Conaprole

Las razones de la Justicia para excluir al gobierno de la demanda por los negocios fallidos con Venezuela

El reclamo asciende a US$ 62 millones y la empresa apeló la decisión; el juez dijo que Conaprole "nunca" contrató directamente con el Estado

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22 de marzo de 2023 a las 05:03

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Un Tribunal de Apelaciones en lo Civil comenzará a analizar en los próximos días un voluminoso expediente de casi 3 mil páginas con la demanda de US$ 62 millones realizada por Conaprole debido a que nunca pudo cobrar algunos embarques de leche en polvo que envió a Venezuela durante el último gobierno de Tabaré Vázquez.

En marzo del año pasado, tras una larga discusión interna, la empresa inició un juicio contra el Estado uruguayo, la República Bolivariana de Venezuela, la Corporación Venezolana de Comercio Exterior (Corpovex) y el banco Bandes, por identificarlos responsables –de haber participado en diferentes instancias– de los negocios fallidos.

Esta semana, el juez Alejandro Recarey mantuvo la exclusión del Estado uruguayo del juicio por entender que el plazo que Conaprole tenía para reclamar prescribió. 

“Se insistirá con dejar fuera de la causa al Estado. Persona jurídica mayor que no ha asumido expresamente ninguna obligación contractual, de ningún tipo”, dice la sentencia del 20 de marzo a la que accedió El Observador, que agrega que Conaprole “nunca contrató directamente con el Estado”.

Aunque no se pronunció sobre el fondo de la demanda, el juez dedicó varios puntos al riesgo asumido por la empresa privada en un negocio que la beneficiaba.

Según Conaprole, Corpovex –el organismo que le compró la leche en polvo– le debe US$ 31,8 millones. El juicio es por US$ 61,8 millones dado que la empresa calcula en US$ 30 millones los daños y perjuicios por los impagos

Trale
Las deudas de Venezuela con Conaprole ascienden a US$ 31,8 millones

Las ventas se realizaron en el marco de un acuerdo firmado en la Torre Ejecutiva –cuyo documento nunca apareció– para comercializar diversos alimentos nacionales hacia Venezuela a cambio de cancelar un pasivo de Ancap con la petrolera Pdvsa.

Inicialmente el plan era crear un fideicomiso en el banco Bandes Uruguay con el dinero que Ancap cancelaba la deuda con la petrolera estatal venezolana, y luego los exportadores uruguayos se cobraban de ese instrumento financiero a medida que pactaban sus ventas al país caribeño. Sin embargo, ese fideicomiso no se constituyó y Ancap terminó girando su pago a un banco chino por una condición que fijó Pdvsa, según explicó en su momento el vicepresidente Raúl Sendic.

El último pago se realizó en enero de 2019, cuando el gobierno que encabeza el presidente Nicolás Maduro abonó US$ 8,5 millones. 

Las leyes y la jurisdicción

Conaprole fue la empresa que más vendió a Venezuela, aunque otras como Claldy y Pili también lo hicieron.

Las deudas provocaron que el Parlamento votara dos leyes de “salvataje” en 2016 y 2019. 

Recarey consideró que estas leyes eran “independientes” de las obligaciones que provocaron los “daños y perjuicios” que “externamente” el Estado “quiso paliar”.

“El Estado se comprometía, como se dijo, a cubrir los costos financieros de los movimientos bancarios con los que la vendedora buscaba viabilizar un cierto retraso unilateral a la espera de que finalmente se concretara lo que –libremente, y por su cuenta y riesgo– todavía consideraba como un buen negocio (pese a la verificación de incumplimientos iniciales). Asumía el Estado, pues, una ayuda externa. Pero no una responsabilidad contractual concreta. Menos aún dentro de la estructura negocial privada aludida”, señaló Recarey.

El juez agregó que Conaprole pudo accionar contra el Estado, pero el plazo se venció. 

“Si la empresa láctea escogió continuar confiando en la cobertura estatal, no puede ya retrotraerse al tiempo en que tenía frente a sí la disyuntiva. Si eligió mal, debe asumir sus riesgos”, escribió y señaló que la cuestión se resolvía “preguntándose” si la empresa estaba ya en condiciones de demandar al Estado cuando dejó de percibir el primer pago. “La contestación a la pregunta es, inequívocamente: sí”, sentenció.

En el documento, Recarey aseguró que la Justicia uruguaya tiene competencia para actuar en la causa, algo rechazado por los abogados de Venezuela, quienes aseguran que los contratos señalaban a Caracas como jurisdicción.

En una interlocutoria previa, en octubre de 2022, Recarey había señalado que la “inmunidad de jurisdicción” planteada por Venezuela no era aplicable, ya que no se estaba ante un “acto público de soberanía”, sino frente a un “simple acuerdo privado de comercio”.

Esta semana, agregó que "no cabe sino aplicar las leyes patrias" y que tampoco cabe "suponer la verificación de nulidades" solicitadas por el país caribeño.

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