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Ingresó marihuana a la cárcel, la condenaron embarazada y ahora que su hijo cumplió un año será recluida

La pena quedó en suspenso hasta que tuviera a su hijo y cumpliera un año; ahora quedara recluida en otro departamento
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23 de diciembre de 2022 a las 05:03

A su hijo de un año, todavía lo amamanta. Pero cuando termine de cumplir su pena de reclusión, su bebé –que ya será un niño– estará por aprender a escribir su propio nombre. La infracción que la puso tras las rejas es más vieja que su hijo. La cometió cuando estaba embarazada de cinco meses y hacía poco tiempo que había entrado en vigencia la ley de urgente consideración.

El motivo por el que ella y su hijo estarán tras las rejas, es porque hace un año y medio atrás ella intentó ingresar 25 gramos de marihuana a la cárcel para su pareja. La mujer aceptó ser condenada a través de un proceso abreviado a una pena de cuatro años de prisión. La jueza de Florida que validó el acuerdo admitió que la mujer permaneciera en prisión domiciliaria hasta que el nacimiento de su hijo, pero finalmente pudo mantener el beneficio hasta que cumplió un año. Además, ella tiene dos hijos más, que permanecerán en dependencias del INAU mientras ella cumple condena en Durazno.

En los últimos días, se celebró una audiencia en el Juzgado de Flores (donde vive la mujer) y el juez Sergio Vitelio determinó que la mujer debía comenzar a cumplir su pena de prisión. Si bien su abogada invocó una norma que establece que mientras estuviera amamantando tiene la posibilidad de permanecer fuera de la cárcel, la fiscal de Flores, Alicia Abreu, rebatió que eso es solo para menores de un año y su hijo ya los cumplió.

El comisionado parlamentario penitenciario, Juan Miguel Petit, que se encuentra asesorando a la abogada de la mujer en este caso, dijo a El Observador que se también se refirieron a tres artículos del Código del Proceso Penal que legisla cómo se debe actuar en "situaciones excepcionales".

"Si estas normas que prevén la excepcionalidad tienen que ser muy extremas, no se aplican nunca. Entonces nosotros creemos que tienen que aplicarse al conjunto de casos que lo merecen", explicó. 

El juez alegó que, cuando aceptó el proceso abreviado, la mujer aceptaba el acuerdo en todos sus términos y correspondía que comience a cumplirlos. La ley de urgente consideración aumentó la pena de este delito a entre cuatro y 20 años (que se consideró agravado por haber sido en un establecimiento carcelario) y ella fue condenada al mínimo.

"Está previsto legalmente, no es inventar nada, no es que es un artículo que no existe. Quizás haya que legislar más firmemente y hay que tener más programas para que estos casos tengan una resolución diferentes. No es que si una mujer delinque y tiene hijos no pasa nada, hay mafias que agarran a las mujeres, pero hay que ver caso a caso y ver aquellos en los que la cárcel es peor remedio que la propia enfermedad", valoró Petit.

El caso de Dona Samer Fleitas

El caso de Dona Samer Fleitas, una madre que era el único sostén de sus hijos y que fue condenada por ingresar 56 gramos de marihuana a la cárcel, le dio un aire a los casos similares dado que fue el primero en el que una jueza de Ejecución dispuso su excarcelación. 

Aunque la norma establece en principio la inexcarcelabilidad de ese delito, la jueza Verónica Pena entendió que este caso se trataba de una excepción. "Esta sede valora especialmente la situación en la que se encuentra la señora Fleitas", dijo en la audiencia del fallo, según consta en el audio al que accedió El Observador

Los hijos de la mujer involucrada tenían entre 3 y 16 años, y ella era la única adulta responsable, por lo que hasta ahora se encuentran alojados en un centro del Ministerio de Desarrollo Social (Mides). Por eso se puso en relieve el interés superior del niño y la doble separación que sufrirían si hubieran sido derivados a centros del Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay (INAU): tanto de su madre y de sus hermanos, ya que al ser de edades y géneros diferentes, hubieran sido enviados a centros distintos. 

Se amparó en los artículo 228 y 304 del Código del Proceso Penal, que determinan que a la hora de decidir acerca de la sustitución de la prisión es necesario "atender circunstancias familiares o especiales del imputado que hicieran evidentemente perjudicial su internación inmediata en prisión". 

Un proyecto de ley que busca cambiar las reglas del juego que impuso la LUC

La senadora colorada Carmen Sanguinetti habló sobre las mujeres y el tráfico de drogas en la Facultad de Derecho y leyó un proyecto de ley que presentará antes de fin de año para modificar el artículo 74 de la LUC. Indica que el ingreso de droga a las cárceles sea penado como acto preparatorio, es decir, con una pena de 12 meses de prisión hasta 5 años de penitenciaría. Esto lo convertiría en un delito excarcelable. A su vez, pide la especial contemplación de aquellos imputados que tuvieran a su cargo la guarda exclusiva de niños, niñas y adolescentes o personas con discapacidad. En ese sentido, se deberá atender el interés superior del niño, niña o adolescente y la gravedad del delito imputado. El juez, aún en estos supuestos, podrá igualmente imponer una prisión preventiva. 

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