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Senado votó ley que acorta tiempos de reclamos a arquitectos y constructores por desperfectos

Dio media sanción a proyecto que reduce de diez a dos años el plazo para reparaciones
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10 de agosto de 2018 a las 05:00
Ya sea por una pequeña mancha de humedad en una pared, una ventana por la que se filtra agua cuando llueve o una grieta que compromete la estabilidad de una estructura, cualquier persona propietaria de una casa, local o apartamento de diez años o menos puede reclamar por la vía legal al arquitecto y constructor y hacerlos responsables de esos daños para que se lo reparen. Así lo dispone un artículo del Código Civil que indica que "el arquitecto o empresario de un edificio son responsables por espacio de diez años, si aquel se arruina en todo o en parte por vicio de la construcción, del suelo o por la mala calidad de los materiales, los haya suministrado o no el propietario". Sin embargo, esa disposición probablemente cambiará en el mediano o corto plazo, dependiendo de los tiempos del Parlamento, y hará que el tiempo para reclamar se acorte en los casos menos graves.

El Senado aprobó por unanimidad este miércoles un proyecto de ley que dispone modificaciones a ese artículo del Código Civil e implica que los tiempos de responsabilidad de empresario y arquitecto varíen dependiendo de la gravedad del problema que tiene el edificio, que puede ser desde un edificio de apartamentos a una casa de familia o un local. Con la nueva normativa, los diez años correrán solamente para aquellos problemas "que ya sea en todo o en parte, afecten la estabilidad o solidez" e impida su uso, ya sea por problemas de la construcción, del suelo, de una incorrecta dirección de la obra, defectos de cálculo o por la mala calidad de los materiales. Para problemas que no afectan a la estructura, las personas tendrán cinco años para hacer los reclamos y en casos de problemas de terminaciones o acabado de obra, habrá dos años para reclamar. En todos los casos, el tiempo comienza a correr cuando se hace la llamada "recepción de la obra", es decir, cuando se la entregan a quien la encargó.


La idea original del proyecto de ley fue presentada a la bancada de senadores del Frente Amplio en noviembre de 2016 por parte de la Sociedad de Arquitectos del Uruguay (SAU), que reclamaba una actualización de la normativa, que es de la segunda mitad del siglo XIX. "La utilización de un esquema legal creado para contener una realidad diferente a la actual, deviene en un estatuto que coloca a los agentes de construcción en una posición de extrema vulnerabilidad a la hora de defensa de sus derechos", indicaban en la exposición de motivos y agregaban que "la sociedad uruguaya trata con inédita severidad (a los arquitectos) a la hora de medir su responsabilidad, la cual muchas veces se les adjudica por eventos que no están vinculados a su ámbito".

"Cuando se formuló (esa norma) había obras que se realizaban con piedra, madera, con técnicas que actualmente no son los que se utilizan. Pedíamos una adecuación a la situación, pero sin perder en ningún momento la responsabilidad que nos corresponde a los arquitectos", dijo a El Observador el presidente de la SAU, Álvaro López.

López señaló que uno de los problemas que les genera la normativa, vigente hasta tanto la Cámara de Diputados no le dé sanción definitiva, tiene que ver con que la vida útil de determinados productos es mucho menor a los diez años por los que son responsables. Por ejemplo, puede suceder que una membrana tenga una duración de cinco años y al sexto empiece a presentar problemas, pero el arquitecto deberá seguir respondiendo por los problemas de ese producto en el lugar en el que se colocó por cuatro años más.

Ese punto también fue puesto de manifiesto en la exposición de motivos, pero con un paso más: la intención de reducir costos por parte de quienes encargan una construcción. "Es común que los comitentes privilegien la economía de sus programas y generen presiones a los agentes para abaratar costos durante el proceso de obra, aún renunciando a calidades", aseguraban.

Menos prescripción

A su vez, a esos diez años se le suman dos décadas más porque es el tiempo de prescripción de la causa, por lo que en total un empresario o arquitecto termina siendo responsable de una construcción por 30 años. Eso también cambiará si la modificación se aprueba en Diputados y el tiempo de prescripción será de un máximo de cuatro años, lo que significa que una vez que se detecta el problema se tienen cuatro años para hacer el reclamo. Según explicó a El Observador Dora Szafir, exjueza civil y directora del Centro de Relaciones de Consumo de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, los nuevos plazos estipulados responden a una tendencia mundial y no implica la pérdida de derechos por parte de los compradores.

Szafir sugirió algunas modificaciones al proyecto original junto con otros juristas pertenecientes a todas las universidades, que elaboraron un nuevo documento. Por la Universidad Católica participó el abogado Carlos De Cores, quien en la misma línea que López y Szafir señaló a El Observador que "con las nuevas técnicas (de construcciónI, los nuevos materiales que generalmente no están pensadas para durar tanto tiempo", sumado a las tres décadas de responsabilidad, "hacía que los arquitectos se vieran en una situación muy comprometida".

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