La Cámara del Senado de Italia aprobó este jueves el Decreto n° 36 que restringe la obtención de la Ciudadanía italiana por derecho a sangre "Ius sanguinis"
Con 81 votos a favor y 37 en contra, la normativa impulsada por el Consejo de Ministros el 28 de marzo pasado, introdujo un límite en el principio de transmisión automática a quien nació en el extranjero y posee otra ciudadanía e impide el reconocimiento de dicha condición, incluso, a los oriundos extranjeros, antes de la entrada en vigor de la ley.
"La votación con la que el Senado aprobó el 'decreto de ciudadanía' es muy importante. Es una medida que busca devolver la dignidad y el sentido a un derecho que debe basarse en un vínculo auténtico con Italia, no solo burocrático, sino cultural, cívico e identitario. La ciudadanía debe ser un reconocimiento serio y consciente, que se confirma con el compromiso. Esta reforma no excluye, sino que responsabiliza. Propone criterios más selectivos y transparentes, capaces de fortalecer la integridad de nuestro sistema y prevenir abuso", destacó el ministro de Asuntos Exteriores y líder de Forza Italia, Antonio Tajani.
¿Qué se necesita para obtener la Ciudadanía italiana?
El Decreto n° 36 aprobado este jueves por el Senado de Italia agrega barreras para la obtención de la Ciudadanía italiana:
1) Limitación en la transmisión de la ciudadanía por nacimiento (jure sanguinis)
La disposición introduce el principio fundamental de que la ciudadanía no se transmite automáticamente a quienes nacen en el extranjero que poseen otra ciudadanía e impide el reconocimiento de la misma incluso a quienes nacieron en el extranjero antes de la entrada en vigor de la propia disposición, a menos que se aplique una de las siguientes condiciones:
- el estatus de ciudadano italiano del interesado haya sido reconocido, de conformidad con la legislación aplicable el 27 de marzo de 2025, tras una solicitud, acompañada de la documentación necesaria, presentada en la oficina consular competente o en el alcalde a más tardar a las 23.59, hora de Roma, del mismo día;
- la condición de ciudadano italiano del interesado ha sido comprobada judicialmente, de conformidad con la legislación aplicable el día 27 de marzo de 2025, a raíz de una solicitud judicial presentada a más tardar a las 23.59 horas, hora de Roma, del mismo día;
- un padre ciudadano italiano o un padre adoptivo nació en Italia;
- un padre ciudadano italiano o un padre adoptivo ha residido en Italia durante al menos dos años consecutivos antes de la fecha de nacimiento o adopción del niño;
- un ascendiente ciudadano italiano de primer grado de los padres o de los padres adoptivos ciudadanos nació en Italia.
2) Adquisición de la ciudadanía por un menor extranjero o apátrida
El menor extranjero o apátrida, descendiente de padre o madre ciudadano italiano por nacimiento, se convertirá en ciudadano italiano si los propios padres o el tutor declaran su voluntad de adquirir dicho estatus. Posteriormente a esta declaración, el menor deberá residir legal y continuamente durante al menos dos años en Italia o, alternativamente, esta declaración de intención deberá presentarse dentro del año siguiente al nacimiento o desde la fecha posterior en la que se establezca la filiación con un ciudadano italiano, incluida la adopción.
3) Renuncia a la ciudadanía italiana
El menor extranjero o apátrida que haya adquirido la ciudadanía italiana gracias a la ley anterior y que posea la ciudadanía de otro Estado, puede renunciar a la Ciudadanía italiana una vez alcanzada la mayoría de edad.
4) Recuperación de la ciudadanía para ex ciudadanos
Quien haya nacido en Italia o haya residido en ella durante al menos dos años consecutivos y haya perdido la Ciudadanía en virtud de ciertas disposiciones de la Ley 555 de 1912, la recuperará si presenta una declaración a tal efecto entre el 1 de julio de 2025 y el 31 de diciembre de 2027. Al mismo tiempo, la contribución para la readquisición (equivalente a 250 euros, como en la legislación vigente) está incluida entre las tasas que deben recaudar las oficinas consulares.
La medida, que deberá convertirse en ley antes del 27 de mayo, pasa a la Cámara de Diputados para alzarse con su reglamentación final.