El Ministerio de Economía aprobó dos medidas para los arrendamientos en temporada y la reducción del IVA para turistas no residentes.
El primer decreto apunta a otorgar beneficios a los turistas no residentes a través de una reducción del IVA.
Señala que el beneficio viene prorrogándose hace años y considera que para la temporada se mantiene la situación coyuntural de los precios relativos de bienes y servicios en la región. Por esa razón es conveniente volver a otorgar el beneficio desde el 15 de noviembre hasta el 30 de abril de 2024, con el fin de mejorar la competitividad de la actividad turística.
Por ese motivo el MEF decidió otorgar a los arrendamientos temporarios con fines turísticos el crédito fiscal equivalente al 10,5% del importe bruto del precio pactado por el alquiler.
El segundo decreto es para agentes de retención del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR) a las entidades que administren propiedades realizando la cobranza de arrendamientos de inmuebles.
El texto recuerda que en 2019 se suspendió transitoriamente por primera vez el régimen de retenciones aplicable a los contratos de arrendamiento temporario con fines turísticos para determinadas entidades.
El MEF considera que a efectos de establecer condiciones de igualdad de los servicios prestados por los operadores locales con relación a los prestados a través de plataformas digitales es conveniente suspender de forma transitoria el régimen de retenciones aplicable a los contratos de arrendamiento temporario con fines turísticos.
La suspensión regirá entre el 1º de diciembre y el 30 de abril del año próximo. La medida es para los contratos de arrendamiento que no superen los 31 días.
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