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21 de abril 2023 - 5:01hs

El 28 de diciembre pasado la Superintendencia de Servicios Financieros solicitó a Henderson y Cía que cesara de forma inmediata el uso del término “cheques” en sus campañas publicitarias y promociones actuales y futuras por encontrarse alcanzado en una prohibición establecida en el decreto 730 de 1975 que reglamentó la Ley de Cheques (14.412). Un artículo de esa ley estableció que los términos “cheque y chequera no podrán ser utilizados ni aún en la publicidad para referirse a documentos que no sean los regulados por este régimen”.

La promoción del supermercado había sido realizada en julio del año pasado y consistía en lo siguiente: con la adquisición de determinados productos Tienda Inglesa emitía al momento de la compra “cupones” o “cheques” por un valor variable de hasta el 70% del precio de venta de esos productos. Esos “cheques” –así se los denominaban en las bases de la promoción- podían utilizarse luego por el cliente para ser descontados en el pago de compras futuras de cualquier producto, excepto cigarrillos y servicios, durante el período del canje.

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Tienda Inglesa

Luego de emitida la resolución del BCU, Tienda Inglesa realizó varios descargos. Entre ellos expuso que la acción comercial “TiendaCheque” se documenta mediante un voucher que consigna un descuento aplicable a una compra futura, por lo que “no califica como título ejecutivo cuyo contenido sea una orden de pago pura y simple”.

Haciendo mención al decreto 730 expresó que refiere exclusivamente a la actividad comercial financiera y sus usuarios, no quedando comprendida en esa regulación la acción comercial antes mencionada.

Como tercer punto manifestó que la Superintendencia de Servicios Financieros del BCU “carece de competencia para instruirles el cese del término `cheque´ en sus campañas publicitaria y promocionales actuales y futuras”.

Una nueva resolución del banco del 10 de abril respondió a los descargos de Tienda Inglesa.

En primer lugar aclaró que la resolución anterior se encontraba firme por no haber sido impugnada en tiempo y forma.

Recordó que artículo del decreto mencionado estableció que los términos cheque y chequera no pueden ser utilizados ni aún en publicidad.

Además, que la ley 14.412 tipifica un instrumento de pago estableciendo varias formalidades, entre ellas, la utilización del término “cheque”, creando la norma legal un régimen taxativo para dar certeza jurídica a las transacciones y clientes; remitiendo a la reglamentación diversos aspectos y consagrando ese medio de pago como de uso exclusivo de sistema de intermediación financiera.

Otra consideración del BCU también se centró en el decreto reglamentario, en la Ley de Cheques y en otra normativa que otorgan potestades regulatorias y de fiscalización del BCU en la materia. “Las empresas privadas, de cualquier giro o naturaleza, que infrinjan las leyes y decretos que rijan la actividad financiera o las reglamentaciones y resoluciones dictadas por el Banco Central, podrán ser sancionados por éste”, expuso haciendo referencia a uno de los artículos.

Por lo expuesto afirmó que no existen motivos para modificar lo resulto por la Superintendencia de Servicios Financieros, por lo que se rechazó la petición efectuada por Tienda Inglesa.  Y por eso resolvió no hacer lugar a los descargos de la cadena de supermercados.

 

  

 

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