26 de diciembre 2025 - 16:00hs

El tributarista César Litvin fue entrevistado por Luis Majul en su programa Majul 107.9 de El Observador 107.9. Brindó detalles sobre el régimen de Inocencia Fiscal que impulsa el Gobierno y aclaró confusiones respecto a los montos que determinarán las denuncias penales por evasión.

Una de las primeras aclaraciones que realizó Litvin fue desmentir la versión que circulaba sobre que la evasión se consideraría delito recién a partir de los 1.000 millones de pesos. El especialista precisó que el monto correcto es de 100 millones de pesos por año por contribuyente, cifra que equivale a aproximadamente 97.000 dólares al tipo de cambio actual.

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El principio filosófico detrás de la ley

"El régimen de Inocencia Fiscal tiene una cuestión filosófica que hace al título de la ley", explicó Litvin, quien destacó que hasta ahora existe "un prejuicio dentro del organismo fiscal de que cada contribuyente es un evasor". Según el tributarista, este nuevo enfoque busca darle "un principio de confianza al contribuyente para que declare todo lo que tiene que declarar sin ese prejuicio".

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Litvin enfatizó que la Inocencia Fiscal no es lo mismo que un blanqueo, aunque sí incluye elementos similares dentro de su estructura. El especialista detalló que la normativa tiene tres partes fundamentales: modificaciones a la Ley Penal Tributaria, un régimen simplificado del impuesto a las ganancias y cambios en el sistema de multas y prescripciones.

Respecto al umbral de 100 millones de pesos para denuncia penal, Litvin lo consideró "una cifra razonable en la medida de que se mantenga una inflación controlada". Argumentó que los montos vigentes desde diciembre de 2017 "quedaron totalmente derretidos como un helado en la mano", ya que actualmente cualquier ajuste del fisco superior a 1,5 millones de pesos genera denuncia penal, lo que provocó "una acumulación de causas muy insignificantes que distraen de las causas más importantes".

El tributarista aclaró que quienes evadan por debajo de ese monto no quedarán impunes: "No es que queda ileso y queda indemne, sino que va a tener que pagar la diferencia de impuestos, los intereses y también multas, pero no va a tener denuncia penal".

Los "dólares del colchón" y el régimen simplificado

La segunda parte del régimen contempla un sistema simplificado del impuesto a las ganancias destinado a pequeños y medianos contribuyentes. Litvin explicó que este esquema permite "declarar muy simplemente sus ganancias y las deducciones sin tener que mostrar todo su patrimonio, sin tener que mostrar su consumo".

Lo más relevante es que quienes opten por este régimen podrán usar los llamados "dólares del colchón" libremente, sin consecuencias. "Ahí es donde de alguna manera los dólares del colchón con el régimen simplificado de ganancias se asemeja a las consecuencias del blanqueo", indicó.

Sobre la operatoria concreta, Litvin confirmó: "Con eso podés comprar un departamento, cambiar de auto, viajar o hacer lo que quieras. No tenés que explicar el origen". Sin embargo, el especialista hizo una distinción fundamental entre "dinero negro" y "dinero sucio": "El dinero negro viene de una actividad lícita. Los dólares del colchón no sirven para el dinero sucio que proviene de una actividad ilícita".

Respecto al límite de monto para incorporar estos dólares, Litvin aclaró que no hay un límite expreso, pero que "básicamente tiene que ver con si puedo justificar el origen de los fondos lícitos". Puso como ejemplo que si un contribuyente tiene un kiosco y quiere usar una "cifra muy grande" de dólares del colchón, eso "no puede tener relación con la actividad".

El objetivo de esta medida, según explicó el tributarista, es reactivar la economía: "Aquellos que tienen dinero en una caja de seguridad, en el colchón, en los últimos años han perdido con la inflación internacional. Entonces podrán invertirlo en actividades financieras, podrán invertirlo en alquileres de inmuebles, podrán invertirlo en algo que le dé renta y esto va a mover la economía".

Más multas y menos tiempo de prescripción

La tercera parte del régimen de Inocencia Fiscal contempla aumentos en los montos de multas por no presentar declaraciones juradas o no contestar requerimientos, y una reducción del plazo de prescripción de 5 a 3 años.

"Esto hace que sea mucho más ágil la actividad que debe desarrollar el fisco para fiscalizar y le da más confianza al contribuyente de que después de mucho tiempo no se va a venir algún ajuste importante desde el lado fiscal", concluyó Litvin.

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Evasión de impuestos Senado Luis Majul El Observador 107.9

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