El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de séptimo turno revocó la sentencia de primera instancia del juez en lo Contencioso Administrativo Pablo Gandini, quien había dado trámite al recurso presentado por el exsecretario de Presidencia, Miguel Ángel Toma, luego de que el jerarca del gobierno anterior considerara que fue prejuzgado y vulnerado en sus derechos durante la investigación administrativa a la que fue sometido por los viajes oficiales realizados en 2019 y 2020 en compañía de una contadora, informó La Diaria y confirmó El Observador.
El Tribunal afirmó que en todo momento Toma tuvo “posibilidades” de presentar descargos y pruebas, y que en todo caso la omisión de una vista previa no afectó el derecho del investigado, según señaló en distintos pasajes el dictamen firmado los jueces Edgardo Ettlin, María Cristina Cabrera y Beatriz Tommasino. El fallo dio la razón al gobierno al advertir que el juez Gandini también se equivocó al disponer que suspender la investigación administrativa mientras se resolviera ese tema.
El juez Gandini había hecho lugar al amparo y así obligó al Ejecutivo a investigar si el presidente Luis Lacalle Pou cometió prejuzgamiento al hacer declaraciones públicas sobre Toma y el sumario instruido. El magistrado de primera instancia concluyó que la decisión del Poder Ejecutivo de ni siquiera analizar el pedido de Toma generó "una lesión" del derecho al debido proceso administrativo.
Por su parte, según el fallo de Tribunal de Apelaciones, Toma tuvo diversos momentos durante el proceso en el que pudo “ejercer sus descargos y promover prueba”.
“Este tribunal entiende que no se privó al actor de las posibilidades de proponer sus descargos o de propone prueba al respecto, en forma previa a resolver negativamente sobre la recusación administrativa que impetrara. Es más: tuvo un momento trascendente en que se presentó dentro de las actuaciones administrativas, en que podía y debía haber desplegado sus defensas”, dice el dictamen.
“En cuanto al cuestionamiento sobre el trámite recusatorio, en cuanto se le critica que no se observó la posibilidad de concedérsele una vista previa ni de hacer descargos ofreciendo prueba, ya hemos dicho que oportunidad no adoleció el administrado al respecto en la práctica, sin perjuicio de que no se le hubiere conferido una vista formal”, señaló otro pasaje de la resolución.
El escrito también agregó que más allá de la decisión sobre la recusación, a criterio del tribunal esto no impide el avance del sumario de fondo.
La sentencia de Gandini afirmó que su determinación "no implica la suspensión del sumario", aunque sí instó a que los planteos de Toma debían resolverse "antes que el trámite del sumario pase para resolución, habida cuenta que se trata de un incidente recusatorio sobre la persona del presidente de la República Dr Luis Lacalle Pou que integra el Poder Ejecutivo".
Toma había solicitado que se indague si durante la investigación hubo filtraciones a la prensa dentro del Poder Ejecutivo al divulgarse detalles del proceso, y que se analizara si había fundamentos para recusar al presidente Luis Lacalle Pou Lacalle Pou, ya que a su entender el presidente lo prejuzgó a través de la prensa, al emitir juicios de valor sobre su persona y el proceso disciplinario, además de someterlo en suma a un proceso sin garantías. Esto había sido rechazado de plano por el presidente, en una resolución firmada el 6 de enero.
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