El líder separatista Carles Puigdemont solicitó al Tribunal Constitucional (TC) que suspenda la orden de detención que aún pesa sobre él, amparándose en las conclusiones del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea(TJUE), que considera compatible la ley de amnistía con el Derecho comunitario.
Según el escrito registrado la defensa busca que se deje sin efecto la medida acordada por el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena mientras el TC resuelve el recurso de amparo admitido el pasado 7 de octubre.
“Una suspensión jurídicamente obligada”
El abogado de Puigdemont, Gonzalo Boye, sostiene que "la suspensión cautelar solicitada no sólo resulta procedente, sino jurídicamente obligada para garantizar la efectividad del recurso de amparo y evitar la lesión irreversible de los derechos fundamentales del recurrente".
La defensa recalca que los perjuicios son reales y no meramente hipotéticos, recordando que "durante años" Puigdemont "ha visto limitada su libertad de movimiento y su actividad institucional por órdenes de detención cuya validez ha sido jurídicamente desactivada por la ley orgánica de amnistía y confirmada tanto por este Tribunal (Constitucional) como por el estándar europeo".
En esa línea, subraya que "una ley declarada constitucional no puede ser privada de eficacia práctica por la persistencia de medidas penales restrictivas" y que la fase cautelar no puede reabrir de forma indirecta un debate constitucional ya cerrado.
Argumento europeo: la amnistía, dentro de la competencia estatal
La defensa agrega que el contexto europeo refuerza la petición. Recuerda que las conclusiones del abogado general del TJUE afirman con claridad que la ley de amnistía "es plenamente compatible con el Derecho de la Unión", lo que, a su juicio, elimina cualquier duda sobre su validez.
Mantener la orden de detención, afirma Boye, "supondría un sacrificio desproporcionado e innecesario, incompatible con los principios de proporcionalidad, necesidad y mínima injerencia".
El abogado cita además que el TJUE descarta que la norma suponga una “autoamnistía” o afecte a la lucha contra el terrorismo o a los intereses financieros de la UE. Y resalta que el abogado general considera que la amnistía se sitúa en el "núcleo de competencias soberanas de los Estados miembros", algo que —según Boye— "excluye la posibilidad de que los tribunales nacionales invoquen dudas europeas como obstáculo para su aplicación".
“No existe duda jurídica razonable”
Aunque reconoce que las conclusiones del abogado general no son vinculantes, Boye subraya su "autoridad interpretativa indiscutible", recordando que la jurisprudencia del TJUE suele seguir esas líneas argumentales.
Para la defensa, este escenario "elimina cualquier fundamento jurídico para mantener viva una orden de detención mientras se tramita el amparo" y "tiene un impacto directo en la ponderación cautelar", ya que disipa cualquier duda sobre la validez europea de la ley.
Finalmente, subraya que "la amnistía es eficaz desde su entrada en vigor y su aplicación no puede ser desplazada por consideraciones meramente procedimentales". En consecuencia, sostiene que "no existe duda jurídica razonable que justifique la persistencia de órdenes de detención en un escenario en el que tanto el Derecho nacional como el europeo avalan la eficacia inmediata de la ley de amnistía".