si en dicho acto pudieron haber ingresado con materiales prohibidos; una vez que ingresaron los equipos al campo de juego, desde el sector donde se encontraban parciales de Peñarol fueron encendidas bengalas de color rojo como también bombas de humo con los colores amarillo y negro, mientras que desde los sectores ocupados por parciales de Nacional se encendieron humos con los colores representativos del club y lanzamiento de pirotecnia, a la vez que se levantaba una suerte de telón con la imagen del fallecido jugador del Club Santiago “Morro” García; en dos momentos caen al campo de juego dos objetos lanzados desde la tribuna de Peñarol que no impacta en ningún actor del espectáculo; el guardameta de Peñarol es agredido con un objeto lanzado desde la tribuna de Nacional, allí constatan que en las cercanías de la línea de meta había un encendedor color amarillo y finalizado el partido el árbitro les confirmó que el objeto lanzado fue una bolsa de nylon conteniendo maíz que impactó en el rostro del guardameta; en la tribuna ocupada por parciales del Peñarol se exhibe una ‘gallina’ con la indumentaria utilizada por el equipo Locatario y la leyenda ‘HIJOS’ y además aparece una bandera de color blanca con letras negras y la inscripción: ‘WASH y una CRUZ’; lanzamientos de todo tipo de proyectiles entre las hinchadas (piedras, maderas, bengalas encendidas) que se daban fundamentalmente entre la Tribuna símil Colombes y la Tribuna símil Olímpica, incluso bengalas encendidas ingresaron al campo de juego, parciales de Peñarol intentaron sin éxito romper los portones ubicados en el sector bajo de la tribuna Scarone así como también la constatación de roturas en el tejido perimetral de dicho sector lo que trajo aparejado que el encuentro estuviera detenido por espacio de aproximadamente 10 minutos, pese a que por las redes de altoparlantes en forma reiterada se solicitaba a los protagonistas mantener la calma; antes de que la parcialidad de Peñarol desalojara las instalaciones prendieron fuego un sector de la tribuna Scarone, produciendo daños de entidad; durante el regreso de parciales de Peñarol a las instalaciones del ex Mercado Modelo, varias unidades del transporte (CUTCSA) que los trasladaban sufrieron daños y que ubicados en la tribuna símil Ámsterdam y finalmente en momentos en que se están produciendo los episodios de violencia, hinchas de Nacional trepan el tejido perimetral, invadiendo el campo de juego”.

Así fue la defensa de Nacional

Ante el tribunal, la delegación tricolor procuró minimizar lo ocurrido e intentaron justificar que los episodios de violencia fueron provocados por Peñarol.

En el expediente se da cuenta que Nacional apunta que “los incidentes ocurridos en el clásico fueron provocados por las conductas indebidas y provocativas asumidas por parte de la parcialidad visitante y que las conductas reprochables que se imputan a sus parciales constituyen una clara ‘reacción’ como forma, evidentemente no compartible tampoco, de manifestar su rechazo y de desaprobación a las provocaciones recibidas”.

Además, los tricolores apuntan a que lo que hicieron sus hinchas no fueron acciones colectivas. “Se trató de conductas individuales”, destaca.

Un hincha de Nacional antes de lanzar proyectiles a los de Peñarol

También Nacional “controvierte el ingreso de (sus) parciales al campo de juego”.

Respecto a la grasa en los tejidos y paraavalancha de la tribuna Scarone, Nacional argumentó que “está investigando lo sucedido”.

En cuanto a los daños provocados por los socios de Peñarol que fueron a la tribuna visitante en el clásico, “están en proceso de pago” por los aurinegros.

Así fue la defensa de Peñarol

En su defensa, Peñarol deslinda responsabilidad sobre lo ocurrido y carga las tintas sobre el Ministerio del Interior por lo ocurrido en el traslado de los hinchas y en el ingreso de la gallina inflable.

Así quedó redactado en el expediente: “Peñarol indicó que el ingreso de elementos prohibidos al escenario deportivo es exclusivamente responsabilidad del Ministerio del Interior al ser vulnerada la ‘burbuja’ que trasladaba a los hinchas. Peñarol considera que no le cabe responsabilidad por los hechos ocurridos por cuanto vendió entradas únicamente a socios, con absoluta trazabilidad y con las entradas emitidas por la AUF previo control de admisibilidad. Agrega que Peñarol cumplió diligentemente con todo los presupuestos necesarios para evitar males mayores y la Comisión de Seguridad de la Institución tuvo una actuación con total apego a las disposiciones y colaboró en todo momento. En lo que respecta a las circunstancias anormales que se dieron en el encuentro”.

La gallina inflable en la tribuna de Peñarol

Peñarol expresa que las “circunstancias anormales” que se plantearon en las tribunas tuvieron como “génesis y origen de todo debido en la presencia en la tribuna asignada de aceite y grasa en todos los paraavalanchas y alambrados”.

Sobre la gallina inflable, apunta: “Respecto a la presencia del muñeco con forma de gallina, el cual no compartimos su exhibición, pero no considera que sea grave ni hostil”

Finalmente, “la bandera que supuestamente hace alusión a un parcial muerto ‘Wash’, se desconoce la certeza y aseveración de dicho comentario por parte del veedor, de su interpretación, de la misma forma que las banderas existentes en otras oportunidades que no expresan en forma literal nombres, acciones o hechos ofensivos y fueron desestimados por el Tribuna en otras oportunidades”.

La resolución final

El tribunal dejó “expresa constancia que los hechos que se suscitaron en el partido clásico del pasado 4 de septiembre del 2022 fueron de una gravedad extrema, que necesariamente conlleva la aplicación de sanciones importantes”.

El fallo final establece:

“1- Determinar la existencia de responsabilidad objetiva de parte de Nacional y Peñarol.

Lanzaron bengalas de una tribuna a la otra

2- Sancionar a Nacional y Peñarol con la sanción de suspensión de jugar 2 partidos como local a puertas cerradas (art. 14 literal g y art. 42.1 literal c). Se sugiere y faculta a la Mesa Ejecutiva al amparo de lo dispuesto por el artículo 5.2 in fine del Código Disciplinario (facultad de dictar instrucciones), la adopción de medidas conducentes a la no afectación de derechos de terceras instituciones que se enfrenten con la sancionada durante la suspensión dispuesta.

3- Remitir las presentes actuaciones a la Cámara de Resolución de Disputas de la AUF considerando el reclamo por los destrozos detallados en el expediente y su monto.

4- Comuníquese a la Mesa Ejecutiva de la LPPD a sus efectos, a las Instituciones Involucradas, regístrese y oportunamente archívese”.

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