Los senadores que integran la Comisión de Constitución y Legislación, incluidos los del Frente Amplio, se oponen a que se decomisen los vehículos a las personas alcoholizadas, como prevé el proyecto de ley de faltas, que ya tiene media sanción de la Cámara de Diputados.
La iniciativa que suprime faltas y crea nuevas, cuenta en líneas generales con el respaldo de los integrantes de la comisión, pero los legisladores rechazan el artículo que faculta a los jueces a decomisar los vehículos que participen en picadas, o que sean conducidos por personas en estado de embriaguez con niveles de alcohol en la sangre superiores a 1,2 gramos por litro.
Los senadores oficialistas Rafael Michelini, Constanza Moreira y Rodolfo Nin Novoa también cuestionaron ese aspecto. Además, los legisladores plantearon que les generan dudas si se cumple con uno de los principios básicos del derecho penal que es la graduación entre la conducta y la sanción a aplicar.
El senador del Partido Nacional, Eber Da Rosa, dijo a El Observador que existe acuerdo con que este tipo de conductas constituye una falta, pero que existen diferencias sobre la sanción a aplicar. “Ya hay sanciones previstas y pueden establecerse otras más severas, pero sin llegar al decomiso. Está en juego el derecho de propiedad”, afirmó.
Así se lo manifestaron ayer los senadores al director de Secretaría del Ministerio del Interior, Charles Carreras, y al director nacional de la Policía, Julio Guarteche, quienes concurrieron a la comisión para evacuar dudas sobre el proyecto.
Para los próximos días se convocará a representantes de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y al catedrático de Derecho Penal, Miguel Langón, para que den su visión sobre la constitucionalidad o no de esta disposición.
La iniciativa elaborada por el Ministerio del Interior establece que el juez puede ordenar la incautación provisoria del vehículo en primera instancia y disponer el decomiso si luego se declara la responsabilidad de su propietario en los casos previstos. Otro de los aspectos cuestionado ayer radica en “la capacidad” que tiene el sistema judicial para controlar que se cumpla con las sanciones. Las penas previstas se extienden de 7 a 30 días de tareas comunitarias.
Entre las faltas contra el orden público se mantienen las de “provocación o participación en desórdenes en espectáculos públicos”, “falta de respeto a la autoridad” y “desobediencia pasiva” y “omisión de asistencia a la autoridad”. En el caso de los espectáculos públicos se prevé una pena accesoria que consiste en la prohibición de concurrir a eventos deportivos por un plazo máximo de doce meses.
“En Uruguay uno de los problemas que tenemos es una hiper regulación de conductas que después caen en el olvido y ante los delitos y los problemas que existen en materia penal el tema de las faltas queda en segundo plano”, afirmó Da Rosa.