17 de septiembre 2025 - 13:31hs

El Tribunal Supremo ha decidido inadmitir la querella presentada por el PSOE contra Santiago Abascal, líder de Vox, por presuntos delitos de odio, injurias y amenazas. El caso se originó a raíz de unas declaraciones hechas por Abascal en una entrevista publicada en el diario argentino Clarín el 10 de diciembre de 2023, en las que afirmó que "habrá un momento dado" en el que el pueblo español querrá colgar de los pies al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

En su fallo, el Tribunal recalca que, aunque las expresiones de Abascal son "odiosas" y reflejan una "radical oposición" tanto hacia el presidente del Gobierno como hacia su gestión, forman parte del "debate público" y están protegidas por el derecho a la libertad de expresión. El auto, firmado por el magistrado Javier Hernández, subraya que no cabe intervención penal en este tipo de discursos políticos, incluso cuando contienen lenguaje fuerte o exagerado.

El Código Penal no está para regular la confrontación

El Supremo argumenta que no se puede utilizar el Código Penal para regular los niveles de confrontación política ni para limitar la libertad de los representantes públicos electos a cuestionar y deslegitimar la gestión gubernamental. Según la sentencia, este tipo de discursos, aunque puedan generar aversión entre los destinatarios, son parte del debate democrático y no constituyen una amenaza real o grave para la convivencia pacífica.

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Los Tribunales no son moderadores de discursos políticos

El tribunal considera que las críticas de Abascal, aunque duras, no cumplen con los requisitos de "lesividad" necesarios para que se pueda activar una acción penal. Además, señala que los comentarios de Abascal, dirigidos al presidente y al Partido Socialista, tienen lugar en un contexto de "debate político" y no deben ser tratados como amenazas o injurias. En este sentido, el Tribunal recuerda que las críticas a personas que ocupan cargos públicos disfrutan de una mayor protección, ya que son parte de un ejercicio legítimo de la libertad política.

Asimismo, el Supremo rechaza la idea de que las declaraciones de Abascal puedan haber fomentado un ambiente de violencia, y argumenta que la justicia no debe intervenir en los discursos políticos solo porque estos puedan generar sentimientos de rechazo. En su lugar, corresponde a los actores políticos ofrecer razones y propuestas que contrarresten esas expresiones de confrontación.

El fallo también hace hincapié en que los tribunales no deben ser los encargados de moderar los discursos políticos, ya que hacerlo implicaría un peligroso riesgo de excluir del debate público a aquellos que utilizan un lenguaje más agresivo, pero que siguen dentro de los márgenes de la ley. En una democracia avanzada, sostiene el Tribunal, los discursos de confrontación entre fuerzas políticas, deben ser tolerados como parte del espacio de debate público.

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