Contexto
¿Qué implica el Decreto 274/2025?
El Decreto 274/2025 establece que la UIF dejará de ser querellante en causas de corrupción y lavado de activos, limitando su intervención en los procesos judiciales relacionados con estos delitos. La justificación del Gobierno es que la actividad de la UIF como parte querellante se superpone con la labor del Ministerio Público Fiscal, lo que genera un gasto innecesario de recursos humanos y económicos y el riesgo de contradicciones en el obrar de ambos organismos.
¿Por qué se toma esta decisión?
El Gobierno argumenta que el esquema actual genera duplicidad en las funciones y que es necesario una mayor eficiencia en el manejo de los recursos públicos. El decreto también resalta que esta medida busca cumplir con las recomendaciones internacionales sobre el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, establecidas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que sugieren reconsiderar la intervención de la UIF como querellante para preservar su autonomía e independencia operativa.
¿Cómo cambia el rol de la UIF tras este decreto?
La UIF mantendrá su función principal de recopilar e intercambiar información financiera, pero ya no actuará como querellante en los casos judiciales de lavado de activos y corrupción. La unidad podrá seguir colaborando con el Ministerio Público Fiscal, poniendo a su disposición los elementos de convicción obtenidos en su investigación. Además, la UIF podrá compartir información relevante con otros organismos de inteligencia y de investigación, siempre bajo estrictas condiciones de confidencialidad.
¿Qué cambios adicionales introduce el decreto?
El decreto también introduce nuevos elementos a las competencias de la UIF, como el intercambio de información con organismos de inteligencia, y establece que la unidad podrá utilizar los datos recopilados para análisis estratégicos que permitan identificar patrones de lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva. Además, se crea un régimen sancionatorio para aquellos sujetos que incumplan las obligaciones establecidas por la ley relacionada con la prevención del lavado de activos.
¿Cuál fue la reacción a la medida?
La decisión de limitar las funciones de la UIF fue vista por algunos como una reestructuración necesaria para evitar la duplicación de tareas y mejorar la eficiencia del Estado. Sin embargo, también genera inquietud en sectores que consideran que la medida podría debilitar la lucha contra el lavado de activos y la corrupción, áreas en las que la UIF ha tenido un rol clave en los últimos años.
¿Cómo se vincula esta medida con la reestructuración de la UIF?
El cambio también sigue la línea de la reciente reestructuración de la UIF, que incluyó el nombramiento de Paul Starc como director, quien reemplazó a Ignacio Yacobucci. Este cambio en la dirección de la UIF había sido anticipado por la tensión interna en el organismo, que incluía críticas sobre su gestión anterior. Ahora, con la nueva estructura, el foco parece estar en reforzar el análisis y el intercambio de información, en lugar de su participación directa en los procesos judiciales.
Cómo sigue
El Decreto 274/2025 marca un cambio significativo en la forma en que la UIF interactúa con el sistema judicial en Argentina. A partir de esta medida, el organismo se enfocará exclusivamente en la recopilación e intercambio de información, lo que podría mejorar la eficiencia en la administración de recursos del Estado.
Sin embargo, la medida también deja abierta la posibilidad de ajustes en el futuro, ya que dependerá de la eficacia de esta nueva estructura para combatir el lavado de activos y la corrupción sin la intervención directa de la UIF en los juicios.
Además, la implementación de esta medida podría generar un debate sobre el papel de la UIF y su relación con otros organismos de inteligencia y justicia, dado que se amplían sus facultades de intercambio de información.
Será clave observar cómo esta reestructuración impacta en la lucha contra el crimen organizado y si cumple con los compromisos internacionales asumidos por Argentina en relación con la prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo.