El endurecimiento de los requisitos para obtener la Ciudadanía italiana activo desde julio a través de la sanción de la Ley Nº 74 podría encontrar en las próximas semanas una alternativa especial para los nietos y bisnietos de nacionalidad argentina, uruguaya y brasileña.
Es que una propuesta presentada ante el Consejo Provincial de Trento revivió el debate, especialmente para los descendientes de italianos oriundos del pueblo ubicado al noreste del país y que emigraron antes de la anexión de la región, el 20 de julio de 1920.
Según informó el portal Italianisimo, la solicitud busca que el Parlamento y el Gobierno reabra el período de vigencia de la Ley N° 379 de 2000, lo que permitía el reconocimiento de la Ciudadanía por descendencia a los hijos, nietos y bisnietos de inmigrantes trentinos que partieron hacia América del Sur.
Entre los argumentos citados, se destaca la intención de conservar el patrimonio cultural. "A pesar de haber nacido bajo el dominio austrohúngaro, los emigrantes trentinos trajeron consigo la cultura, la lengua y las tradiciones italianas", reseña el texto.
La propuesta menciona también las potestades libradas por la Ley N° 555 de 1912 (reconocimiento de la transmisión paterna de la ciudadanía) y la Ley N° 91 de 1992 (derecho para los hijos de ciudadanos italianos, ya sean madre o padre).
"No se trata solo de una cuestión jurídica, sino de identidad, de memoria y de justicia histórica”, apuntaron.
Texto completo de la propuesta presentada ante la Consejo Provincial de Trento
Entre finales del siglo XIX y las primeras décadas del siglo XX, miles de hombres y mujeres abandonaron los valles del Trentino, arrastrados por la pobreza y la falta de oportunidades. Partieron con valentía, cruzando el océano para forjar una nueva vida en Sudamérica, especialmente en Brasil, Argentina y Uruguay.
Aunque nacieron en otro estado, llevaron consigo la lengua, la cultura, las tradiciones y un profundo sentido de pertenencia a la civilización italiana. Tras la anexión de Trentino a Italia en 1918, el estado italiano reconoció el derecho a la ciudadanía de los descendientes de estos emigrantes mediante una serie de leyes basadas en el principio de... ius sanguinis, es decir, la ciudadanía por descendencia.
Cabe recordar que ya en 1912, con la Ley n.º 555, el Reino de Italia estableció el principio de transmisión de la ciudadanía por vía paterna, y en 1983, con la Ley n.º 123, se afirmó finalmente la igualdad entre madre y padre en la transmisión de la ciudadanía. Más recientemente, en 1992, la Ley n.º 91, actualmente en vigor, estableció en su artículo 1 que «el hijo de padre o madre ciudadano italiano es ciudadano por nacimiento», reafirmando claramente la ius sanguinis, y el Decreto Presidencial No. 572 de 1993 hizo operativas estas disposiciones a nivel administrativo.
Pero no solo eso. Con la Ley n.º 379 de 2000, el Estado italiano también reconoció el derecho a la ciudadanía a los descendientes de quienes nacieron en territorios pertenecientes al Imperio austrohúngaro, como nuestro Trentino, siempre que manifestaran su deseo. Este reconocimiento fue un acto de justicia histórica. El mismo espíritu inspiró la Ley n.º 124 de 2006, que extendió el derecho a la ciudadanía a los descendientes de italianos de Istria, Fiume y Dalmacia.
Hasta 2010, la República consideraba con razón que no era la nacionalidad formal en el momento del nacimiento del antepasado la que determinaba la italianidad, sino más bien la identidad cultural, lingüística y familiar.
Lamentablemente, todo esto ahora se cuestiona. Los cambios introducidos en 2025, mediante el Decreto-Ley n.º 36, posteriormente convertido en la Ley n.º 74, imponen nuevos requisitos: la ciudadanía por descendencia solo se reconocerá si el padre o el abuelo del niño nació en Italia, o si el padre residió en territorio italiano durante al menos dos años antes del nacimiento del niño.
Esta medida, aparentemente técnica, excluye de hecho a casi todos los descendientes de emigrantes trentinos de finales del siglo XIX y principios del XX. Basta con considerar que en Brasil, según estimaciones fiables, más del 99 % de los ciudadanos de origen trentino descienden de personas que emigraron antes de 1918.
Esta situación, por lo tanto, parece profundamente injusta, ya que elimina un derecho reconocido y respetado durante décadas. Sobre todo, corre el riesgo de romper el vínculo vivo y auténtico que aún une al Trentino con miles de familias en todo el mundo que se sienten trentinos, que hablan nuestros dialectos, que celebran nuestras tradiciones y que llevan con orgullo el recuerdo de sus abuelos.
Como institución autónoma, consciente de su propia historia, tenemos el deber de exigir con firmeza que se abra la ventana normativa para el reconocimiento de ciudadanía italiana jure sanguinis También a los descendientes de los trentinos nacidos bajo el Imperio austrohúngaro, como era posible hasta 2010.
No se trata solo de una cuestión legal, sino de identidad, memoria y justicia histórica. Y Trentino no puede dar la espalda a quienes, incluso desde lejos, nunca han dejado de sentirse parte de nuestra comunidad.
En vista de todo lo anterior, el Consejo Provincial de la Provincia Autónoma de Trento, en virtud del artículo 35 del Estatuto de Autonomía, solicita al Parlamento y al Gobierno italiano que reabran el plazo para la solicitud de ciudadanía italiana de conformidad con la Ley n.º 379 de 2000, con el fin de reconocer el valor histórico, cultural e identitario de los flujos migratorios trentinos y la importancia del vínculo con las comunidades de ascendencia italiana en todo el mundo.