"Es probable" que el gobierno apele fallo adverso sobre Aratirí

Una fuente del gobierno afirmó que están estudiando los argumentos de la sentencia y en los próximos días resolverán los pasos a seguir

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01 de marzo de 2023 a las 19:07

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"Es probable que el gobierno apele", dijo una fuente de Torre Ejecutiva a El Observador consultada sobre la postura que asumirá Uruguay en relación al fallo de la Corte de Apelaciones de París que anuló el laudo arbitral que había desestimado el reclamo de la minera Aratirí en agosto de 2020.

La fuente afirmó que están estudiando los argumentos de la sentencia y en los próximo días resolverán los pasos a seguir.

En la sentencia que se conoció este martes y a la que accedió El Observador, la Corte de Apelaciones de París dio la razón a la familia Agarwal—Ritika Mehta (née Agarwal), Prenay Agarwal y Vinita Agarwal—y dictaminó que el arbitraje del tribunal de Washington se equivocó cuando declinó jurisdicción sobre sus reclamos, sin ingresar al reclamo de fondo.

La consecuencia del fallo se abre la posibilidad de que los empresarios indios inicien otro arbitraje internacional sobre el fondo del asunto. Al mismo tiempo le permite al Estado uruguayo apelar ante la Corte de Casación francesa. Una apelación puede demorar un año y medio, mientras que otro laudo puede demorar entre dos y tres años.

El empresario indio Pramod Agarwal declaró que están dispuestos a ir "por otro arbitraje". "Tenemos un caso fuerte. Afortunadamente la Corte de París anuló la decisión del tribunal arbitral así que, corregido esto, esperamos que se haga justicia". 

Los jueces franceses Daniel Barlow (presidente), Fabienne Schaller y Laure Aldebert desestimaron todos los argumentos de la defensa del gobierno uruguayo y lo condenaron con las costas a pagar 150.000 euros por los costos del juicio.

Uno de esos argumentos de Uruguay fue que el arbitraje no procedía sobre proyectos que fueran anteriores al origen de la disputa, sino también para las posteriores, como la que adquirieron los demandantes a partir del 2016 cuando cambió la forma del fideicomiso, y que habían cometido un abuso cuando modificaron el fideicomiso en 2016. Los jueces parisinos determinaron que el tribunal arbitral se equivocó porque entendió que el Tratado pedía requisitos que en realidad no existían en el texto.

Además, el Estado argumentó que los Agarwal no tenían una inversión protegida porque solamente obtuvieron activos de sus padres a través del fideicomiso, y el Tratado requiere que se “realice” activamente una inversión. Pero la sentencia objetó que el Tratado entre el Reino Unido y Uruguay no lo exige.

Por último, rechazaron el argumento de Uruguay de que los demandantes debían haber recurrido a los tribunales uruguayos antes que al arbitraje de inversión, y que los Agarwal no cumplieron con esta condición.

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