La Dirección General Impositiva (DGI), habilitó este martes la campaña de declaraciones juradas del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS).
Los contribuyentes que deben presentar declaración tienen a disposición los formularios de declaración jurada en línea con la información cargada de la actividad laboral desarrollada en 2022.
Por esa vía los trabajadores dependientes pueden confirmar o modificar la información agregando deducciones, créditos por alquiler o corrigiendo ingresos o retenciones. Sólo se requiere tener una clave de identidad digital.
Por su parte, los trabajadores independientes pueden acceder al mismo formulario y deben completar los ingresos y retenciones por su actividad.
En tanto, los jubilados y pensionistas con saldo a pagar y que están obligados a presentar declaración jurada también podrán hacer uso de los formularios en línea, con todos los pagos y retenciones de las diferentes instituciones previsionales. Estos datos no se pueden modificar. Si podrán agregar créditos por alquiler. Ingresan con clave que se retira en redes de cobranza presentando cédula de identidad.
En este link puede ver quienes están obligados a presentar la declaración y quiénes están exonerados.
Asistencia en línea o personalizada
Si los contribuyentes tienen dudas para completar el formulario en línea del IRPF o IASS, no es necesario que se trasladen a las oficinas ya que podrán consultar telefónicamente al 1344 opción 4, en días hábiles en el horario extendido de 8:00 a 17:45 horas los días hábiles.
Si el contribuyente desea ser asistido por DGI, es obligatorio agendarse previamente vía web, por Whatsapp al
098134400 o llamando al 151 desde Montevideo, y 2151 desde el interior, en el horario de 10:00 a 16:00 horas. La agenda estará disponible a partir del 30 de junio para todos los dígitos de cédula de identidad. La asistencia personaliza se iniciará el 3 de julio.
Devoluciones automáticas
Por otro lado, hay contribuyentes que tienen créditos automáticos para cobrar. Estas devoluciones corresponden a liquidaciones del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del año pasado, y que comenzaron a hacerse efectivas desde el pasado 16 de junio, según informó la DGI. Se trata de trabajadores dependientes que tuvieron un único trabajo en 2022 y que acceden a la devolución sin tener que hacer una declaración jurada.
La consulta en línea informa si se tiene devolución a cobrar en este año. Si se desea consultar el monto y estado de la devolución, se puede hacer en servicios en línea/devoluciones, ingresando con la identidad digital.
En caso que la consulta sea afirmativa los saldos se cobran en efectivo en cualquier red de cobranzas (Abitab o Red Pagos) o mediante depósito en la cuenta bancaria que el contribuyente indique previamente.