Economía y Empresas > RESOLUCIÓN DEL DIRECTORIO

¿Por qué el BPS dejó de controlar que se cumpla con el pago de laudos salariales?

A partir de esta resolución, el encargado de hacer esos controles es el Ministerio de Trabajo
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24 de noviembre de 2020 a las 05:01

Las fiscalizaciones del Banco de Previsión Social (BPS) dejaron de tener en cuenta los laudos de los Consejos de Salarios, tras una resolución tomada por el Directorio del organismo de seguridad social el pasado 5 de agosto. 

Los directores del BPS resolvieron por mayoría derogar una resolución de 2006, que establecía que se tendrían en cuenta los laudos en las fiscalizaciones. El director en representación de los trabajadores, Ramón Ruiz, y el director en representación de los pasivos, Sixto Amaro, fueron los únicos dos directores que votaron en contra de la propuesta. 

Uno de los argumentos para tomar esta medida fue que es "no es competencia" del BPS "asegurar de oficio el complimiento de los laudos de los consejos de salarios", según una de las consideraciones de la resolución. 

El BPS "tiene como cometido el coordinar los servicios estatales de previsión social y organizar la seguridad social", indica otro de los puntos. 

Hasta que se aprobó esta resolución, cada vez que el BPS detectaba una irregularidad en las fiscalizaciones –es decir, si encontraba que un trabajador cobraba menos que el laudo acordado en los Consejos de Salarios– se encargaba de regularizar la situación. Y a partir de esa información calculaba la deuda que la empresa tenía con el organismo. 

A partir de esta nueva resolución, el encargado de hacer esos controles es el Ministerio de Trabajo, adonde el trabajador debe ir a reclamar en caso de un incumplimiento, y los cálculos de los aportes ante el BPS se calculan sobre la base de lo que la empresa declara. 

Ruiz estuvo en contra de esta medida porque, según su visión, "tiene que haber cruce de información"  entre las instituciones del Estado. "El Estado es uno solo", dijo a El Observador

Por su parte, el integrante del Secretariado Ejecutivo del PIT-CNT Fabián Riverón se mostró preocupado por la decisión y señaló que el cambio puede fomentar la informalidad.

“Veníamos diciendo que el 25% de informalidad que tenía Uruguay era una cifra alta, si bien se había logrado disminuir en los últimos años. (…) Mucha gente que tiene hoy una empresa abierta, en realidad antes del cierre seguramente un primer paso sea no cumplir con algún pago de DGI, con su registro formal en el BPS. Si a eso se suma que se anuncia públicamente que se baja la guardia y no se va  a inspeccionar, podemos entrar en un escenario donde la informalidad se va a  incrementar mucho más”, apunto el dirigente en declaraciones a Radio Uruguay.

Los nuevos criterios

La medida que tomó el Directorio del BPS está incorporada dentro de los nuevos criterios de fiscalizaciones, que informó el organismo de seguridad social el 8 de setiembre en su página web

Otra de las medidas que tomó fue un cambio sobre la sanción a evasores para alinearse con los criterios del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA). 

La resolución, que también se tomó el 5 de agosto, fue una modificación al régimen de nominalización que se aplica cuando se detecta a trabajadores que están en la informalidad y las empresas no realizan los aportes correspondientes.

La nominalización es el monto que se toma en cuenta para calcular los aportes que deben realizar las empresas que evaden y son detectadas. Hasta ahora el BPS entendía que si un trabajador cobraba $ 20.000 en la mano de forma irregular ese era el sueldo líquido. En caso de detectar la irregularidad, los aportes que se debían abonar se calculaban a partir de esa idea. Con este cambio, ese salario pasa a ser el nominal y los aportes se reducen. 

Con esta resolución el BPS queda alineado con el criterio que venía aplicando el Tribunal de los Contencioso Administrativo (TCA) que ya condenó en decenas de oportunidades a realizar los cálculos de esta forma. En el 2019, 30 empresas se presentaron ante el TCA y en todos los casos el tribunal les dio la razón. 

Denuncias

Un trabajador que esté en actividad puede hacer una denuncia ante la Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social de cualquier situación irregular en los términos de su relación laboral. 
Entre ellas las vinculadas a retribuciones (salarios, aguinaldos, etcétera.) impagas, pagadas fuera de fecha o sin recibo; incumplimiento de laudo y categoría laboral; no registro del trabajador en planilla; feriados no laborables trabajados y no pagados o mal liquidados; descanso semanal o intermedio no respetado; no registro del trabajador en el BPS o declaración deficitaria en la historia laboral
 

 

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