14 de julio 2023 - 12:12hs

Los contribuyentes que tienen que presentar declaración tienen a disposición los formularios de declaración jurada en línea con la información cargada de la actividad laboral desarrollada en 2022.

En caso de tener saldo a favor, el contribuyente podrá elegir que la DGI le deposite el saldo en su cuenta bancaria o cobrar en las redes de cobranza habilitadas.

Más noticias

La fecha a partir de la cual se empezarán a acreditar las devoluciones se conocerán en los próximos días luego de autorizadas por DGI.

Como es habitual eso comenzará en la segunda quincena de julio, ya que se procesa entre dos y tres semanas después  de completada la declaración jurada por el contribuyente.

En todos los casos se informará por SMS al celular registrado por el contribuyente si la devolución se encuentra disponible para cobrar o si presenta observaciones que surjan de los controles.

Una vez presentada la declaración puede consultarse el estado de la devolución ingresando en consulta de devoluciones en Servicios en Línea/Devoluciones, o a través del whatsapp al 098134400.

Pagos pendientes

Por su parte, en el caso de los contribuyentes que luego de presentar la declaración tengan pagos a saldar, podrán hacerlo hasta en cinco cuotas iguales con vencimientos mensuales el 29 de agosto, 29 de setiembre, 30 de octubre, 29 de noviembre y 29 de diciembre de 2023. El pago se podrá realizar electrónicamente vía internet o en las redes de cobranzas habilitadas.
Temas:

IRPF DGI Declaración IRPF DGI

Seguí leyendo

EO Clips

Te Puede Interesar

Más noticias de Argentina

Más noticias de España

Más noticias de Estados Unidos