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El privilegio de ser trabajador municipal

Tienen un bono del 52% del salario por asistencia ejemplar, descuento en boletos y otros beneficios
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10 de julio de 2018 a las 12:37
Desde hace más de cuatro décadas, la Intendencia tiene un convenio con Casmu por el cual los empleados comunales aportan un 2,74% de su salario y obtienen varios beneficios como servicio de acompañantes, emergencia médica y seguro odontológico además de tiques y órdenes gratis.

Este hecho está amparado por la ley y está respaldado por la comuna como uno de los tantos beneficios que tienen sus trabajadores. La Intendencia de Montevideo cuenta con un documento llamado Tobefu, Texto Ordenado de Beneficios Funcionales, en el que se establecen en 414 artículos y de forma detallada los beneficios que disponen los funcionarios de la comuna.

Todos los empleados que están presupuestados, es decir 7152 de 8300 funcionarios, obtienen por mes un suplemento del 30% del salario base. Los profesionales, aquellos presupuestados que tienen un sueldo mayor, solo reciben un 13,5% complementario. También cuentan con una prima por antigüedad de 0,35% en base al grado salarial 1° de su escalafón. Es decir, que con diez años de antigüedad, el empleado obtiene un 3,5%, con veinte años un 7,0% y así sucesivamente.

Otros de los beneficios es la prima por matrimonio o de unión concubinaria (equivalente a un grado salarial), por nacimiento o adopción (equivalente a medio grado salarial) y por fallecimiento (equivalente a cuatro grados salariales 1 que corresponde a los causahabientes). También cuentan con servicio fúnebre y, a diferencia del resto de los trabajadores del Estado, perciben salario vacacional.


El empleado peor pago, es decir en el escalafón más bajo de la Intendencia, trabaja cuatro horas y su sueldo base nominal es de $14.253 mientras que en la otra punta está el que está trabaja ocho horas y se encuentra en el grado salarial 22° a cambio de $171.699. Si bien la retribución económica entre uno y otro es muy dispareja, la comuna brinda algún que otro beneficio para sus funcionarios.

Uno de ellos es la prima por rendimiento o asiduidad. Cada abril, todos los funcionarios que cumplen con las mejores asistencias obtienen un bono de acuerdo a la siguiente escala: 52% del sueldo base al 100% de asistencia, 50% del sueldo base al 99%, 48% del sueldo base al 98%, 46% del sueldo base al 97%, 44% del sueldo base al 96% y 42% del sueldo base al 95%. A todas estas compensaciones hay que agregarle que muchos sectores cuentan con beneficios propios y con el objetivo de igualar a todos en materia de beneficios por gestión, se creó un fondo de más de U$S 1,1 millón para compensar a los más desfavorecidos.

Los beneficios no terminan acá. La Intendencia de Montevideo cuenta con un centro de educación infantil para los hijos de empleados que tengan entre dos y cinco años. Hay cupos para 120 niños por lo que se estudian las postulaciones y se selecciona de acuerdo con determinados parámetros como ingresos y vivienda. También existe un fondo de partida anual para la compra de útiles escolares cuyo monto se actualiza por el IPC y que este año se tasó en más de U$S 125,000. Por otra parte, hay un subsidio de un 20% en el precio del boleto y se puede acceder a un máximo de 50 boletos por mes.

Los municipales cuentan con la posibilidad de exonerar la contribución inmobiliaria aunque desde la comuna informaron a El Observador que ningún empleado se ha postulado a este beneficio que está pensado para casos extremos y por ende no suele dichas solicitudes. Además, existe un incentivo por retiro voluntario aunque durante este ejercicio fue retirado dado que el promedio de edad de la plantilla está en los 44 años.

Por otra parte, todos los empleados cuentan con asignación familiar la cual está establecida en 8% del salario mínimo nacional en caso de tener un hijo menor de edad y en 16% si el niño o niña tiene alguna discapacidad. Además, hay una compensación familiar para aquellos funcionarios que no superen los cuatro salarios mínimos de retribución y con padre o madre a cargo y que cuenten con una familia constituida.

Funcionarios amparados por la ley

La Constitución establece que los gobiernos departamentales cuentan con autonomía municipal, es decir, el gobierno no puede incidir en los asuntos que les conciernen a las comunas salvo que se realice una reforma constitucional o que se proponga una ley que cuente con el voto de dos tercios del parlamento. Cuando se votó la aprobación del Fonasa, no se alcanzó el apoyo necesario para obligar a aportar a los funcionarios municipales. Estos pueden atenderse en Casmu -la IMM tiene un convenio con esa empresa- o hacerlo en otro centro con el mismo aporte. De rechazar el convenio, deben abonar la cuota de la mutualista que deseen como cualquier socio pero, aún así, no aportan al Fonasa.

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