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La junta aprobó el decreto que fija por dónde circular en monopatín

Quienes conduzcan monopatines no podrán ser menores de 16 años ni andar por la vereda
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13 de diciembre de 2019 a las 21:12

La Junta Departamental de Montevideo (JDM) aprobó este jueves la reglamentación que regula la circulación de los monopatines eléctricos y otros vehículos de movilidad personal en el departamento. 

De esta manera, la normativa volverá a la comuna, que deberá reglamentarla, promulgarla y ponerla en práctica para comenzar a fiscalizar. 

Según el comunicado de la junta, la circulación de estos vehículos venía "generando preocupación" entre integrantes del gobierno departamental, dada la "posible siniestralidad que se pueda generar a partir de este fenómeno". 

El proyecto de decreto para regular los monopatines fue enviado al legislativo departamental en abril de este año. La normativa establece que quienes circulen en monopatín deberán ser mayores de 16 años, contar con casco y vestimenta reflectiva. Además, se definió que los vehículos no pueden sobrepasar los 25 kilómetros por hora y tienen que circular por la calzada y nunca por la vereda. En tanto, en las calles en las que hay infraestructura prevista para la bicicleta (ciclovías o bicisenda) los monopatines deberán ir por ahí. 

También se fijaron algunas condiciones de seguridad para los propios vehículos, entre los que se incluyen los monopatines (eléctricos y convencionales), las bicicletas (eléctricas y no eléctricas), los triciclos y las plataformas tipo segway. En este sentido, la comuna exigirá que los vehículos de movilidad personal (VMP) cuenten con sistema de freno delantero y trasero, espejos retrovisores, timbre o bocina, luces y reflectores. Mientras que los monopatines no pueden sobrepasar los 25 kilómetros por hora, aquellos con tres o cuatro ruedas no deberán superar los 45 kilómetros por hora. Los cuatriciclos, en tanto, deberán circular a menos de 50 kilómetros por hora.

Respecto al estacionamiento, la IMM prevé que los vehículos sean depositados en las zonas habilitadas por la comuna. Todos los VMP -salvo bicis, los monopatines y los segway- deberán ser empadronados en la intendencia y sus usuarios deberán contar con permiso de conducir. 

El departamento de Movilidad, a través de la división de tránsito, será el encargado de fiscalizar el cumplimiento de la nueva normativa, una vez que los ediles la aprueben en la junta. 

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