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¿Qué implica la reforma constitucional de Larrañaga?

Este lunes el precandidato nacionalista presentó 400 mil firmas para entregarle a la Corte Electoral
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25 de febrero de 2019 a las 12:44

Si la Corte Electoral confirma que el sector Alianza Nacional, liderado por el precandidato y senador blanco Jorge Larrañaga, llegó a las 400 mil firmas que dice tener (necesitaba 275 mil), con las elecciones nacionales de octubre habrá también un plebiscito para reformar la Constitución en aspectos vinculados a la seguridad pública. El senador empezó en mayo a juntar firmas sin el apoyo de los principales dirigentes nacionalistas. Si bien tenía tiempo hasta abril, adelantó la entrega de firmas casi dos meses al haber superado la cantidad necesaria.

Las cuatro propuestas

Guardia Nacional

La propuesta de Larrañaga que generó más ruido fue la de crear una Guardia Nacional formada por hasta 2000 militares que colaboren en determinadas tareas con la policía. De aprobarse esa reforma, será competencia de la Guardia Nacional “velar por el cumplimiento de la Constitución y las leyes”; “amparar a las personas en el ejercicio de sus derechos individuales, susceptibles de ser vulnerados por conductas delictivas y “llevar a cabo todas las acciones necesarias para combatir el narcotráfico y todas las manifestaciones de crimen organizado”.

A su vez, le competerá “participar en la acción preventiva, disuasiva y represiva tendiente a impedir la comisión de delitos, faltas o infracciones, en especial en aquellas zonas del país donde se registra un alto índice delictivo y realizar todas las demás tareas tendientes a la preservación del orden y la tranquilidad pública que le encomiende el Poder Ejecutivo”.

Si prospera, dependerá del Ministerio de Defensa y con la coordinación operativa del Ministerio del Interior.

Cumplimiento efectivo de las penas

La reforma también propone comenzar a aplicar el “cumplimiento efectivo de las penas” para determinados delitos. Eso quiere decir que en casos de violación, abuso sexual, rapiña, copamiento, extorsión, secuestro, homicidio agravado, trata de personas o delitos de estupefacientes no se podrá aplicar la libertad anticipada.

Quien haya cometido esos delitos tampoco podrá gozar de libertad vigilada y vigilada intensiva, “ni ningún otro beneficio liberatorio o sustitutivo de la privación de libertad, debiendo cumplirse en todos los casos la pena dispuesta en forma efectiva”.

Cadena perpetua revisable

Con el plebiscito también se propone que para delitos de violación o abuso sexual y homicidio a menores, así como homicidio especialmente agravado a adultos, se establece la reclusión permanente.

Esa pena podrá ser revisada a los 30 años de condena si se comprueba que está efectivamente rehabilitado.

La Suprema Corte de Justicia podrá establecer la liberación pasadas las tres décadas, en caso de que se compruebe que se rehabilitó. Para comprobarlo, existirá un Cuerpo Asesor que recabará información sobre la persona condenada. La integración de ese cuerpo será definida por el Poder Ejecutivo.

Allanamiento nocturnos

El proyecto de reforma también pretende permitir que la legislación regule los allanamientos nocturnos en lugares donde se sospecha "fundadamente" que se están cometiendo delitos.

Actualmente, solo se pueden realizar allanamientos cuando todavía hay luz del sol.

¿Cuándo comienza a regir?
Si el último domingo de octubre la Corte Electoral informa que se llegó al mínimo necesario para que se reforme la Constitución, los cambios entrarán en vigencia inmediatamente. Así lo establece el texto del plebiscito, que prevé que para aquellos casos en los que se necesitan aprobar leyes, se agreguen disposiciones a la Constitución.
El artículo 332 de la Constitución indica que no es necesaria una reglamentación extra para que una norma constitucional entre en vigencia. Ese artículo establece que “los preceptos de la Constitución que reconocen derechos a los individuos, así como los que atribuyen facultades e imponen deberes a las autoridades públicas, no dejarán de aplicarse por falta de la reglamentación respectiva, sino que será suplida, recurriendo a los fundamentos de leyes análogas, a los principios generales de derecho y a las doctrinas generalmente admitidas”.

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