Tres mayores de edad fueron imputados el 4 de febrero

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A dos meses de la denuncia por violación grupal en Cordón, un adolescente sigue emplazado: ¿por qué?

El fiscal de adolescentes continúa reuniendo pruebas y tiene un plazo más exiguo para actuar
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14 de abril de 2022 a las 05:02

La mujer denunció que fueron cuatro (tres mayores y un menor de edad) quienes la violaron después de haber ido a una fiesta. Los tres mayores fueron imputados por la Justicia el 4 de febrero en un caso que lidera la fiscal de Delitos Sexuales Sylvia Lovesio. Dos meses después, el entonces menor (17 años) continúa emplazado, en el marco de la investigación del fiscal de Adolescentes, Ricardo Chiecchi. 

Según supo El Observador, en este tiempo se le realizó una pericia psicológica al menor y también a la víctima. Previo a la formalización de los mayores, no había podido declarar porque no estaba preparada emocionalmente para hacerlo, pero pudo luego, señalaron fuentes de la causa. 

El tratamiento de los casos penales entre adultos y menores es diferente y no consume el mismo tiempo. La fiscalía de Lovesio cuenta con un año después de la imputación para presentar la acusación y se le otorgó la prisión preventiva por 180 días. Mientras que Chiecchi, si quisiera imputar al menor, debería presentar la acusación solamente un mes después. Esto obedece a que Uruguay firmó en 1990 la Convención de los Derechos del Niño que hace que el proceso para los adolescentes sea más rápido y garantista.

"Estoy reuniendo pruebas. Está siendo investigado igual que los adultos, pero por la garantía del proceso para los adolescentes (...) Hay pruebas pendientes. El proceso de adolescentes a mí me implica que yo reúna toda la prueba antes. Si no reúno toda la prueba antes no formalizo. No estoy diciendo que lo vaya a hacer, capaz archivo", señaló el fiscal Chiecchi a El Observador

Además, agregó que a la hora de formalizar adolescentes (salvo que el caso fuera "muy sencillo") él presenta "prácticamente una demanda acusatoria" y allí expone todo el material y los argumentos a los jueces, cuando en realidad tendría 30 días más para hacerlo.  

Los mayores habían apelado la decisión de la jueza Marcela Vargas de imputarlos y enviarlos a prisión preventivamente, pero el Tribunal de Apelaciones en lo penal de 3er turno ratificó la decisión de primera instancia. Se tuvo en consideración como uno de los elementos principales para mantener la decisión el audio del video difundido en Azul FM que exponía un fragmento de lo sucedido. Eso abrió otro capítulo judicial cuando la fiscal Mariana Alfaro solicitó allanar la radio, pedido que fue aceptado por la jueza Patricia Rodríguez. 

La mujer denunció que se encontraba en un baile con una amiga y decidió irse con uno de los imputados a su apartamento. En medio del acto sexual, aparecieron tres más y la violaron. 

En la apelación, la fiscalía esgrimió que la fundamentación de los riesgos procesales –elemento a analizar para determinar las medidas cautelares– estaban justificados en la difusión de los videos, que según la defensa fue enviado por uno de los imputados a un familiar “luego de saber que estaban siendo investigados por un delito”. En ese sentido, sostuvo que no es posible fundamentar los riesgos “en las expresiones vertidas en un programa de radio, que excede la responsabilidad de todos los presentes”. Por otra parte, expuso que la Fiscalía aludió a “la dimensión que ha tomado el hecho”, es decir a su alto grado de mediatización, y ello no es una causa de justificación. Destacó que los imputados viven a más de 600 kilómetros de la víctima y que siempre estuvieron predispuestos a colaborar en la investigación. 

Por su parte, la fiscal Lovesio resaltó que existe el peligro de fuga porque si bien son del interior y viven a 600 kilómetros, por su carácter de estudiantes tienen otro domicilio en Montevideo. Agregó que no tienen trabajo estable, elemento crucial para demostrar arraigo y la disminución de la probabilidad de fuga. Arguyó también que el entorpecimiento de la investigación (variable considerada para disponer de la prisión) “está estrechamente vinculado con el peligro para la víctima”. “El argumento de la defensa relativo a que los imputados se encuentran a 624 Km no es suficiente para salvaguardarla, ya que ello no impidió que se la dañara en forma brusca y radical con el reenvío de mensajes”, expresó.

También se pronunció al respecto la defensa de la víctima, que la ejerce la abogada Soledad Suárez, del Consultorio Jurídico de la Universidad de la República (Udelar). Consideró que “la divulgación de los videos están enviando un claro mensaje de intimidación a la víctima o los terceros”. Su difusión permitió “conocer la voz de la víctima y datos de su vida personal, desde lugares prejuiciosos y estigmatizantes” cuyo fin era “intimidar a la víctima”.

Para el tribunal, las decisiones de Vargas fueron "proporcionales y eficientes". 

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