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21 de mayo 2025 - 20:53hs

El Gobierno publicó un decreto a través del cual extendió el plazo para que las personas de 60 años de edad o más, con años de trabajo sin declarar, puedan hacerlo.

Originalmente, el plazo vencía este 31 de mayo, pero el Gobierno entendió que "siendo próxima la finalización del plazo, existirían un importante número de personas" que reúnen los requisitos para pedir el reconocimiento de servicios pero que no han hecho la solicitud.

El reconocimiento de servicios consiste en registrar en el Banco de Previsión Social (BPS), aquellas actividades en las que una persona trabajó antes del 1° de abril de 1996 y que no figuran en su historia laboral.

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El nuevo plazo será el próximo 31 de mayo de 2026. Cumplido el plazo, no se admitirá la declaración de servicios anteriores al 1 de abril de 1996.

Si al 1° de junio de 2023, tiene 60 años de edad o más y tiene años trabajados sin declarar, la ley 20.130 (reforma de la seguridad social) establece un plazo para realizar el trámite. En esa instancia deberán aportar todos los datos que se requieran por parte de BPS, entre ellos la presentación de testigos.

El calendario establece diferentes fechas según la edad de la persona. El actual decreto publicado por el Gobierno únicamente modificó el plazo del primer colectivo (personas con 60 años o más), mientras que la mantuvo sin cambios para el resto de las personas.

En ese sentido, las personas de entre 55 y 59 años de edad (quienes tenían esa edad el 1° de junio de 2023) podrán iniciar la solicitud de reconocimiento el 1° de junio de este año y tendrán un plazo que se extenderá hasta el 31 de mayo de 2027.

Las personas de entre 50 y 54 años, podrán iniciar el trámite a partir del 1° de junio de 2027 y el plazo será hasta el 31 de mayo de 2029; mientras que aquellos de 49 años o menos, podrá iniciar la solicitud el 1° de junio de 2029 y tendrán plazo hasta el 31 de mayo de 2031.

Requisitos para iniciar la solicitud

Para realizar el trámite, deberá presentar: cédula de identidad vigente, y la declaración de períodos trabajados completada. ¿Cómo completo la declaración de períodos trabajados? Ver video tutorial.

Podrá enviarla a través del servicio en línea Declarar períodos trabajados. En este caso, la declaración podrá ser modificada, corregida o firmada, el día de su cita presencial.

Para verificar sus servicios registrados puede ingresar en Consultar Vida Laboral.

Solo si cuenta con reserva para el trámite en sucursales del interior del país, podrá agilizarlo presentando formulario completo hasta 30 días antes de su cita, sin agenda previa.

Los apoderados deberán estar registrados en BPS o acreditar autorización (abogados y procuradores). Más detalles se pueden consultar en la web de BPS.

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