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"La pena privativa de libertad debe ser el último recurso, solo para casos extremos"

Expertos en derecho penal juvenil expusieron sobre las alternativas a la prisión para delincuentes jóvenes
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23 de agosto de 2015 a las 05:00
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En momentos en los que en Uruguay un caso vinculado a la violencia en el sistema de reclusión de menores está en debate público, los expertos Mary Beloff y Álvaro Castro Morales manifestaron su postura al respecto. Las penas alternativas, las posibilidades de rehabilitación y el porcentaje de delitos graves cometidos por jóvenes fueron parte de la entrevista que mantuvieron con Leandro Gómez en El Observador TV.

¿Cuál es el enfoque de la nueva tendencia para los jóvenes infractores?

Álvaro Castro Morales: Lamentablemente estamos pasando por una etapa donde está la tendencia de la mano dura y hay una excesiva preocupación de la ciudadanía, una crisis de inseguridad que no se basa en lo que muchas veces ocurre en la realidad, donde las estadísticas muestran que la delincuencia juvenil no es tan terrible como la sensación. En Chile la criminalidad juvenil forma parte solo de un 4% de los casos que ingresa al sistema y el 96% de los casos son de adultos. Si vamos a ver los delitos que cometen los jóvenes, los que son relevantes para la ciudadanía como el homicidio, no superan el 1%, y los robos con violencia no superan el 9%.

¿La tendencia de aumento del reclamo de la sociedad de mayores castigos a los menores es similar en el resto de los países de Latinoamérica?

Mary Beloff: Conviven dos tendencias. Hay una que es la institucional que asume que cuando se trata de jóvenes y delito lo mejor no es el castigo liso y duro sino la rehabilitación. La sociedad cree en eso. Pero al mismo tiempo cuando un delito grave es cometido por un chico, se dispara la alarma social que plantea que la respuesta que se da no es eficiente. Lo que vemos en América Latina en los últimos 25 años es la convivencia de esos dos humores con respecto al delito juvenil. Pero en líneas generales la convicción de los países latinoamericanos es preferir las medidas rehabilitadoras a las punitivas.

A la hora de buscar sanciones para alguien que comete un delito importante ustedes hablan de alternativas...

ACM: Lo primero es que la lógica que viene de los derechos humanos establece que debe existir un catálogo amplio de sanciones donde la pena privativa de libertad debe ser el último recurso, solamente para casos extremos y contemplar una paleta amplia de sanciones ambulatorias. Desde la amonestación, el servicio en beneficio de la comunidad, la libertad vigilada o el estar sujeto a un tutor en base a un plan de intervención que sigue y acompaña al adolescente en ese proceso. También hay otras sanciones como la conciliación que pueden tener cabida. Ahí giran las sanciones alternativas en los distintos sistemas.

MB: No es lo mismo el abordaje de un delito en un chico de 13 años que en uno de 17, por razones evolutivas, madurativas, y porque un año en la vida de un chico de 13 no es lo mismo que en la de uno de 17. Actuar en el momento oportuno con la medida precisa en un chico te asegura un éxito que difícilmente tengas en un adulto.

¿Y para los delitos graves también las medidas deben ser las sustitutivas o tiene que ser la reclusión?

ACM: En Chile, en delitos que tengan una pena de más de cinco años, se tiene que aplicar el régimen cerrado, pero también existe la posibilidad de que si el adolescente tiene una buena reacción y esta cumpliendo con el programa que se le impuso se pueda aplicar a través de la sustitución otro tipo de sanción ambulatoria. Eso va a depender de cómo reaccione el adolescente frente a la sanción que se le aplica y con la posibilidad de la sustitución se puede pasar a una libertad vigilada especial.

MB: Las leyes dicen que los delitos graves no habilitan las medidas sustitutivas, pero en los casos concretos lo que el juez debe responder y ponderar es qué es lo que se busca con la sanción en ese joven. Entonces de acuerdo al perfil del joven, las características del delito, a la hora de determinar la sanción el juez debe ponderar si la reclusión va a tener los efectos deseados o va a agravar el cuadro del joven. Para asegurar la seguridad de la sociedad una medida que intensifica las conductas violentas no conduce a restablecer la paz social.

¿Es posible la recuperación de esos menores que cometen delitos graves o es un eufemismo?

MB: El propio Código de la Niñez y todo el derecho internacional y las legislaciones latinoamericanas creen que sí, que es posible recuperar a un adolescente infractor. Y la sociedad también cree. Son chicos.

Hay otra cosa muy extendida y es que muchos de los centros de reclusión terminan siendo escuelas delictivas...

MB: Y ahí das el argumento a favor de las medidas no privativas de libertad, porque para los casos graves que son pocos, probablemente haya que adoptar por un período una medida así, pero en todos los demás es contraproducente, porque el chico cometió un hecho que no era tan grave y sale entrenado para cometer crímenes graves. Solo una sociedad miope o suicida pone sus instalaciones al servicio de fabricar un delincuente juvenil.

Acá el tema está en debate por un video en el que se ve a funcionarios de un centro de reclusión reprimiendo con violencia a dos jóvenes. ¿También es la norma el Estado reprimiendo a jóvenes que ya están recluidos?

ACM: En esto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene una jurisprudencia marcada y precisa. Los privados de libertad se encuentran en manos del Estado en situación de vulnerabilidad y el Estado es responsable de todo lo que les pase. Sobre todo tipo de omisión o acción directa a generar tortura, el Estado es responsable.

MB: Y también no hay que naturalizar que el ingreso de un joven a una institución de privación de libertad implica que pierda todos los derechos. Lo único que pierde en términos de Justicia es su libertad personal porque cometió un hecho muy grave. Naturalizar que por eso los malos tratos y vejámenes es natural a la condena es muy grave y coadyuva a la formación del delincuente juvenil.

ACM: Muchas veces se piensa que los derechos terminan en las puertas de la prisión. Hay que terminar con esta lógica. l

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