La Comisión Nacional por el Sí reclamó que "se otorguen minutos de propaganda en las tandas publicitarias de los principales medios de comunicación", aunque no hay una disposición legal que lo habilite. Los promotores del referéndum contra 135 artículos de la Ley de Urgente Consideración (LUC) justificaron la solicitud en que "las ideas de ambas propuestas puedan expresarse a total plenitud y la democracia no se vea condicionada por la capacidad económica de cada propuesta".
En una proclama emitida por los impulsores –entre quienes se incluyen el Frente Amplio, la Federación de Estudiantes Universitarios (FEUU), el PIT-CNT, entre otros– celebraron que el gobierno concediera la cadena nacional de radiodifusión. Esa herramienta había encendido la polémica luego de que se hubiera negado en el marco de la recolección de firmas y otras ocasiones como el 1° de mayo o el 20 de ese mes a la organización Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos que se vio imposibilitada de hacer la Marcha del Silencio en 2020.
Sin embargo, el pedido de la Comisión no tiene un amparo legal. La ley de Medios prevé en su artículo 142 el otorgamiento de publicidad gratuita en los servicios de radio y televisión, aunque detalla que solo se concederá para determinadas instancias como las elecciones nacionales, departamentales y municipales, y las internas. Ninguno de los cinco literales contempla a los referéndums, como será el caso el 27 de marzo.
La disposición no estuvo exenta de polémica luego de que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declarara inconstitucional el reparto de dichos minutos, cuyas condiciones se detallan en el artículo 143.
El dirigente de la Federación Nacional de Profesores de Educación Secundaria (Fenapes) José Olivera sostuvo en rueda de prensa que "hay leyes de materia electoral que le ha dado a los partidos políticos espacios gratuitos de representación en los distintos medios de comunicación, incluso en el ámbito privado". "Lo que aspiramos es a un trato más igualitario de lo que hemos venido teniendo", afirmó, y añadió que detectaron un "blindaje mediático, principalmente del sector privado pero también del público" durante la recolección de firmas.
"Lo mejor que pueden hacer los distintos medios de comunicación, respetando sus libertades y su derecho al ejercicio de una actividad que también es comercial, es generar las mejores condiciones para que todas las partes puedan expresar su posición", enfatizó en esta línea.
Las empresas del rubro no están obligadas por ley a conceder dichos espacios, salvo en las ocasiones ya mencionadas. Otra herramienta disponible consiste en las campañas de bien público previstas en el artículo 95 de la ley de Medios, aunque su uso para una campaña de cara a un referéndum tampoco está estipulado.
Por esa norma los medios están obligados a permitir el uso gratuito de hasta quince minutos diarios, no acumulables, para realizar campañas de bien público sobre temas como salud, educación, niñez, igualdad de género, y otros, por parte de organismos públicos y personas públicas no estatales. "Dichas campañas no podrán utilizarse para fines propagandísticos de los partidos políticos ni podrán incluir la voz, imagen o cualquier otra referencia que individualice a funcionarios públicos que ocupen cargos electivos o de particular confianza", detalla la norma.
A través de la ley 17.045 de fines de 1998, sí está previsto un espacio gratuito en Canal 5 y los canales del Sodre, pero la norma refiere únicamente a las elecciones nacionales y comprende solo a los candidatos pertenecientes a partidos con representación parlamentaria.
El Observador intentó consultar a José Olivera y a Amira Fagúndez para conocer más en profundidad las pretensiones de la Comisión, pero para el cierre de esta nota no había obtenido respuesta.
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