La llegada de la borrasca Konrad a España puso sobre la mesa los derechos laborales frente a fenómenos meteorológicos extremos. Desde noviembre de 2024, según informa el sitio Noticias Trabajo, el Estatuto de los Trabajadores contempla un permiso retribuido de hasta 4 días en casos donde las condiciones climáticas impidan el acceso al centro de trabajo o representen un riesgo grave e inminente para el empleado.
¿Quién puede solicitar este permiso y en qué casos aplica?
El artículo 37.3.g del Estatuto de los Trabajadores, según establece dos situaciones en las que un trabajador puede acogerse a este permiso retribuido:
Cuando sea imposible acceder al centro de trabajo debido a restricciones de circulación, cortes de carretera o recomendaciones de las autoridades de evitar desplazamientos.
Cuando exista un riesgo grave e inminente derivado de un fenómeno meteorológico adverso que ponga en peligro la seguridad del trabajador.
Si la borrasca Konrad o cualquier otro temporal provoca alguna de estas circunstancias, los empleados pueden solicitar hasta 4 días de permiso retribuido sin que la empresa pueda descontar el salario.
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¿Se puede ampliar el permiso?
Sí. En caso de que las condiciones climáticas extremas persistan, el permiso puede prolongarse más allá de los 4 días iniciales hasta que desaparezcan las circunstancias que lo justificaron. No obstante, en estos casos, la empresa podría aplicar una suspensión del contrato de trabajo o una reducción de jornada por fuerza mayor.
Además del permiso retribuido, la legislación laboral establece que si la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) o el organismo autonómico correspondiente emite una alerta naranja o roja, las empresas están obligadas a adaptar las condiciones laborales. Esto puede implicar:
Reducción de la jornada laboral.
Modificación de los horarios de trabajo.
Reubicación del empleado a un entorno seguro en caso de riesgo.
Esta medida fue introducida en la reforma del Real Decreto 486/1997, con el objetivo de reforzar la protección de los trabajadores frente a fenómenos meteorológicos adversos.
¿Cómo solicitar el permiso retribuido por alertas climáticas?
Para acogerse a este derecho, el trabajador debe:
1 Verificar si la AEMET ha emitido una alerta que afecte su zona.
2 Notificar a su empresa la imposibilidad de acudir al trabajo o el riesgo existente.
3 Presentar documentación que justifique la situación (aviso meteorológico, cortes de carreteras, recomendaciones oficiales).
Es recomendable comunicarlo lo antes posible para evitar conflictos con la empresa y garantizar el cumplimiento del permiso.
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Posibles problemas y abusos de las empresas
Aunque este derecho está reconocido por la ley, algunos abogados advierten sobre "trampas" o malas interpretaciones por parte de ciertas empresas. Algunas de las prácticas más comunes incluyen:
Negar el permiso argumentando que no todas las carreteras están afectadas.
Obligar a los empleados a compensar las horas no trabajadas.
No reconocer la alerta climática como causa suficiente para faltar al trabajo.
Si un trabajador se enfrenta a una negativa injustificada, puede acudir a un abogado laboralista o presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo.